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25 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de abril de 2023 El Peruano / sanitarias nacionales y otras pandemias declaradas por la Organización Mundial de la Salud, dispone que el Ministerio de Salud, como ente rector, establece un esquema de vacunación con participación de los gobiernos regionales y de los sectores de la salud para garantizar el acceso y cobertura; Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es competente en la salud de las personas; y su artículo 4 dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él, las instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y las personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, los literales b) y h) del artículo 5 del acotado Decreto Legislativo, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política nacional y políticas sectoriales de salud, entre otros; Que, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA y sus modi fi catorias, establece que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas de salud pública en materia de inmunizaciones, entre otras; asimismo, según lo dispuesto en el literal b) del artículo 64 del mencionado Reglamento, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública tiene la función de proponer, evaluar y supervisar la implementación de políticas, normas, lineamientos y otros documentos normativos en materia de intervenciones estratégicas de salud pública; Que, mediante las Resoluciones Ministeriales N° 488-2021/MINSA y N° 1169-2021/MINSA, se aprueba el Documento Técnico: Plan Nacional Actualizado de Vacunación contra la COVID-19, y la Directiva Sanitaria N° 137-MINSA/DGIESP-2021, Directiva Sanitaria para la vacunación contra la COVID-19, respectivamente; Que, a su vez, con Resolución Ministerial N° 884-2022/ MINSA, se aprueba la NTS N° 196-MINSA/DGIESP-2022 “Norma Técnica de Salud que establece el Esquema Nacional de Vacunación”, en cuyo numeral 6.3.2.1 re fi ere que las actividades por la “Semana de Vacunación en las Américas” se desarrollan todos los años, siendo su fi nalidad posicionar a la vacunación en la comunidad como un derecho, basado en principios de equidad, género, interculturalidad y panamericanismo, así como promover la movilización social a favor de la vacunación como un bien público. Se realiza en la última semana del mes de abril de cada año y se extiende de acuerdo al contexto epidemiológico de las enfermedades prevenibles por vacunación, donde se promueve el desarrollo de acciones de abogacía e incidencia para la implementación de políticas públicas a través de los diferentes niveles de gobierno (nacional, regional y local), sectores del estado (MINEDU, MIDIS, MIMP, otros), sector privado y comunidad organizada, que visualiza la importancia de la vacunación en la prevención de enfermedades y la participación de todos los actores en el territorio. Está orientada a cerrar las brechas de vacunación, mejorando el acceso de las poblaciones dispersas y excluidas del país, enfatizando en los distritos el riesgo por bajas coberturas y presencia de población vulnerable como comunidades alto andinos, amazónicos, migrantes y aquellas zonas de difícil acceso. Debe programarse todos los años de forma obligatoria en el Plan Operativo Anual (POA), según nivel de responsabilidad en salud;Que, de acuerdo a lo señalado en el documento del visto, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, a través de la Dirección de Inmunizaciones, propone la aprobación del Documento Técnico: Plan de Implementación de Inmunizaciones en la Semana de Vacunación en las Américas, cuya fi nalidad es contribuir a prevenir la transmisión de enfermedades Inmunoprevenibles, para evitar la reintroducción de enfermedades ya controladas, en vías de eliminación o erradicadas en el país; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; Con el visado de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud y por el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modi fi cado mediante los Decretos Supremos N° 011- 2017-SA y N° 032-2017-SA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Documento Técnico: “Plan de Implementación de Inmunizaciones en la Semana de Vacunación en las Américas”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, y que se publica en la sede digital del Ministerio de Salud. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSA BERTHA GUTIÉRREZ PALOMINO Ministra de Salud 2170222-1 Designan Jefe de Departamento de la Sub Unidad de Atención Integral Especializada Pediátrica y Sub Especialidades del Instituto Nacional de Salud del Niño - San Borja RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 000061-2023-DG-INSNSB San Borja, 17 de abril del 2023 VISTO:El expediente SCDG-D20230003675, sobre la designación del Jefe de Departamento de la Sub Unidad de Atención Integral Especializada Pediátrica y Sub Especialidades de la Unidad de Atención Integral Especializada del Instituto Nacional de Salud del Niño – San Borja, y; CONSIDERANDO:Que, el Instituto Nacional de Salud del Niño-San Borja es un órgano desconcentrado especializado del Ministerio de Salud - MINSA, que según Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 512-2014/MINSA y modi fi cado mediante Resolución Directoral N° 123-2017/INSN-SB, tiene como misión brindar atención altamente especializada en cirugía neonatal compleja, cardiología y cirugía cardiovascular, neurocirugía, atención integral al paciente quemado y trasplante de médula ósea y, simultáneamente realiza investigación y