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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (05/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 79

79 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de abril de 2023 El Peruano / MDB/GPP del 27 de febrero de 2023 y 021-2023-MDB/GPP del 27 de marzo de 2023 de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto que remite el proyecto de Ordenanza Municipal y anexos, Informe Legal Nº 035-2023-MDB/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 135-2023/MDB-GM de la Gerencia Municipal; Que, mediante el dictamen del visto la Comisión de Administración y Rentas recomienda al Concejo Municipal aprobar la presente Ordenanza, de acuerdo a la información técnica y legal proporcionadas por las gerencias informantes; Estando a lo expuesto y en las normas glosadas, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNÁNIME del Cuerpo de Regidores, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA Y SUS ANEXOS Artículo 1.- Apruébese el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad Distrital de Bellavista y sus anexos, los cuales forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2.- Facúltese al señor Alcalde, para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas complementarias al Reglamento aprobado en el artículo anterior y para la correcta aplicación de la presente norma. Artículo 3.- Encárguese a la Gerencia Municipal y a las Gerencias de Planeamiento y Presupuesto, de Participación Vecinal, de Desarrollo Urbano, de Seguridad Ciudadana, de Servicios Sociales el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 4.- Dispóngase la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial Electrónico “El Peruano” y en los portales electrónicos institucionales de la Municipalidad Distrital de Bellavista (www.munibellavista.gob.pe) y del Estado que corresponda. Artículo 5.- Deróguese toda norma o dispositivo municipal que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese, publícase y cúmplase.ALEXANDER MIGUEL CALLAN CALLAN Alcalde 2166377-2 Exoneran de todo pago, tasa o derecho a la celebración del Primer Matrimonio Civil Comunitario a realizarse en el Distrito de Bellavista en el mes de mayo de 2023 ORDENANZA MUNICIPAL N° 05-2023-MDB/AL Bellavista, 27 de marzo de 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: El Dictamen Nº06-2023-MDB/SR-CAR de la Comisión de Administración y Rentas, que recomienda al Concejo Municipal aprobar la presente Ordenanza Municipal que propone exonerar de todo pago, tasa o derecho a la celebración del Primer Matrimonio Civil Comunitario a realizarse en el Distrito de Bellavista en el mes de mayo de 2023; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 4 establece que la comunidad y el Estado protegen a la familia y promueven el matrimonio y reconocen a estos últimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad y el artículo 74 establece que los gobiernos locales pueden crear, modi fi car y suprimir contribuciones y tasas y exonerar de estas dentro de su jurisdicción, con los límites de la ley; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, en el artículo 9 inciso 9 señala que es atribución del Concejo Municipal crear, modi fi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, aprobando la Ordenanza correspondiente en concordancia con el artículo 40 de la citada Ley; Que, la Municipalidad Distrital de Bellavista propone la Realización del primer Matrimonio Civil Comunitario denominado “Dime que Si”, en el mes de mayo de 2023; Que, la presente ordenanza tiene como antecedentes el Informe 65-2023-MDB/SG-SGRC de la Sub Gerencia de Registro Civil, Memorando N°0679-2023-MDB/GPP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N°039-2023-MDB/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, todos referidos a la expedición de la presente Ordenanza; Que, mediante el dictamen del visto la Comisión de Administración y Rentas recomienda al Concejo Municipal aprobar la presente Ordenanza, según la propuesta formulada por la Sub Gerencia de Registro Civil y de acuerdo con la información técnica y legal proporcionadas por las respectivas gerencias. Estando a lo expuesto y en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 9 inciso 8 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, con el voto UNÁNIME del Cuerpo de Regidores aprobó en mayoría la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA EXONERACIÓN DE PAGOS DE DERECHOS AL PRIMER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL DISTRITO DE BELLAVISTA DENOMINADO “DIME QUE SI” Artículo 1.- Exonérese de todo pago, tasa o derecho a la celebración del Primer Matrimonio Civil Comunitario a realizarse en el Distrito de Bellavista en el mes de Mayo de 2023, denominado “Dime que Si”, conforme a la propuesta de las gerencias informantes. Artículo 2.- Encargar a la Sub Gerencia de Registro Civil, dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 3.- Disponer la dispensa del trámite de publicación de edictos, debiéndose emitir el resolutivo correspondiente. Artículo 4.- Facultase al señor Alcalde a dictar las medidas necesarias mediante Decreto de Alcaldía, estableciendo la fecha de realización del Matrimonio Civil Comunitario y otras que sean necesarias para la correcta aplicación de la Ordenanza. Artículo 5.- Dispóngase la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial Electrónico “El Peruano” y en los portales electrónicos institucionales de la Municipalidad Distrital de Bellavista (www.munibellavista.gob.pe) y del Estado que corresponda. Regístrese, publícase y cúmplase.ALEXANDER MIGUEL CALLAN CALLAN Alcalde 2166377-3 MUNICIPALIDAD DE MI PERÚ Ordenanza que aprueba el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de Mi Perú ORDENANZA MUNICIPAL Nº 118-2023-MDMP Lima, 27 de marzo del 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ