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92 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de abril de 2023 El Peruano / emitió el ACUERDO DE CONCEJO Nº 009-2023-MPCH, que APRUEBA la prórroga, modi fi cación y ampliación el artículo 6º de la ORDENANZA Nº 00249-MPCH, con vigencia hasta el 31 de marzo de 2023; y, CONSIDERANDOQue, conforme con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece en su artículo 39º, que los Concejos Municipales ejercen funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; concordantes con el artículo 40º y artículo 9º inciso 8 de la mencionada Ley; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 40º establece que, las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Así mismo señala que, mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley. Que, el TUO de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece el marco legal de la administración y recaudación de los tributos que constituyen renta de los gobiernos locales; Que, de conformidad con el Artículo 28º del TUO del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-13-EF, la Administración Tributaria exigirá el pago de la deuda tributaria que está constituida por el tributo, las multas y los intereses, siendo a su vez, en virtud al artículo 41º de la norma en mención facultan a los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo. Que, la Municipalidad Provincial de Chachapoyas en el año 2022 aprobó la Ordenanza Nº 00249-MPCH, la misma que Aprueba Bene fi cios para el Cumplimiento de Obligaciones Tributarias y No Tributarias en la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, que fue publicada en el “Diario El Clarín” con fecha 15 de noviembre del año 2022. Que, el INFORME Nº 00021-2023-MPCH/GUT, de fecha 06 de enero del año 2023, además del INFORME Nº 00022-2023-MPCH/GUT, de fecha 09 de enero del año 2023, el Gerente de la Gerencia de Urbanismo y Transportes, solicita Prorroga de la ORDENANZA Nº 249- MPCH, en respuesta a la necesidad de poder dar salidas a los diversos vehículos incautados, es que solicita opinión técnica y legal de Gerencia de Administración Tributaria y Asesoría Legal y elevarlo a Sesión de Concejo Municipal, para la aprobación y autorización de la prórroga, modi fi cación y ampliación de la fecha de vencimiento de la ORDENANZA Nº 0249-MPCH, hasta el 31 de marzo del 2023, y a la vez se pueda hacer una modi fi cación en su artículo 6º; Que, mediante INFORME Nº 00011-2023-MPCH, de fecha 10 de enero de 2023, la Gerente de la Gerencia de Administración Tributaria, remire informe técnico: artículo 6º de la ORDENANZA Nº 249- MPCH, Ordenanza que aprueba bene fi cios para el cumplimiento de obligaciones tributarias y no tributarias, la cual recomienda autorizar la prórroga, modi fi cación y ampliación de la ORDENANZA Nº 00249-MPCH, hasta el 31 de marzo de 2023, conforme propone la Gerencia de Urbanismo y Transportes; Que, el INFORME LEGAL Nº 004-2023-MPCH/OGAJ, de fecha 11 de enero del año 2023, la Jefe de la O fi cina General de Asesoría jurídica, emite opinión legal sobre modi fi cación de la ORDENANZA Nº 00249-MPCH, el mismo que concluye que, resulta procedente la propuesta efectuada por el Gerente de Urbanismo y Trasportes y por la Gerente de Administración Tributaria, respectivamente, en relación a la prórroga, modi fi cación y ampliación del artículo 6º de la ORDENANZA Nº 00249-MPCH, hasta el 31 de marzo; debiendo procederse a la elaboración de la Ordenanza respectiva por parte del Órgano competente, y además; Que, según el ACUERDO DE CONCEJO Nº 009- 2023, de fecha 11 de enero del año 2023, en su artículo Primero aprueba la prórroga, modi fi cación y ampliación el artículo 6º de la ORDENANZA Nº 00249-MPCH, hasta el 31 de marzo de 2023. En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 5 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y, con el VOTO UNÁNIME de los miembros del concejo municipal, SE APROBÓ lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA PRÓRROGA, MODIFICACIÓN Y AMPLIACIÓN DEL BENEFICIO DE CONDONACIÓN DE TASA DE GUARDIANÍA, PRESCRITO EN EL ARTÍCULO 6º DE LA ORDENANZA Nº 00249-MPCH, HASTA EL 31 DE MARZO DE 2023. Artículo Primero.- MODIFICAR el bene fi cio de CONDONACIÓN DE TASA DE GUARDIANÍA, prescrito en el artículo 6º de la ORDENANZA Nº 00249-MPCH, quedando redactados en los siguientes términos: Artículo 6º: BENEFICIO DE CONDONACIÓN DE TASA DE GUARDIANÍA Dispóngase el bene fi cio de la condonación del 100% de la tasa de guardianía generada por internamiento de vehículos, siempre que, se realice previamente el pago de la papeleta o acta de control. Dispóngase el bene fi cio de la condonación del 100% de la tasa de guardianía generada por internamiento de vehículos, cuya papeleta o acta de control haya sido pagada antes de entrada en vigencia de la presente ordenanza. Dispóngase el bene fi cio de condonación del 100% de la tasa de guardianía derivada por internamiento de vehículos realizado por terceros ajenos a la Municipalidad, siempre que, en ambos casos se subsanen los motivos que originaron el internamiento vehicular. Artículo Segundo.- PRORROGAR y ampliar el bene fi cio de CONDONACIÓN DE TASA DE GUARDIANÍA, prescrito en el artículo 6º de la ORDENANZA Nº 00249-MPCH, con vigencia hasta el 31 de marzo de 2023. Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente Ordenanza a las instancias administrativas correspondientes de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, para su cumplimiento y los fi nes de Ley. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaria General la publicación del presente dispositivo legal en el diario local de mayor circulación, conforme a Ley, y el texto íntegro en el portal institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ZEYDI VALDEZ RUIZ Regidora 2165950-1