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84 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de abril de 2023 El Peruano / cuyo objeto es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las di fi cultades que impidieron el cumplimiento de compromisos. Los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, con la fi nalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fi scal”; Que, el artículo 17° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, prescribe que “Los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate, concertación de sus planes de desarrollo y presupuesto, y en la gestión pública. Para este efecto, deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas”; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 041- 2022-CG, se aprueba la Directiva N° 006-2022-CG/PREVI “Rendición de Cuentas de los Titulares del Gobierno Regional, Gobierno Local y de las Sociedades de Bene fi cencia”, el literal c) de la referida directiva del sub numeral 6.4 numeral 6, establece entre otros que, el Informe de Rendición de Cuentas de Titulares debe ser expuesto por las entidades en las Audiencias Públicas dirigidas a los ciudadanos conforme s normas especí fi cas que regué dicha obligación; Que, mediante Informe N° 065-2023-FTM-OPPI- MDM de fecha 07 de marzo de 2023 el Jefe de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto e Informática remite la aprobación del reglamento de rendición de cuentas de audiencia pública 2023 de la Municipalidad Distrital de Machupicchu, que tiene como objetivo establecer las pautas y los mecanismos a seguir para la convocatoria y realización de la Audiencia Pública que llevará a cabo la Municipalidad Distrital de Machupicchu, para promover y facilitar la participación democrática y responsable de los ciudadanos de la jurisdicción del Distrito de Machupicchu; Que, mediante Opinión Legal N° 82-2023-OAJ-MDM/C de fecha 10 de marzo del 2023 el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica en sus conclusiones señala: aprobar el Reglamento para el Desarrollo de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2023 de la Municipalidad Distrital de Machupicchu así mismo establecer el lugar y fecha para su correspondiente convocatoria; Estando a lo dispuesto en los numerales 8) y 9) del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 21 de marzo de 2023, se sometió a debate y por unanimidad de votos de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE AUDIENCIA PUBLICA 2023 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MACHUPICCHU. Artículo 1°.- APROBAR la realización de la Audiencia Pública del Informe de los 100 días de Gestión y la de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Machupicchu del periodo fi scal 2023-I, la misma que se desarrollará el día 10 de abril del presente año en la plaza Manco Capac del distrito de Machupicchu a horas 7:00 pm. Artículo 2°.- APROBAR el REGLAMENTO DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE AUDIENCIA PUBLICA 2022 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MACHUPICCHU, compuesto por El Reglamento de Audiencia: con III Capítulos, 15 Artículos y Disposiciones Finales, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 3°.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante O fi cios Múltiples se convoque la realización de la Audiencia Publica de Rendición de Cuentas de conformidad con el Reglamento aprobado mediante la presente ordenanza. Artículo 4°.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Secretaria General, O fi cina de Plani fi cación, Presupuesto e Informática y demás áreas pertinentes; así como las Instituciones Públicas y la Sociedad Civil que participe en el proceso, el fi el cumplimiento de la presente Ordenanza, debiendo sujetarse a los dispositivos legales vigentes. Artículo 5°.- ENCARGAR a la Secretaria General y Unidad de Informática la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Portal Web de la Municipalidad Distrital de Machupicchu y el O fi cina de Relaciones Publicas y Protocolo, la implementación para el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.ELVIS L. LA TORRE UÑACCORI Alcalde 2166590-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la recti fi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión recti fi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a recti fi carse. 4. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES