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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (21/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Viernes 21 de abril de 2023 El Peruano / Que, al respecto, la Dirección de General de Derechos de los Pueblos Indígenas mediante el Informe N° 000047-2022-DGPI/MC remite los Informes N° 000023-2022-DCP-MC y N° 000003-2022-DCP-MLQ/MC de la Dirección de Consulta Previa, a través de los cuales se señala que la Iglesia Patrón San Salvador del Mundo se ubica en el centro poblado San Salvador, el cual, a la fecha, no se encuentra identi fi cado como parte de algún pueblo indígena u originario de acuerdo a la base de datos o fi cial de Pueblos Indígenas u Originarios del Ministerio de Cultura; por lo que se concluye que la citada propuesta de delimitación no implica afectaciones directas a derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios, no correspondiendo aplicar la normativa vigente sobre la consulta previa; Que, la Dirección General de Patrimonio Cultural mediante el Informe N° 000017-2023-DGPC/MC eleva al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la propuesta técnica de delimitación de la Iglesia Patrón San Salvador del Mundo al existir valores culturales en el referido inmueble conforme a lo señalado por la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble en los Informes N° 000023-2021-DPHI-RFO/MC, Nº 00032-2021-DPHI-RFO/MC, N° 000098-2021-DPHI-RFO/MC, N° 000175-2022-DPHI-RFO/MC y N° 000050-2023-DPHI-RFO/MC, así como en la propuesta de delimitación, plano de delimitación y fi cha técnica obrante en el expediente; Que, la importancia de la Iglesia Patrón San Salvador del Mundo radica en ser el referente de la arquitectura religiosa de los siglos XVI y XVII; motivo por el cual fue declarada como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación mediante la Resolución Directoral Nacional N° 278/INC; Que, el citado inmueble presenta valor histórico, no solo por la antigüedad de sus estructuras, las cuales perduran en el tiempo al ser obra arquitectónica religiosa de los siglos XVI y XVII, sino porque en su construcción participaron artistas reconocidos como el pintor don Diego Yunca Gualpa encargado de dorar el retablo del altar mayor y don Sebastián Quispe quien tuvo a cargo el retablo para la capilla de Jesús Nazareno; Que, el valor arquitectónico del referido inmueble, corresponde a una obra arquitectónica monumental de gran calidad, la misma que ha respondido por muchos años a la función para la cual fue concebida, destacando en ella los volúmenes macizos que son complementados con la decoración de sus elementos arquitectónicos acompañados por evidencias de pintura mural que dan realce a esta obra arquitectónica; Que, además, el valor urbano consiste en ser una edi fi cación integrada a su entorno, ubicada en la plaza principal del distrito, siendo ésta uno de los ejes organizadores más importantes del poblado, la edi fi cación se convierte en un hito arquitectónico; Que, adicionalmente, su signi fi cado radica en que representa un monumento histórico con valoración patrimonial único, al ser un bien representativo de su comunidad y presente en la memoria colectiva de la población del distrito de San Salvador; Que, en ese contexto, habiéndose pronunciado favorablemente los órganos técnicos competentes resulta procedente la delimitación de la Iglesia Patrón San Salvador del Mundo ubicada en el distrito de San Salvador, provincia de Calca, departamento de Cusco advirtiéndose que los informes técnicos emitidos constituyen parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Con las visaciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; y el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1.- DELIMITAR la Iglesia Patrón San Salvador del Mundo, ubicada en el distrito de San Salvador, provincia de Calca, departamento de Cusco declarada Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación mediante la Resolución Directoral Nacional N° 278/INC. La propuesta de delimitación comprende un área de 4183.80 m² y encierra un perímetro de 267.18 ml, conforme a lo señalado en la Lámina DBI-01, que forma parte integrante de la presente resolución, la cual contiene los siguientes datos técnicos: CUADRO DE COORDENADAS VÉRTICE LADO DISTANCIAÁNGULO INT.ESTE NORTE 1 1-2 40.22 121°14’16’’ 199215.2912 8506680.8247 2 2-3 7.19 123°52’20’’ 199245.5907 8506707.2734 3 3-4 83.80 147°14’16’’ 199252.5343 8506705.4116 4 4-5 47.30 86°23’5’’ 199308.8874 8506643.3908 5 5-6 82.24 93°51’7’’ 199271.9474 8506613.8559 6 6-1 6.43 147°23’5’’ 199216.3944 8506674.4908 Artículo 2.- ESTABLECER que cualquier intervención al bien cultural inmueble delimitado conforme al artículo precedente deberá contar con la autorización del Ministerio de Cultura, conforme lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias, sin perjuicio de las competencias propias de cada sector involucrado, bajo responsabilidad administrativa, civil y/o penal a que hubiere lugar. Artículo 3.- DISPONER que la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble del Ministerio de Cultura, proceda a la inscripción de la presente resolución ante la respectiva Ofi cina Registral de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. Artículo 4.- REMITIR copia certi fi cada de la presente resolución al Arzobispo Metropolitano del Cusco, al Gobernador Regional de Cusco, a la Municipalidad Provincial de Calca y a la Municipalidad Distrital de San Salvador para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.HAYDEE VICTORIA ROSAS CHAVEZ Viceministra de Patrimonio Cultural eIndustrias Culturales 2170406-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Francia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00321-2023-DE Lima, 18 de abril del 2023VISTOS:El O fi cio Nº 2223/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 00907-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00564-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica.