NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (30/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 216
TEXTO PAGINA: 213
213 NORMAS LEGALES Viernes 30 de setiembre de 2022 El Peruano / asimismo, se establece en su Quinta Disposición Final lo siguiente: “Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte disposiciones complementarias, reglamentarias, aclaratorias y adicionales necesarias para la correcta adecuación, aplicación y prórroga del plazo de la vigencia de la presente Ordenanza”; Que, a través de la Ordenanza N° 683-MSB de fecha 14 de julio de 2022, publicado en el diario o fi cial El Peruano con fecha 20 de julio de 2022, se modi fi ca la Ordenanza N° 669-MSB que establece bene fi cios tributarios extraordinarios en el distrito de San Borja; asimismo, su Artículo Tercero señala que: “La presente modi fi cación entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario o fi cial El Peruano hasta el 27 de julio de 2022”; del mismo modo, la Primera Disposición Final y Complementaria precisa que: “Facúltese al señor alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias, reglamentarias, aclaratorias y adicionales necesarias para la correcta adecuación, aplicación y prórroga del plazo de vigencia de la presente Ordenanza” ; Que, en atención a ello, mediante los Decretos de Alcaldía Nº 015-2021-MSB-A de fecha 26 de noviembre de 2021, Nº 017-2021-MSB-A de fecha 23 de diciembre de 2021, Nº 003-2022-MSB de fecha 27 de enero de 2022, Nº 004-2022-MSB-A de fecha 25 de febrero de 2022, Nº 007-2022 de fecha 28 de marzo de 2022, Nº 008-2022-MSB de fecha 27 de abril de 2022, y Nº 014-2022-MSB-A de fecha 25 de mayo de 2022, se ha venido prorrogando de manera sucesiva la fecha del vencimiento del plazo para acogerse a los bene fi cios que se otorgan a través de la Ordenanza N° 669-MSB; del mismo modo, a través de los Decretos de Alcaldía Nº 018-2021-MSB-A de fecha 25 de julio de 2022 y Nº 019-2022-MSB-A de fecha 25 de agosto de 2022, se prorroga la vigencia de la Ordenanza N° 683-MSB de fecha 14 de julio de 2022, que modi fi ca la Ordenanza Nº 669-MSB en cuanto a la estructura de los bene fi cios tanto en descuentos insolutos, intereses, reajustes, costas y gastos para los Bene fi cios Tributarios para aquellos contribuyentes con deuda tributaria al 31 de diciembre de 2022, siendo el último plazo de ampliación hasta el 30 de setiembre 2022; Que, con Informe N° 092-2022-MSB-GM-GAT de fecha 23 de setiembre de 2022, la Gerencia de Administración Tributaria remite un proyecto de Decreto de Alcaldía y solicita ampliar la vigencia de la Ordenanza N° 669-MSB, modi fi cada por la Ordenanza N° 683-MSB, que establece bene fi cios tributarios extraordinarios en el distrito de San Borja en el Marco de la Emergencia Sanitaria COVID-19 hasta el 31 de octubre de 2022, precisando que, desde el 15 de noviembre de 2021 de su entrada en vigencia fue posible captar el interés de los vecinos por acceder a los bene fi cios contenidos en la precitada Ordenanza, veri fi cándose una asistencia regular re fl ejada en los ingresos recaudados, lo cual ha corroborado la efectividad de la campaña emprendida, sin embargo, también fue posible apreciar en otros vecinos que si bien tienen la voluntad de cumplir con sus obligaciones, a su vez requieren de un plazo mayor que les permita acceder a este bene fi cio; Que, mediante Informe N° 390-2022-MSB-GM- OAJ de fecha 28 de setiembre de 2022, la O fi cina de Asesoría Jurídica establece el sustento establece el sustento legal correspondiente y señala que, la Gerencia de Administración Tributaria ha realizado la evaluación correspondiente sobre el impacto que viene generando la aplicación de los bene fi cios tributarios establecidos mediante la Ordenanza N° 669-MSB modi fi cada por la Ordenanza N° 683-MSB y el sustento que amerita la aprobación del Decreto de Alcaldía que prorrogue hasta el 31 de octubre de 2022 el vencimiento del plazo, para que los contribuyentes del distrito de San Borja puedan acogerse a los bene fi cios establecidos en la referida Ordenanza y al contarse con la competencia para la emisión del acto resolutivo, de acuerdo a lo establecido en la Quinta Disposición Final de la Ordenanza N° 669-MSB, la Primera Disposición Final y Complementaria de la Ordenanza N° 683-MSB y lo estipulado en el artículo 6° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la Ofi cina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente procedente se emita el Decreto de Alcaldía mediante el cual se disponga la prórroga de la vigencia de los bene fi cios tributarios extraordinarios en el distrito de San Borja hasta el 31 de octubre de 2022, aprobados por la Ordenanza N° 669-MSB, modi fi cada por la Ordenanza N° 683-MSB, que establece Bene fi cios Tributarios Extraordinarios en el distrito de San Borja; Que, con Memorándum N° 413-2022-MSB-GM de fecha 28 de setiembre de 2022, la Gerencia Municipal solicita emitir el acto administrativo requerido, a fi n de continuar con el trámite correspondiente; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el visto bueno de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Administración Tributaria y la Gerencia Municipal; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de octubre de 2022, el vencimiento del plazo para acogerse a la Ordenanza N° 669-MSB, Ordenanza que establece Bene fi cios Tributarios Extraordinarios en el distrito de San Borja, modi fi cada por la Ordenanza N° 683-MSB. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario o fi cial El Peruano y encargar a la O fi cina de Gobierno Digital su publicación en el Portal de Transparencia institucional; así como, encargar a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 2110896-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Aprueban el Reglamento que regula el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del distrito de San Juan de Lurigancho para el año fiscal 2023 ORDENANZA Nº 422-MDSJL San Juan de Lurigancho, 16 de setiembre de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Visto en Sesión Ordinaria de Concejo Virtual, de 16 de setiembre de 2022; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO PARA EL AÑO FISCAL 2023 Artículo Primero.- APROBAR, el Reglamento que regula el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del distrito de San Juan de Lurigancho para el año fi scal 2023, el mismo que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER, que el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo se realizará de manera virtual por los considerandos señalados en la presente ordenanza. Artículo Tercero.- FACULTAR, al señor Alcalde a dictar mediante Decreto de Alcaldía las disposiciones normativas