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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (06/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Jueves 6 de abril de 2023 El Peruano / Dr. Jhony Mayta Hancco Viáticos: Internacional: Días x 7 x USD 220/día x 3.8 PEN (tipo de cambio) equivalente a S/. 5,852.00 soles : S/. 5,852.00 solesNacional: 02 días x S/ 320.00 soles : S/. 640.00 solesPasajesTerrestre: Moquegua – Tacna y viceversa : S/ 60.00 solesAéreo: Tacna – Lima – México y viceversa : S/. 5,000.00 soles Elizabeth Claudia Quispe Acurio Viáticos: Internacional: Días x 7 x USD 220/día x 3.8 PEN (tipo de cambio) equivalente a S/. 5,852.00 soles : S/. 5,852.00 solesNacional: 02 días x S/ 320.00 soles : S/. 640.00 solesPasajesTerrestre: Moquegua – Tacna y viceversa : S/ 60.00 solesAéreo: Tacna – Lima – México y viceversa : S/. 5,000.00 soles Jorge Fernando Pantigoso Canahuire Viáticos: Internacional: Días x 7 x USD 220/día x 3.8 PEN (tipo de cambio) equivalente a S/. 5,852.00 soles : S/. 5,852.00 solesNacional: 02 días x S/ 320.00 soles : S/. 640.00 soles PasajesTerrestre: Moquegua – Tacna y viceversa : S/ 60.00 soles Aéreo: Tacna – Lima – México y viceversa : S/. 5,000.00 soles Blanca Milagros Chambilla Callohuari Viáticos: Internacional: Días x 7 x USD 220/día x 3.8 PEN (tipo de cambio) equivalente a S/. 5,852.00 soles : S/. 5,852.00 solesNacional: 02 días x S/ 320.00 soles : S/. 640.00 solesPasajesTerrestre: Moquegua – Tacna y viceversa : S/ 60.00 solesAéreo: Tacna – Lima – México y viceversa : S/. 5,000.00 soles Artículo Tercero.- Disponer, que dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado comisionado debe presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- Encargar, a la Vicepresidencia de Investigación, así como a la Dirección General de Administración, adoptar las acciones necesarias para su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”, implementación y cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.WASHINGTON ZEBALLOS GÁMEZ Presidente GUILLERMO S. KUONG CORNEJO Secretario General 2166742-1 Autorizan expedición del duplicado de diploma de Título de Licenciado en Administración de la Universidad Nacional Federico Villarreal UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN R. Nº 1480-2023-CU-UNFV San Miguel, 23 de marzo de 2023Visto, el expediente con NT 5961, seguido por doña NELLY LUCY MENDEZ GUTIERREZ, egresada de la Facultad de Administración, mediante el cual solicita el duplicado de diploma de Título de Licenciado en Administración, expedido por esta Casa de Estudios Superiores; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28626, se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; Que, mediante Resolución Nº 1525-06-ANR, modi fi cada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR de fecha 15.12.2011, modi fi cada con Resoluciones Nros. 1256 y 1634-2013-ANR de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CU-UNFV, de fecha 25.09.2013, recti fi cada con Resolución R. Nº 6309-2014-CU-UNFV, de fecha 05.09.2014, se aprobó el “Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal en el que se estableció la tarifa que abonarán los interesados, entre otros,