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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (28/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 149

149 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de setiembre de 2022 El Peruano / favorable para la aprobación del Proyecto de Ordenanza Municipal que regula el procedimiento de instalación y desinstalación de propaganda electoral en el distrito de Pucusana, concluyendo que, es necesaria la sustitución e incorporación al Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUIS) de nuestra institución en lo que corresponde a la línea de acción 6.4 PROPAGANDA ELECTORAL (Código, Descripción de Infracción, Multa % UIT, Medida Complementaria y Gradualidad). Que, mediante Informe Nº 770-2022-SGLYCP/GAF/ MDP de fecha 08 de agosto de 2022, la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial emite opinión técnica favorable para la aprobación del Proyecto de Ordenanza Municipal que regula el procedimiento de instalación y desinstalación de propaganda electoral en el distrito de Pucusana, indicando que, mediante Resolución Nº 0922-2021-JNE, de fecha 26 de noviembre del 2021, se aprobó el Reglamento de Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en el Período Electoral, con el objeto, entre otros, de establecer las disposiciones reglamentarias destinadas al control y sanción de la difusión de propaganda política durante el periodo electoral. Que, mediante Informe Nº 706-2022-GSCYGA/MDP de 08 de agosto de 2022, la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental emite opinión técnica favorable para la aprobación del Proyecto de Ordenanza Municipal que regula el procedimiento de instalación y desinstalación de propaganda electoral en el distrito de Pucusana, señalando que, dicha Ordenanza Municipal tiene dentro de sus fi nalidades, la salvaguarda de los espacios eco amigables con el medio ambiente. Que, mediante Memorándum Nº 579-2022-GM/MDP de fecha 09 de setiembre de 2022, la Gerencia Municipal solicita la emisión de opinión técnica a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto sobre la viabilidad de aprobar el Proyecto de Ordenanza Municipal que regula el procedimiento de instalación y desinstalación de propaganda electoral en el distrito de Pucusana. Que, mediante Informe Nº 155-2022-GPP/MDP de fecha 09 de setiembre de 2022, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable para la aprobación del Proyecto de Ordenanza Municipal que regula el procedimiento de instalación y desinstalación de propaganda electoral en el distrito de Pucusana, sosteniendo que, el proyecto en mención, tiene como uno de sus objetivos, promover el adecuado desarrollo de la propaganda electoral durante los procesos electorales, reconociendo la importancia de poner en conocimiento del electorado las distintas opciones democráticas, las cuales conforman la base de un sistema democrático y representativo. Asimismo, busca permitir la ubicación y difusión de propaganda en el distrito, procurando la distribución equitativa de espacios públicos. Que, mediante Memorándum Nº 580-2022-GM/MDP de fecha 09 de setiembre de 2022, la Gerencia Municipal solicita la emisión de opinión legal a la Gerencia de Asesoría Jurídica sobre la viabilidad de aprobar el Proyecto de Ordenanza Municipal que regula el procedimiento de instalación y desinstalación de propaganda electoral en el distrito de Pucusana. Que, mediante Informe Legal Nº 172-2022-GAJ- MDP de fecha 09 de setiembre de 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para la aprobación del Proyecto de Ordenanza Municipal que regula el procedimiento de instalación y desinstalación de propaganda electoral en el distrito de Pucusana, toda vez que se enmarca en lo previsto por la normatividad de la materia. De igual modo, precisa que, la Ordenanza Municipal Nº 192-2016/MDP que regula el procedimiento de instalación y desinstalación de propaganda electoral en el distrito de Pucusana, deberá derogarse. Que, mediante Memorándum Nº 581-2022-GM/ MDP de fecha 09 de setiembre de 2022, la Gerencia Municipal solicita agendar en Sesión de Concejo la aprobación del Proyecto de Ordenanza Municipal que regula el procedimiento de instalación y desinstalación de propaganda electoral en el distrito de Pucusana en base a los informes sustentatorios de carácter técnico y legal que obran en el expediente administrativo. ESTANDO A LO EXPUESTO Y CONFORME A LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LOS ARTÍCULOS 9º, 39º Y 41º DE LA LEY Nº 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES, CON EL VOTO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES MIEMBROS DEL CONCEJO MUNICIPAL Y CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA, SE APROBÓ LO SIGUIENTE: ORDENANZA MUNICIPAL Nº 320-2022/MDP QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE INSTALACIÓN Y DESINSTALACIÓN DE PROPAGANDA ELECTORAL EN EL DISTRITO DE PUCUSANA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- FINALIDAD La presente ordenanza tiene por fi nalidad regular los aspectos técnicos y administrativos ligados a la instalación, difusión y retiro de la propaganda electoral en la jurisdicción del distrito de Pucusana, durante el desarrollo de los procesos electorales y/o consulta popular, con el propósito de preservar la seguridad de las personas, así como el orden y el ornato de la ciudad, dentro del libre ejercicio democrático, fomentando una participación ciudadana inclusiva y transparente. Artículo 2º.- OBJETIVO En el marco del vigente Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en período Electoral, la Municipalidad Distrital de Pucusana, tiene como objetivo promover el adecuado desarrollo de la propaganda electoral durante los procesos electorales, reconociendo la importancia de poner en conocimiento del electorado las distintas opciones democráticas, las cuales conforman la base de un sistema democrático y representativo. Asimismo, busca permitir la ubicación y difusión de propaganda en el distrito, procurando la distribución equitativa de espacios públicos. Artículo 3º.- APLICACIÓN Y ALCANCE Las disposiciones de la presente ordenanza son de aplicación dentro de la jurisdicción del distrito de Pucusana y alcanzan a todos los actores sociales involucrados en el proceso electoral; en especial, a las organizaciones políticas, incluyendo a sus personeros, candidatos, militantes y simpatizantes, así como a las entidades públicas, funcionarios y servidores públicos, instituciones privadas, y vecinos. Artículo 4º.- BASE LEGAL 4.1. Constitución Política del Perú de 1993. 4.2. Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.4.3. Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones y sus modi fi catorias. 4.4. Resolución Nº 0922-2021-JNE, que aprueba el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en el Periodo Electoral. 4.5. T.U.O. de Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 5º.- DEFINICIONES Para la presente ordenanza municipal se utilizarán las siguientes de fi niciones: 5.1. Bienes de dominio privado.- Son aquellos bienes muebles o inmuebles que están bajo la titularidad de un particular. 5.2. Bienes de dominio público.- Son aquellos bienes estatales destinados al uso públic.- como playas, parques, infraestructura vial, puentes, áreas verdes, calzadas, bermas, separadores, alamedas, malecones, paseos, plazas, las instalaciones con fi nes educativos, deportes, recreación y similares-, cuya conservación y mantenimiento corresponde a la entidad pública; así como aquellos bienes que sirven de soporte para la prestación