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42 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de abril de 2023 El Peruano / ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Aprueban la Modificación del Instructivo Técnico del Sistema de Gestión de Usuarios RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 00110-2023-GG/OSIPTEL Lima, 31 de marzo de 2023 MATERIA SE APRUEBA MODIFICACIÓN DEL INSTRUCTIVO TÉCNICO DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE USUARIOS VISTOS: i) El Proyecto de Resolución presentado por la Dirección de Atención y Protección del Usuario, que tiene por objeto aprobar la Modi fi cación del Instructivo Técnico del Sistema de Gestión de Usuarios; ii) El Informe N° 00032-DAPU/2023, que sustenta el proyecto al que se re fi ere el numeral precedente y recomienda su aprobación; con la conformidad de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 047-2015-CD-OSIPTEL, este Organismo dispuso la aprobación del Reglamento para la atención de gestiones y reclamos de usuarios de servicios públicos de telecomunicaciones (en adelante, Reglamento de Reclamos), el cual fue modi fi cado mediante Resoluciones de Consejo Directivo Nº 127-2016-CD/OSIPTEL, Nº 048-2017-CD/OSIPTEL, Nº 051-2018-CD/OSIPTEL, Nº 266-2018-CD/OSIPTEL, Nº 170-2020-CD/OSIPTEL, Nº 209-2020-CD/OSIPTEL, N° 145-2021-CD/OSIPTEL y N° 251-2021-CD/OSIPTEL. Que, el artículo 89° del Reglamento de Reclamos, incluido mediante Resolución de Consejo Directivo N° 170-2020-CD/OSIPTEL, establece que las empresas operadoras con más de 500 000 abonados a nivel nacional deben conectarse al Sistema de Gestión de Usuarios, siendo este un sistema informático mediante el cual el usuario puede registrar directamente o con el apoyo del personal de orientación del OSIPTEL sus problemas respecto de sus servicios públicos de telecomunicaciones, los cuales son comunicados a la empresa operadora a efectos de que brinde una respuesta y solución, siguiendo las indicaciones señaladas en el Instructivo Técnico aprobado por el Osiptel; Que, la segunda disposición fi nal de la Resolución de Consejo Directivo N° 170-2020-CD/OSIPTEL dispuso que la Gerencia General apruebe el Instructivo Técnico para la implementación del Sistema de Gestión de Usuarios; asimismo, estableció que la información e indicaciones contenidas en dicho Instructivo Técnico pueden ser modi fi cados por la Gerencia General otorgándose un plazo para su ejecución; Que, mediante la Resolución de Gerencia General N° 337-2020-GG/OSIPTEL, de fecha 30 de diciembre de 2020, se aprobó el Instructivo Técnico para la implementación del Sistema de Gestión de Usuarios, en cumplimiento de la primera disposición transitoria de la Resolución de Consejo Directivo N° 170-2020-CD/OSIPTEL.Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 145-2021-CD/OSIPTEL se modi fi có el Reglamento de Reclamos y se establecieron algunas obligaciones que implicarían una modi fi cación al referido instructivo técnico; Que, mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 242-2021-CD/OSIPTEL, de fecha 22 diciembre del 2021, se aprobaron los formatos de presentación de reclamos, recursos de apelación y quejas, los cuales establecen campos mínimos de información a ser contenidos en los formularios que deberán ser utilizados por las empresas operadoras de servicios públicos de telecomunicaciones; Que, en ese sentido, teniendo en cuenta que, el Reglamento de Reclamos ha sido modi fi cado de manera posterior a la aprobación del referido Instructivo Técnico, y que se han modi fi cado las materias reclamables y se han señalado las materias especí fi cas a reclamar, se advierte la necesidad de modi fi car el referido Instructivo Técnico; Que, el artículo 7° del Reglamento General del Osiptel, establece que toda decisión de este Organismo deberá adoptarse de tal manera que los criterios a utilizarse sean conocidos y predecibles por los administrados; Que, mediante Resolución N° 00057-2023-GG/ OSIPTEL, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 22 de febrero de 2023, se dispuso la publicación para comentarios, en la página web del Osiptel, del “Proyecto de modi fi cación del Instructivo Técnico para la implementación del Sistema de Gestión de Usuarios”; Que, las empresas operadoras Telefónica del Perú S.A.A., América Móvil Perú S.A.C., Entel Perú S.A. y Viettel Perú S.A.C. presentaron sus comentarios al referido proyecto; Que, cumpliendo con las funciones y objetivos que corresponden al Osiptel, conforme al marco legal antes señalado, es pertinente aprobar la modi fi catoria del Instructivo Técnico del Sistema de Gestión de Usuarios; Que, conforme a lo dispuesto en el inciso p) del artículo 12 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Osiptel, aprobado mediante Decreto Supremo N° 160-2020-PCM y la Segunda Disposición Final de la Resolución de Consejo Directivo N° 170-2020-CD/OSIPTEL; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Modi fi cación del Instructivo Técnico del Sistema de Gestión de Usuarios. Artículo Segundo.- Disponer que las modi fi caciones que corresponden a las categorías de portabilidad numérica (subcategoría: falta de consentimiento del abonado para efectuar la portabilidad); reposición de chip (subcategoría: reposición de chip no atendida); y contratación no solicitada (subcategorías: servicios adicionales no contratados y paquetes no contratados) entren en vigencia en dos (2) meses desde la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Tercero.- Disponer que las modi fi caciones que no involucren las categorías y subcategorías señaladas en el artículo precedente, entren en vigencia a los seis (6) meses desde la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Asimismo, disponer que la presente Resolución, el Informe de VISTOS, la Matriz de Comentarios y el Instructivo Técnico al que se re fi ere el artículo primero, sean publicados en el Portal Electrónico del OSIPTEL (página web institucional: http://www.osiptel.gob.pe). Regístrese y publíquese.SERGIO ENRIQUE CIFUENTES CASTAÑEDA Gerente General 2167551-1