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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (28/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 143

143 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de setiembre de 2022 El Peruano / Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, en el artículo 53º con respecto a las funciones en materia ambiental y ordenamiento territorial, corresponde al Gobierno Regional: “a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales. (…). f) Plani fi car y desarrollar acciones de ordenamiento y delimitación en el ámbito del territorio regional y organizar, evaluar y tramitar los expedientes técnicos de demarcación territorial, en armonía con las políticas y normas de la materia (…)”; Que, el Gobierno Regional de Moquegua con Ordenanza Regional Nº 006-2008- CR/GRM, constituyo la Comisión Técnica Regional de Zoni fi cación Ecológica, Económica y Ordenamiento Territorial y estableció sus funciones; y con Ordenanza Regional Nº 09-2016-CR /GRM publicado con fecha 17de setiembre del 2016, deroga la Ordenanza Regional NO 02-2012-CR/GRM y modi fi ca los artículos segundo y tercero de la Ordenanza Regional N O 006-2008-CR/GRM; que según el artículo segundo la denominación de la Comisión es: “Comisión Técnica Regional de Zoni fi cación Ecológica y Económica de Moquegua”; Que, con Decreto Regional Nº 002-2018-GR/MOQ, publicado con fecha 18 de setiembre del 2018, se aprueba el Reglamento Interno de la Comisión Técnica Regional de Zoni fi cación Ecológica y Económica de la Región Moquegua. Que, con Informe Nº 215-2022-GRM/GRPPAT- SGAOT de fecha 03 de junio del 2022, el Sub Gerente de Acondicionamiento y Ordenamiento Territorial, presenta la propuesta normativa de modi fi cación de la Ordenanza Regional 09-2016-CR/GRM de fecha 19 de julio del 2016, para tal efecto adjunta el Informe Nº 075-2022-GRM/GRPPAT-SGAOT-FCOTM-AGUM del Residente del Proyecto “Fortalecimiento de las Capacidades para el Ordenamiento Territorial del Departamento de Moquegua”; y el Informe Nº 017-2022-FRCDC-EL.PFCOTMOQ-SAOT-GOREMOQ; el cual textualmente refi ere: “ (…) Asimismo teniendo en cuenta la existencia de la Comisión conformada para la Zoni fi cación Ecológica y Económica ZEE; en el presente año , el MINAM recomendó que se añada funciones a la Comisión ya formada, a efecto de no ser comisiones distintas, la nueva denominación seria Comisión Técnica Regional de la Zoni fi cación Ecológica Económica y de los Instrumentos Técnicos Sustentatorios del Ordenamiento Territorial del Departamento de Moquegua (…) ”. Asimismo que, deberá adicionarse la función en los términos siguientes: “c. Proponer, opinar, acompañar y coordinar la ejecución del proceso de ordenamiento territorial en lo correspondiente a la elaboración de sus Estudios Especializados, Diagnóstico Integrado del Territorio y Plan de Ordenamiento Territorial a nivel regional y local, una vez aprobada su Zoni fi cación Ecológica y Económica en el nivel de gobierno correspondiente”. Por lo que sugiere, se eleve los actuados al Consejo Regional para la modi fi cación de la Ordenanza Regional Nº 09-2016- CR/GRM. Adjuntando el Acta de la Comisión Técnica Regional de la Zoni fi cación Ecológica y Económica de Moquegua de sesión de fecha 28 de marzo del 2022, aprobó la modi fi cación de la denominación de la Comisión Técnico Regional, y la adición de funciones conforme a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 087-2015-MINAM el siguiente: “c. Proponer, opinar, acompañar y coordinar la ejecución del proceso de ordenamiento territorial en lo correspondiente a la elaboración de sus Estudios Especializados, Diagnóstico Integrado del Territorio y Plan de Ordenamiento Territorial a nivel regional y local, una vez aprobada su Zoni fi cación Ecológica y Económica en el nivel de gobierno correspondiente” que encarga a la Sub Gerencia de Acondicionamiento y Ordenamiento Territorial, efectuar las acciones administrativas en el Gobierno Regional de Moquegua; Que, con Informe Nº 449-2022-GRM/ORAJ, de fecha 20 de junio del 2022, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, es de opinión que se debe proceder a darle continuidad al procedimiento administrativo, debiendo derivarse los actuados al Consejo Reg9ional para que conforme a sus atribuciones y a las conclusiones del Informe Nº 215-2022-GRM/GRPPAT-SGAOT de fecha 03 de junio del 2022, otorgando opinión legal favorable. Que, con O fi cio Nº 034-2022-GRMCR/CPPOT/P de fecha 19 de julio del 2022; el Presidente de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial, eleva el Dictamen Nº 005-2022-GRM/CR-CPPOT; dictamina de manera favorable para que se aprueba el proyecto de Ordenanza Regional que, modi fi ca los artículos segundo y tercero de la Ordenanza Regional Nº 09-2016-CR/GRM. Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Nº 001-2011-CR/GRM; y, en mérito al análisis y debate en Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Moquegua, con el voto por unanimidad de sus miembros presentes y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS SEGUNDO Y TERCERO DE LA ORDENANZA REGIONAL Nº 09-2016-CR/GRM, QUE CONFORMA LA COMISIÓN TÉCNICA REGIONAL DE ZONIFICACIÓN ECOLÓGICA, ECONÓMICA DE MOQUEGUA Y PRECISA FUNCIONES Artículo Primero.- MODIFICAR, los Artículos Segundo y Tercero de la Ordenanza Regional Nº 09-2016-CR/GRM que modi fi ca la Ordenanza Regional Nº 006-2008-CR/GRM, que conforma la Comisión Técnica Regional de Zoni fi cación Ecológica y Económica de Moquegua, en el extremo de la denominación de la Comisión Técnica Regional y adiciona funciones; la misma que queda redactada de la siguiente manera: “Artículo Segundo.- CONFORMAR la Comisión Técnica Regional de Zoni fi cación Ecológica, Económica y de los Instrumentos Técnicos Sustentatorios del Ordenamiento Territorial del Departamento de Moquegua, la misma que estará integrada por: a) Un Representante del Gobierno Regional de Moquegua: • La O fi cina de Ordenamiento Territorial. b) Un representante de cada Gobierno Provincial de la Región: • Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto. • Municipalidad Provincial de Ilo. • Municipalidad Provincial General Sánchez Cerro c) Un representante de una Institución Cientí fi ca del ámbito de la Región Moquegua: • Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET - Zonal Sur. d) Un representante de la Universidad de la Región Moquegua. • Universidad Nacional de Moquegua - UNAMe) Un representante de cada uno de los Sectores y Niveles de Gobierno con competencia en el otorgamiento de autorizaciones sobre el uso del territorio o de los recursos naturales existentes en el ámbito de la Región Moquegua. • Dirección Regional de Energía y Minas • Dirección Regional de Agricultura Moquegua.• Dirección Regional de la Producción.• Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento. • Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones.• Dirección Desconcentrada de Cultura - Moquegua.