NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (28/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 156
TEXTO PAGINA: 146
146 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de setiembre de 2022 El Peruano / DISPOSICIONES FINALES Primera.- FACÚLTESE a la señora Alcaldesa para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Segunda.- DERÓGUESE la Ordenanza Nº 143- 2013/MDP, así como toda normativa que se oponga a la presente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.LIDIA AMERICA CARRILLO VELIZ Alcaldesa REGLAMENTO DEL COMITÉ MULTISECTORIAL POR LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES (COMUDENA) DEL DISTRITO DE PUCUSANA TÍTULO I COMITÉ MULTISECTORIAL Artículo 1º.- De fi nición El Comité Multisectorial por los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (COMUDENA) es un órgano consultivo, de coordinación y gestión interinstitucional sobre temas referidos a la niñez y adolescencia de nuestro distrito, que funciona como un mecanismo permanente de participación ciudadana, el cual viabiliza la unión de esfuerzos en bene fi cio de las niñas, niños y adolescentes de nuestro distrito. Artículo 2º.- Objetivo El objetivo del Comité Multisectorial por los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes (COMUDENA) es promover la protección, participación y desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes mediante el trabajo articulado de las instituciones públicas y privadas, la comunidad organizada de Pucusana para la plena vigencia y ejercicio de los derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes. Artículo 3º.- Base Legal Los dispositivos legales en los que se respalda el presente Reglamento son los que mencionamos a continuación: - Constitución Política del Perú de 1993. - Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos del niño - CDN, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, rati fi cada por el Estado Peruano mediante Resolución Legislativa Nº 25278 del 03 de agosto de 1990. - Código de los Niños y Adolescentes – CNA - Ley Nº 27337. - Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972.- Directiva Nº 011-2000-PROMUDEH/GPNAI (Resolución Ministerial Nº 141-2000-PROMUDEH). Artículo 4º.- Funciones El COMUDENA, tiene las siguientes funciones: a) Elaborar el diagnóstico de la situación de la infancia y adolescencia en la localidad de Pucusana. b) Liderar y contribuir a la formación del Sistema Local de Protección de la infancia y adolescencia. c) La elaboración de propuestas y ejecución a nivel local de acciones interinstitucionales para la prevención, atención y promoción de la infancia, adolescencia y su entorno familiar. d) Difundir, promover y vigilar el cumplimiento de los derechos establecidos en la Convención sobre los derechos de los Niños y el Código de los Niños y Adolescentes. e) Elaborar el Plan de trabajo sobre niñez y adolescencia del distrito en armonía con el Plan de Desarrollo Concertado Local. f) Establecer canales de concertación entre las instituciones que trabajan en la defensa de los derechos de la niña, niño y adolescente.g) Participa en fechas emblemáticas referidas a la niñez y la adolescencia. h) Cualquier otra función vinculada a sus objetivos. TÍTULO II LOS INTEGRANTES Artículo 5º.- Integrantes Son integrantes del COMUDENA: a) Alcalde/sa o su representante, quien lo convoca y preside. (Presidente). b) Gerente de Desarrollo Humano y Social o quien haga de sus veces. c) Defensor/a Responsable de DEMUNA (Secretaría Técnica). d) El Presidente de la Comisión de Regidores del Concejo Municipal sobre temas de la niñez, adolescencia o familia. e) Representante de la Comisaria Distrital de Pucusana. f) Representante de la Red de Salud del Distrito de Pucusana. g) Representante de la Subprefectura del Distrito de Pucusana. h) Representante del Juzgado de Paz No Letrado del Distrito de Pucusana. i) Hasta 02 (dos) representantes de las instituciones públicas que desarrollan acciones dirigidas a la infancia, adolescencia y su entorno familiar. j) Hasta 02 (dos) representantes de las instituciones privadas que desarrollan acciones dirigidas a la infancia, adolescencia y su entorno familiar. k) Hasta 02 (dos) representantes de las organizaciones sociales registradas en la Municipalidad que desarrollan acciones dirigidas a favor de la infancia y adolescencia. l) Representante del CCONNA del Distrito de Pucusana. m) Representante del COORDEMUNA de Lima Metropolitana. n) Representante de la Parroquia del Distrito de Pucusana. Artículo 6º.- De la representación de las instituciones participantes Las instituciones y organizaciones designarán a dos representantes, un titular y un alterno. Son designados mediante documento dirigido a la Junta Directiva del COMUDENA: a) Las instituciones públicas invitadas serán representados por el funcionario de la más alta jerarquía de la institución. b) Las instituciones privadas invitadas serán representando por el miembro de más alto nivel de la institución en la localidad, de acuerdo a sus estatutos. c) Las organizaciones sociales designarán un delegado para integrar el COMUDENA, de acuerdo a su estatuto. d) Los representantes de Niños, Niñas y Adolescentes serán elegidos democráticamente a través de encuentros de líderes organizados o del CCONNA. e) La representación que ejercen los miembros de las diferentes instituciones que participan en el COMUDENA no es a título personal, sino a nombre de la entidad en la cual laboran. Al dejar la institución o el cargo que desempeñan en esta pierden también su condición de miembro del COMUDENA, así como las responsabilidades que tuvieron en la Junta Directiva o Comisiones de Trabajo. TÍTULO III INSTANCIAS DEL COMUDENA Artículo 7º.- De las Instancias: El COMUDENA, cuenta con dos instancias: a) La Asamblea General b) La Junta Directiva