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33 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de abril de 2023 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi cación del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 712-2021-MTC/01 Modi fi car el numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 712-2021-MTC/01, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales N° 1072-2021-MTC/01, N° 041-2022-MTC/01, y N° 568-2022-MTC/01.02; en los siguientes términos: “Artículo 1.- Cronograma de reemplacamiento 1.1 Aprobar el cronograma de reemplacamiento para los vehículos que cuenten con habilitación vigente para prestar el servicio de transporte especial de personas en la modalidad de transporte turístico terrestre en el ámbito nacional, que corresponde a la etapa inicial, de conformidad con lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 026-2019-MTC, y de acuerdo al detalle siguiente: ÚLTIMO DÍGITO DE LA PLACAMES/AÑO 0 Enero/2024 1 Febrero/2024 2 Marzo/2024 3 Abril/2024 4 Mayo/20245 Junio/2024 6 Julio/2024 7 Agosto/2024 8 Septiembre/2024 9 Octubre/2024 (…)” Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.PAOLA PIERINA LAZARTE CASTILLO Ministra de Transportes y Comunicaciones 2167861-1 Autorizan transferencia financiera a favor del Ministerio Público, para financiar la implementación y operación de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, con cargo a cuarenta y un proyectos de inversión RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 396-2023-MTC/01 Lima, 10 de abril de 2023VISTOS: El Memorando N° 0785-2023-MTC/09 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 0252-2023-MTC/09.03 de la O fi cina de Presupuesto; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, mediante Resolución Ministerial N° 1289-2022-MTC/01, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por la suma de S/ 12 064 591 595,00 (DOCE MIL SESENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES); Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, entre otros, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley N° 31358, establece que para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones a que se refi ere el artículo 1 de la referida ley, se destina para su fi nanciamiento hasta el 2% de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental; Que, mediante la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se autoriza al Pliego 022: Ministerio Público, la creación de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Publico; Que, el numeral 2 de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la de la Ley N° 31638, dispone que, durante el Año Fiscal 2023, la implementación y operación de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Publico provienen del 1% de la ejecución de inversiones cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES) y sean menores o iguales a S/ 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 SOLES), que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado; asimismo, dicho porcentaje es parte del 2% al que hace referencia el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; Que, asimismo, el numeral 3 de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, establece que para el cumplimiento de lo previsto en la referida disposición, se autoriza a los pliegos involucrados; entre ellos del gobierno nacional, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 022: Ministerio Publico, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza; Que, mediante el acápite ii) del literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01, se establece el procedimiento a seguir para el registro de la ejecución de transferencias fi nancieras enmarcadas en el artículo 4 de la Ley Nº 31358; Que, con O fi cio N° 0809-2023-ANC-MP-J, la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, en el marco de la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, solicita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones efectuar una transferencia