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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (21/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Viernes 21 de abril de 2023 El Peruano / de Estudios Económicos, de Cooperación Internacional y de Comunicaciones e Imagen Institucional; Que, mediante Informes Nos. 057-2023-INACAL/OPP y 063-2023-INACAL/OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, al veri fi car el alineamiento de cargos con los órganos del Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, emite opinión favorable respecto a la propuesta de modi fi cación del MCC del INACAL; Que, a través del Informe N° 066-2023-INACAL/OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable, en el marco de sus funciones, para la aprobación de la modi fi cación del MCC del INACAL, por parte de la Titular de la Entidad; Que, en tal sentido, resulta necesario expedir el acto mediante el cual se apruebe la referida modi fi cación; Con las visaciones de la Gerencia General, de la Ofi cina de Administración, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, que aprueba el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; y, el Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad – INACAL; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la modi fi cación de Manual de Clasi fi cador de Cargos del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, en el extremo de variar la Clasi fi cación y Sigla de Empleado de Con fi anza (EC) a Servidor Público – Directivo Superior (SP-DS) de los Jefes/as de las O fi cinas de Estudios Económicos, de Cooperación Internacional y de Comunicaciones e Imagen Institucional; que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, y su anexo, en el Portal de Transparencia Estándar del Estado Peruano y en el Portal Institucional del INACAL (https://www.gob.pe/inacal/), en la misma fecha de publicación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.M. CLARA GÁLVEZ CASTILLO Presidenta EjecutivaInstituto Nacional de Calidad 2170668-1 Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Instituto Nacional de Calidad – INACAL RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 032-2023-INACAL/PE Lima, 19 de abril de 2023VISTO: La Nota N° 047-2023-INACAL/GG de la Gerencia General, los Informes Nos. 038-2023-INACAL/OA-RRHH y 040-2023-INACAL/OA-RRHH del Equipo Funcional de Recursos Humanos, los Memorandos Nos. 139-2023-INACAL/OA y 148-2023-INACAL/OA de la O fi cina de Administración, los Informes Nos. 057-2023-INACAL/OPP y 063-2023-INACAL/OPP de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 069-2023-INACAL/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad – INACAL es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; además, es el ente rector y máxima autoridad técnico - normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, se aprueba la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad – INACAL, el cual determina las áreas programáticas de acción y regula las competencias, funciones y estructura orgánica del INACAL; Que, mediante Resolución Ministerial N° 319-2015-PRODUCE, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Instituto Nacional de Calidad – INACAL; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR/PE, se formalizó el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de SERVIR que aprobó la Directiva N° 006-2021-SERVIR/GDSRH “Elaboración del Manual del Clasi fi cador de Cargos y el Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, cuya fi nalidad es que las entidades públicas cuenten con reglas que les permitan elaborar el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) y el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional), y administrar los cargos y las posiciones consignadas en el documento de gestión de carácter temporal de recursos humanos; Que, el numeral 6.4.1.1 de la citada Directiva, establece que la O fi cina de Recursos Humanos o la que haga sus veces puede actualizar el CAP Provisional (Anexo N° 2. Formato N° 2) en los siguientes supuestos: i) Designación de personas, que cumplan con los requisitos dispuestos en el MCC, en cargos clasi fi cados como EC y/o cali fi cados como DSLDR; ii) Otorgamiento de cobertura presupuestal a posiciones en situación de previsto, en atención a los recursos transferidos y/o disponibles de la entidad vinculados a la partida “personal y obligaciones sociales”, que conlleven a la realización de concursos públicos de méritos para ingreso; iii) Variación en los números correlativos o las denominaciones de los cargos dispuestos en el CAP Provisional como consecuencia de modi fi caciones en el MCC, sin que ello implique una variación en la clasi fi cación de cargos en situación de ocupado; iv) Variación en la cantidad de posiciones en situación de ocupado y previsto, como resultado del ingreso, la salida o la rotación de personal; sin que ello altere el total de posiciones del cargo, de la unidad orgánica, del órgano ni de la entidad; y, v) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no afecten a los cargos, las posiciones, las correspondientes compensaciones económicas establecidas en el PAP vigente ni el cumplimiento de los límites dispuestos en los numerales 2 y 3 del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público; Que, por otro lado, conforme a lo establecido en la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 101-2015-INACAL/PE, el Equipo Funcional de Recursos Humanos tiene entre sus funciones, la de controlar los puestos considerados en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), en coordinación con la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; Que, al amparo de lo señalado en los considerandos precedentes, mediante Informes Nos. 038-2023-INACAL/OA-RRHH y 040-2023-INACAL/OA-RRHH el Equipo Funcional de Recursos Humanos, propone y sustenta el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Instituto Nacional de Calidad – INACAL, el mismo que no altera el número de cargos previstos, considerando que los ajustes solo varían el extremo de la Clasi fi cación de Empleado de Con fi anza (EC) a Servidor Público – Directivo Superior (SP-DS) de los Jefes/as de las O fi cinas de Estudios Económicos, de Cooperación Internacional y de Comunicaciones e Imagen Institucional, con lo cual quedarían nueve (9) empleados de con fi anza (EC) en la institución; Que, mediante Informe Nos. 057-2023-INACAL/OPP y 063-2023-INACAL/OPP, la O fi cina de Planeamiento