NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (28/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 156
TEXTO PAGINA: 147
147 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de setiembre de 2022 El Peruano / CAPÍTULO I DE LA ASAMBLEA GENERAL Artículo 8º.- La Asamblea General es presidida por el/la Alcalde/sa o su representante. Es una instancia de deliberación y consulta, desarrollará reuniones ordinarias y extraordinarias de requerirlo: a) Presidida por el/la Alcalde/sa de la Municipalidad Distrital de Pucusana. b) Se reúne ordinariamente cada trimestre.c) El quórum para la Asamblea es la mitad más uno de sus integrantes. Artículo 9º.- Funciones de la Asamblea General: a) Aprobar el Plan de Trabajo o Agenda Anual del COMUDENA. b) Designar a los delegados ante la Junta Directiva.c) Evaluar el informe anual de la Junta Directiva.d) Designar las Comisiones o Mesas de Trabajo que requieren para el desarrollo de las actividades del COMUDENA. e) Deliberar, consultar y ejecutar acciones. Los acuerdos de la Asamblea General deben ser tomados por consenso, sin embargo, a la falta de éste, serán tomados por la mitad más uno de los votos de las instituciones participantes. Artículo 10º.- Criterio para el desarrollo de las reuniones: - Coordinación de inversiones donde los actores sienten que no pueden atender una situación solos. - Atención integral de los casos especiales.- Desarrollar e implementar programas, proyectos o estrategias de intervención local. CAPÍTULO II DE LA JUNTA DIRECTIVA Artículo 11º.- La Junta Directiva es una instancia permanente de coordinación. Es presidida por el/la Alcalde/sa o su representante. Se reúne ordinariamente cada dos meses y extraordinariamente a solicitud de el/la Alcalde/sa o a pedido de la mitad más uno de sus integrantes. Artículo 12º.- Integrantes de Junta Directiva: a) El/La Alcalde/sa o su representante, quien actúa como presidente de la Junta Directiva. b) El Gerente de Desarrollo Humano y Social de la MDP o quien haga de sus veces o su representante. c) El Defensor/a Responsable de la DEMUNA quien actúa como Secretario Técnico del COMUDENA. d) Delegados elegidos en Asamblea que representan a las instituciones públicas, privadas y las organizaciones vecinales. Artículo 13º.- Designación de los integrantes de la Junta Directiva: a) Los integrantes se eligen en Asamblea General. b) El plazo de la elección es por un (01) año, al término del cual se procederá a la renovación de los integrantes ante la Junta Directiva. c) Ante la renuencia o impedimento de uno de los integrantes, se procederá a reemplazarlo en el cargo mediante nueva elección en Asamblea General. En este caso, la elección será hasta culminar el periodo de la Junta Directiva. d) El número de delegados no debe exceder el 30% del número de instituciones representadas en la Asamblea del COMUDENA. Artículo 14º.- Funciones de la Junta Directiva:a) Elaborar la propuesta del Plan de Trabajo del COMUDENA, para su aprobación por la Asamblea General.b) Conformar las comisiones (mesas) que requiera la ejecución del Plan de Trabajo. c) Realizar el seguimiento del cumplimiento de los acuerdos y del Plan de Trabajo. d) Elaborar el informe anual de avances del Plan Local.e) Elaborar el registro de integrantes del COMUDENA, Asamblea General y Junta Directiva. f) Representar al COMUDENA en actividades públicas. Artículo 15º.- Funciones del Presidente de la Junta Directiva: a) Convocar a través de la Secretaria Técnica a las sesiones y presidirlas. b) Tramitar y someter al Concejo Municipal los pedidos y sugerencias que formule la Asamblea del COMUDENA. c) Promover la participación de las instituciones públicas, privadas, organizaciones vecinales y de los propios niños, niñas y adolescentes. d) Delegar en un regidor o un funcionario su representación en las sesiones del COMUDENA. e) Designar a los funcionarios que realizan la labor de apoyo al COMUDENA. f) Informar en el mes de abril de cada año sobre el avance del desarrollo del Plan Distrital de Acción por la Infancia y la Adolescencia. g) Promover que el Plan de Trabajo del COMUDENA se incluya en el Plan Operativo Institucional de la Municipalidad de Pucusana con el presupuesto respectivo, para la implementación y ejecución de sus actividades. Artículo 16º.- Funciones de la Secretaría Técnica: El Defensor/a Responsable de la DEMUNA es el encargado de la Secretaría Técnica del COMUDENA. Sus funciones son: a) Convocar con una anticipación de 05 días hábiles a Sesión Ordinaria y con 02 días hábiles las sesiones extraordinarias a las sesiones de la Junta Directiva. b) Tramitar y someter a consideración de el/la Alcalde/ sa como Presidente/a de la Junta Directiva los pedidos y sugerencias que formule el COMUDENA. c) Desarrollar las coordinaciones institucionales necesarias para el cumplimiento del Plan de Trabajo. d) Proponer al Concejo Municipal la regularización y/o modi fi cación de las funciones del COMUDENA. e) Redactar las Actas de la Asamblea General del COMUDENA y de las reuniones de la Junta Directiva, llevando un registro de las sesiones. f) Mantener informado a los integrantes del COMUDENA sobre los avances de la situación de la niñez y adolescencia de acuerdo a los lineamientos dados por el Ente Rector-MIMP. g) Proponer estrategias de intervención a favor de la niñez y adolescencia en el espacio local. Artículo 17º.- Funciones de los Delegados: a) Representar a las instituciones del COMUDENA que los eligieron ante la Junta Directiva. b) Canalizar iniciativas y propuestas de acciones que permitan el trabajo interinstitucional. c) Velar por la protección integral de las niñas, niños y adolescentes de la jurisdicción. TÍTULO IV DE LA ECONOMÍA Artículo 18º.- Los Recursos: Para la ejecución e implementación del Plan de Trabajo, el COMUDENA utilizará el presupuesto que le asigne el gobierno local según el plan operativo institucional y asimismo con los aportes de sus integrantes. DISPOSICIONES FINALES Artículo 19º.- Las disposiciones no contempladas en el presente Reglamento serán resueltos por la Junta Directiva del COMUDENA. 2109384-1