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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (02/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de agosto de 2023 El Peruano / de Brasil para participar en la IV Cumbre de Países Miembros de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (OTCA), a realizarse los días 8 y 9 de agosto de 2023, en la ciudad de Belén, estado de Pará, República Federativa de Brasil; Que, asimismo, mediante carta de invitación de fecha 21 de julio de 2023, el Ministerio de Medio Ambiente y Cambio Climático de la República Federativa de Brasil extiende una invitación a la Ministra del Ambiente para participar como expositora, en el contexto del evento precitado, en la Plenaria 4, sobre Cambio Climático, Agroecología y las socio-bioeconomías de la Amazonia: gestión sostenible y nuevos modelos de producción para el desarrollo regional, a llevarse a cabo el día 6 de agosto de 2023, en la ciudad mencionada en el considerando precedente; Que, además, en el mismo contexto, se ha considerado llevar a cabo actividades tales como: i) Reuniones bilaterales con representantes de otras delegaciones; ii) Reunión con representantes de la Cancillería peruana, y iii) Reuniones de coordinación con autoridades de la región, todas ellas el día 7 de agosto, en la misma ciudad en mención; Que, el Tratado de Cooperación Amazónica (TCA), fue fi rmado el 3 de julio de 1978 y rati fi cado por ocho países: Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Guyana, Perú, Surinam y Venezuela, y se constituye en el instrumento jurídico que reconoce la naturaleza transfronteriza de la Amazonía; asimismo, en 1998 estos países deciden crear la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (OTCA) para fortalecer e implementar los objetivos del Tratado de Cooperación Amazónica; Que, la OTCA tiene como uno de sus objetivos facilitar el intercambio y la cooperación entre los países miembros promoviendo el desarrollo sostenible y modos de vida sustentable con carácter estratégico en la región, a fi n de mejorar la calidad de vida de sus habitantes, con énfasis en las poblaciones vulnerables, los pueblos indígenas y otras comunidades tribales; Que, la participación de la Ministra del Ambiente en los mencionados eventos permitirá: i) Visibilizar y posicionar los intereses nacionales en materia ambiental, dentro del diálogo de Alto Nivel, a fi n de contribuir al cumplimiento de los compromisos del Perú, en el marco del Tratado de Cooperación Amazónica, y los Objetivos de Desarrollo Sostenible; ii) Rea fi rmar la importancia de la conservación y restauración de la Amazonía como uno de los pilares ambientales globales, así como la defensa y protección de ecosistemas vitales; iii) Visibilizar las prioridades nacionales en la “Declaración Presidencial con ocasión de la Cumbre Amazónica – IV Reunión de Presidentes de los Estados Partes en el Tratado de Cooperación Amazónica”, la cual se espera aprobar en la citada cumbre, como un instrumento de cooperación regional, enfocado en garantizar la integridad del ecosistema, detener la acción y el uso destructivo de la tierra, y evitar que se alcance el punto de no retorno, como respuesta frente a la crisis climática y de biodiversidad; iv) Fomentar el debate entre representantes de entidades gubernamentales, movimientos sociales, academias y centros de investigación, tanto de Brasil como de otros países amazónicos y el establecimiento de prioridades y propuestas para los países fi rmantes del Tratado de Cooperación Amazónica en materia de cambio climático, agroecología, socioeconomías de la Amazonía a través del manejo sostenible y nuevos modelos de producción para el desarrollo regional; Que, en ese sentido, es de interés nacional la participación de la Ministra del Ambiente en los citados eventos; Que, los gastos que genere la presente comisión de servicios por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán asumidos con cargo al presupuesto del Ministerio del Ambiente; Que, en tanto dure la ausencia de la Titular, es necesario encargar el Despacho del Ambiente; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Albina Ruiz Ríos, Ministra del Ambiente, a la ciudad de Belén, estado de Pará, República Federativa de Brasil, del 5 al 10 de agosto de 2023; para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, son cubiertos por el pliego Ministerio del Ambiente, de acuerdo al siguiente detalle: Nombre y apellidosPasajes Aéreos USD Zona Geográ ficaViáticos por día USD Número de días Total Viáticos USD Albina Ruiz Ríos 2195.99 América del Sur370 5 1850 Artículo 3.- Encargar el Despacho del Ambiente a la señora Nancy Rosalina Tolentino Gamarra, Ministra de Estado en el Despacho de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a partir del 5 de agosto de 2023 y en tanto dure la ausencia de la Titular. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros ALBINA RUIZ RÍOS Ministra del Ambiente 2201202-5 CUL TURA Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a unidad bibliográfica perteneciente al Convento de San Francisco de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 000177-2023-VMPCIC/MC San Borja, 30 de julio del 2023 VISTOS: los O fi cios N° 000115-2023-BNP/J, Nº 000172-2023-BNP/J y Nº 000290-2023-BNP/J de la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú; la Hoja de Elevación N° 000509-2023-OGAJ/MC de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú prescribe que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográ fi cos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes