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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (19/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de abril de 2023 El Peruano / Privada – PROINVERSIÓN, a participar como ponente en el evento Global Water Summit “Creating a Climate for Growth”, que se desarrollará del 8 al 10 de mayo de 2023, en la ciudad de Berlín, República Federativa de Alemania; Que, el Global Water Summit es el evento de mayor relevancia a nivel internacional relacionado al sector agua y saneamiento, congregando a los líderes de la industria; asimismo, la edición 2023 contará con la participación de más de 800 altos ejecutivos de 70 países vinculados a proyectos de inversión en el sector antes mencionado, desde líderes empresariales y gerentes de servicios públicos hasta proveedores líderes de tecnología en el rubro, así como importantes inversores, con los que PROINVERSIÓN tiene previsto realizar reuniones bilaterales; Que, la participación en el referido evento es de interés nacional por ser una gran oportunidad para que PROINVERSIÓN pueda mostrar a nivel internacional la cartera de proyectos del Perú para el sector agua y saneamiento que en conjunto representa inversiones por cerca de US$ 1,700 millones de dólares, contribuyendo con atraer potencial inversión extranjera hacia el país, fortaleciendo su imagen como destino atractivo y seguro para la inversión extranjera; asimismo es de interés institucional porque repercutirá favorablemente en la cartera de proyectos del sector referido; Que, en tal sentido, se estima pertinente la participación del señor Mario Guido Valverde Herrera, Sub Director de Ejecución Oportuna de la Inversión de la Dirección de Portafolio de Proyectos de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, en lo evento señalado, a fi n de establecer contactos de alto nivel que permitan, facilitar y potenciar la difusión del portafolio de proyectos de Asociaciones Público Privadas (APP) en agua y saneamiento a cargo de PROINVERSIÓN; Que, en consecuencia, y siendo de interés institucional y nacional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos son cubiertos con cargo al presupuesto de PROINVERSIÓN; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Mario Guido Valverde Herrera, Sub Director de Ejecución Oportuna de la Inversión de la Dirección de Portafolio de Proyectos de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, a la ciudad de Berlín, República Federativa de Alemania, del 6 al 11 de mayo de 2023, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectuarán con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes : US$ 2 395,00 Viáticos (3+1) : US$ 2 160,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado comisionado debe presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del comisionado cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2170203-1 Aprueban el “Instructivo para la Elaboración del Informe de Análisis Contable de Activos y Pasivos en el Marco del Proceso de Depuración y Sinceramiento Contable” RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 004-2023-EF/51.01 Lima, 17 de abril de 2023CONSIDERANDO:Que, en el marco de las funciones establecidas en los incisos 2 y 5 del numeral 5.2 del artículo 5 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 057-2022-EF, la Dirección General de Contabilidad Pública emite normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en las entidades del Sector Público, que permitirán la elaboración de la Cuenta General de la República y las Estadísticas de las Finanzas Públicas, procesando las rendiciones de cuentas remitidas por las citadas entidades; Que, mediante Resolución Directoral N° 010-2021- EF/51.01, se aprobó las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP), emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (IPSASB, por sus siglas en inglés) de la Federación Internacional de Contadores (IFAC, por sus siglas en inglés), en el marco de lo dispuesto en el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1438, estableciendo que la implementación de dicha normativa contable internacional se realice en forma gradual y conforme a las disposiciones que emita la Dirección General de Contabilidad Pública; Que, mediante Resolución Directoral N° 011-2021- EF/51.01, se aprobó la Directiva N° 003-2021-EF/51.01 “Lineamientos Administrativos para la Depuración y Sinceramiento Contable de las Entidades del Sector Público y Otras Formas Organizativas No Financieras que administren Recursos Públicos”, así como el “Instructivo para la Declaración del Inicio y Conformación de las Comisiones de Depuración y Sinceramiento Contable para las Entidades del Sector Público y Otras Formas Organizativas No Financieras que administren Recursos Públicos”, con el objeto de establecer lineamientos administrativos para la depuración y sinceramiento para la preparación e inicio del proceso de adopción plena de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP); Que, como resultado de las actividades de seguimiento al proceso de depuración y sinceramiento contable realizadas por las direcciones competentes de la Dirección General de Contabilidad Pública, han expuesto en el documento “Estatus del Proceso de Depuración y Sinceramiento Contable en el Marco de la Etapa Preparatoria del Proceso de Adopción Plena de las NICSP”, la necesidad de que las entidades cuenten con una guía que permita la elaboración de un informe técnico que sustente y documente el análisis contable respecto a la evaluación de activos y pasivos, recomendando y participando en la elaboración de un instructivo orientado a tales fi nes;