NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (30/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 216
TEXTO PAGINA: 203
203 NORMAS LEGALES Viernes 30 de setiembre de 2022 El Peruano / Que, habiéndose aprobado, el 29 de abril de 2019, la visión del Perú al 2050 en la Sesión Nº 126 del Foro del Acuerdo Nacional; Visión que representa una foto de nuestro país al 2050, inspirada en la defensa de la persona humana y de su dignidad; así como en un desarrollo inclusivo, competitivo y sostenible en todo el territorio nacional, concebida en cinco dimensiones: social, ambiental, económica, sobre el Estado y la Gestión Pública; Que, mediante Decreto Supremo Nº 056-2018-PCM, de fecha 24 de mayo de 2018, se aprobó la Política General de Gobierno al 2021; así como los lineamientos prioritarios para promover el desarrollo integral del país, la cual debe ser aplicada por todas las entidades del Poder Ejecutivo, los Gobiernos Regionales y Locales, y las entidades dependientes de ellos en el marco de sus competencias; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sobre la fi nalidad, señala: “Fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo”. Por lo que, el Gobierno Regional de Ucayali ha planteado iniciar el proceso de actualización del Plan de Desarrollo Regional Concertado de Ucayali; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 005-2015- GRU/CR., de fecha 24 de marzo de 2015, se Declara en Proceso de Modernización la Gestión Pública del Gobierno Regional de Ucayali y de todas las unidades orgánicas integrantes del pliego 462, con el objetivo de incrementar su e fi ciencia, mejorar la calidad del servicio a la ciudadanía y optimizar el uso de los recursos; Que, el Plan de Desarrollo Regional Concertado al 2021 del Departamento de Ucayali, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 007-2016-GRU/CR., con fecha 09 de junio de 2016, amerita ser actualizado, considerando los lineamientos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, la visión del Perú al año 2050, la Política General de Gobierno, el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, y a los planes nacionales, regionales y locales; siguiendo lo establecido en las directivas, guías y lineamientos elaborados por el CEPLAN; Que, en la primera Sesión Extraordinaria del Consejo de Coordinación Regional, realizado el 9 de julio de 2019, el Consejo de Coordinación Regional, emite Opinión Favorable para la Actualización del Plan de Desarrollo Concertado al 2030 y, por el alcance del mencionado documento acuerdan, que el proceso tenga el respaldo del Gobierno Regional mediante una Ordenanza Regional; Que, con Informe Nº 053-2019-GRU-GGR-GRPP/ SGPE, y el Informe Nº 113-2019-GRU-GGR-GRPP/SGPE, la Sub Gerencia de Plani fi cación y Estadística del Gobierno Regional de Ucayali, presenta el sustento de la necesidad de iniciar la actualización del Plan de Desarrollo Regional Concertado – PDRC de Ucayali; Que, mediante Informe Legal Nº 054-2019-GRU- GR-GGR-ORAJ/RDCSH., de fecha 09 de setiembre de 2019, el Gerente de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, recomienda que se proceda de acuerdo a la competencia del Consejo Regional, con la aprobación mediante Ordenanza Regional la Actualización del Plan de Desarrollo Regional Concertado al 2030– PDRC; Que, mediante O fi cio Nº 698-2019-GRU-GR, de fecha de 09 de setiembre de 2019, el Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali – Señor Francisco Antonio Pezo Torres, remite a la Secretaría del Consejo Regional para la emisión de la Ordenanza Regional que respalde dar inicio al proceso de Actualización del Plan de Desarrollo Regional Concertado del Departamento de Ucayali al 2030; Que, el Informe Nº 067-2022-GRU-GGR-GRPP- SGPE de fecha 19 de abril de 2022, la Sub Gerencia de Plani fi cación y Estadística solicita modi fi car el artículo primero de la Ordenanza Regional Nº 009 -2019-GRU-CR, en el extremo del cambio de la denominación del proceso y horizonte temporal, basado en el Informe Legal Nº 044-2022-GRU-GGR-ORAJ/TTC, de fecha 17 de marzo de 2022, en el cual, la Gerencia de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ucayali, absuelve la consulta formulada por la mencionada subgerencia, y recomienda el cambio de la denominación del proceso, ante el Consejo Regional de Ucayali; Que, en la Sesión Ordinaria Nº005-2022 del Consejo de Coordinación Regional – CCR del Departamento de Ucayali, realizada el 24 de marzo 2022; mediante Acuerdo Nº001-2022-GRU-CCR, se aprueba por unanimidad el cambio de denominación del Proceso de Actualización del PDRC al 2030 por el de Formulación del Plan de Desarrollo Regional Concertado del Departamento de Ucayali 2023-2033, en mérito a lo establecido en la Guía de CEPLAN del 20 de mayo de 2021 y Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00008-2022/CEPLAN/PCDR de fecha 10 de febrero de 2022; Que, por Mayoría el Consejo Regional, en aplicación a lo dispuesto en el artículo 104º del Nuevo Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobó exonerar el envío a Comisión la propuesta de Ordenanza Regional. Que, el literal o) del artículo 21º la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Gobernador Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional; Que, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 37º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modi fi catorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha 15 de junio de 2022, se aprobó por Unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- MODIFICAR la denominación del Proceso de Actualización del Plan de Desarrollo Regional Concertado del Departamento de Ucayali al 2030 por el de Formulación del Plan de Desarrollo Regional Concertado del Departamento de Ucayali 2023 al 2033. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional a la Gobernación Regional de Ucayali, Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto. Artículo Tercero.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, en un diario de mayor circulación local y a la O fi cina de Tecnologías de la Información su difusión a través del portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali, para su promulgación. En Pucallpa, a los quince días del mes de junio del año dos mil veintidós. LAND BARBARAN LA TORRE PresidenteConsejo Regional POR TANTO:Mando se publique y cumplaDado en la Sede del Gobierno Regional de Ucayali, el 4 de julio de 2022. ANGEL LUIS GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ Gobernador Regional (P) 2087496-1