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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (21/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Viernes 21 de abril de 2023 El Peruano / Que, a efectos de cumplir con los objetivos estratégicos trazados para el Sector Economía y Finanzas y de conformidad a la normatividad vigente es necesario aprobar la ampliación del horizonte temporal del PESEM del Sector Economía y Finanzas, al 2026, la cual ha sido elaborada en coordinación con los organismos públicos adscritos y empresas vinculadas al Sector, así como con los órganos del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, mediante Informe Técnico N° D000003-2023-CEPLAN-DNCPPESEM, concluye que: i) El Ministerio de Economía y Finanzas ha cumplido con el desarrollo de la “Matriz” que contiene los OES y AES del PESEM, por cuanto ha sustentado el desarrollo de los indicadores y metas que plantean extenderse al año 2026 para las metas de un total de diez (10) indicadores correspondientes a seis (06) OES y veinticuatro (24) AES; y, ii) Veri fi ca que las metas del Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Economía y Finanzas han sido extendidas al año 2026; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41; la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD, que aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional y modi fi catorias; y, la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 009-2023/CEPLAN/PCD que aprueba la Guía metodológica para el Planeamiento Estratégico Sectorial; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la ampliación del horizonte temporal del Plan Estratégico Sectorial Multianual - PESEM del Sector Economía y Finanzas al 2026 Aprobar la ampliación del horizonte temporal al 2026 y la Cartera de Inversiones Priorizada del Plan Estratégico Sectorial Multianual – PESEM del Sector Economía y Finanzas, que como Anexo 1 y Anexo 2 forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), en la Sede Digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y en el portal de transparencia estándar; así como en los portales institucionales de los Organismos Públicos Adscritos y Empresas vinculadas al Sector Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2170914-1 Aprueban resultados finales de la evaluación del cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal y el “Ranking de cumplimiento de metas” correspondiente a las metas establecidas al 31 de diciembre del año 2022 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0008-2023-EF/50.01 Lima, 19 de abril de 2023CONSIDERANDO: Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley Nº 29332, Ley que crea el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, se crea el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal; el mismo que fue denominado Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) en el literal c) del numeral 41.1 del artículo 41 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que el PI es una herramienta de incentivos presupuestarios a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, que promueve la mejora de la calidad de los servicios públicos provistos por las municipalidades a nivel nacional, el cual tiene por objetivo general contribuir a la mejora de la efectividad y efi ciencia del gasto público de las municipalidades, vinculando el fi nanciamiento a la consecución de resultados asociados a los objetivos nacionales; y como objetivos especí fi cos: i) Mejorar la calidad de los servicios públicos locales y la ejecución de inversiones, que están vinculados a resultados, en el marco de las competencias municipales, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y, ii) Mejorar los niveles de recaudación y la gestión de los tributos municipales; estableciendo que los criterios, lineamientos y procedimientos para la distribución del incentivo, así como los requisitos y metas que deben cumplir para que los Gobiernos Locales accedan al referido PI, son establecidos mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante el Decreto Supremo N° 046-2023- EF, se aprueba el Procedimiento para la distribución del incentivo del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal correspondiente al Año Fiscal 2022, en adelante el Procedimiento de distribución, en el marco de lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional del Presupuesto Público; Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del Procedimiento de distribución, establece que la evaluación del cumplimiento de metas del PI es realizada por cada entidad pública responsable de la entrega de los resultados, según lo establecido en el Anexo A “Metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal que deben cumplir las municipalidades al 31 de diciembre de 2022” del Decreto Supremo Nº 366-2021-EF, Decreto Supremo que aprueba los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2022 y dicta otras disposiciones; Que, en el marco de los numerales 4.2 y 4.3 del artículo 4 del Procedimiento de distribución, la evaluación del cumplimiento de metas establecidas al 31 de diciembre del año 2022, se realiza durante el año 2023, y considera las metas establecidas en el Anexo A, antes citado; así como las actividades, medios de veri fi cación, fechas límites y puntajes establecidos en los Cuadros de Actividades, aprobados mediante Resolución Directoral Nº 0001-2022-EF/50.01, Resolución Directoral que aprueba los Cuadros de Actividades para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal establecidas al 31 de diciembre de 2022; Que, en el marco de lo señalado en los considerandos precedentes, la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior; la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas; la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos del Ministerio del Ambiente; la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud; el Programa Nacional de Saneamiento Rural del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a través del Ofi cio N° 000382-2023/IN/VSP/DGSC, complementado con el O fi cio N° 000388-2023/IN/VSP/DGSC; el Memorando N° 0040-2023-EF/61.06 complementado con el Memorando N° 0132-2023-EF/61.06; el O fi cio Nº 00021-2023-MINAM/VMGA/DGRS, complementado con el Ofi cio N° 00061-2023-MINAM/VMGA/DGGRS; el O fi cio N° D000414-2023-DGIESP-MINSA, complementado con el Ofi cio N° D000533-2023-DGIESP-MINSA y el O fi cio N°