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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (19/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de abril de 2023 El Peruano / la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y/o variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni la designación del personal. Artículo 4.- El Cadete Naval más antiguo autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 5.- El mencionado personal naval revistará en la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú, por el período que dure la misión de estudios en el extranjero. Artículo 6.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2169947-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Aprueban el Plan Estratégico Institucional PEI 2019-2027 Modificado del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 0061-2023-MIDAGRI-SG Lima, 18 de abril de 2023 VISTOS:El Memorándum N° 0575 -2023-MIDAGRI-SG-OGPP, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 0104-2023-MIDAGRI-SG-OGPP/OPLA, de la O fi cina de Planeamiento de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; sobre aprobación del Plan Estratégico Institucional PEI 2019-2027 Modi fi cado del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, el Informe Legal N° 422-2023-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), como el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD, se aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional, aplicable para las entidades que integran el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, el cual tiene por objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permite la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional – PEI y el Plan Operativo Institucional – POI, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, el numeral 5.7 de la Guía señala, entre otros, que el CEPLAN veri fi ca y valida la metodología, la consistencia y coherencia del PEI con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y la Política General de Gobierno, y emite un informe técnico, el cual contiene la Evaluación de Diseño del PEI; luego de contar con dicho informe, el Titular del Pliego emite el acto resolutivo de aprobación del PEI y dispone su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad;Que, asimismo el numeral 5.8 “Modi fi cación del PEI” del artículo 5 de la citada Guía, establece que el Plan Estratégico Institucional (PEI) se modi fi ca, entre otras circunstancias, por cambios en la Política General de Gobierno, y por recomendaciones provenientes de los Informes de Evaluación de los planes institucionales; asimismo, señala el referido numeral que las modi fi caciones del PEI se formalizan mediante acto resolutivo, de acuerdo a la normativa y organización interna de la entidad; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 0054-2019-MINAGRI, se aprueba el Plan Estratégico Institucional PEI 2019-2022 del Ministerio de Agricultura y Riego, hoy MIDAGRI; mediante Resolución de Secretaría General N° 0059-2022-MIDAGRI-SG, se aprueba el Plan Estratégico Institucional PEI 2019-2024 Modi fi cado del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y con Resolución Ministerial N° 0195-2022-MIDAGRI, se aprueba la ampliación del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional - PEI 2019-2024 del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego al 2027; Que, el literal b) del artículo 26 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, establece que la O fi cina de Planeamiento de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto tiene como función, entre otras, elaborar el Plan Estratégico Institucional; Que, mediante el Memorando N° 0575-2023-MIDAGRI- SG/OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto expresa su conformidad al Informe N° 0104-2023-MIDAGRI-SG/OGPP-OPLA, de la O fi cina de Planeamiento, que sustenta la propuesta y solicita la modi fi cación del Plan Estratégico Institucional PEI 2019-2024 del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego ampliado el horizonte al 2027, en el marco a la actual Política General de Gobierno y a las recomendaciones de los informes de evaluación PEI POI (anual 2021) y la evaluación de implementación del POI 2022 (primer semestre 2022); para lo cual, se adjunta el proyecto de Plan correspondiente, para su aprobación mediante acto resolutivo; Que, asimismo, en el citado Informe se indica que dicho documento cuenta con la validación del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico CEPLAN y de la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 013: MIDAGRI, otorgadas mediante el Informe Técnico N° D000056-2023-CEPLAN-DNCPPEI y el Acta N° 006-2022-MIDAGRI-SG/OGPP-ST/CPE-PLIEGO 013, respectivamente; Que, en consecuencia, dada la importancia del PEI como instrumento de gestión del planeamiento institucional, corresponde aprobar su modi fi cación; Que, el literal a) del rubro “En materia administrativa” del artículo 1 de la resolución Ministerial N° 0005-2023-MIDAGRI, delega en el/la Secretario/a General del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, la facultad de aprobar las modi fi caciones del Plan Estratégico Institucional; Con el visado de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; la Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y la Guía para el Planeamiento Institucional, que aprueba la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PDC y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan Estratégico Institucional PEI 2019-2027 Modi fi cado del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cuyo Anexo forma parte de la Presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y de su Anexo en el Portal de Transparencia