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15 NORMAS LEGALES Domingo 13 de agosto de 2023 El Peruano / “Grupo de Trabajo Multisectorial para el abordaje de la anemia materno infantil”, en adelante el Grupo de Trabajo, cuyo objeto es formular recomendaciones para fortalecer las intervenciones que contribuirán a la reducción de la anemia materno infantil, en el marco de la Política Nacional Multisectorial de Salud al 2030 “Perú, País Saludable”. Artículo 2.- Conformación2.1 El Grupo de Trabajo está conformado por:a) Un/a representante del Despacho Viceministerial de Salud Pública, quien lo preside. b) El/La Director/a General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública. c) Un/a representante de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública. d) Un/a representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. e) Un/a representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. f) Un/a representante del Ministerio de Educación.g) Un/a representante del Ministerio de la Producción.h) Un/a representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. i) Un/a representante del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil. 2.2 Cada integrante titular del Grupo de Trabajo cuenta con un/a representante alterno/a, quien asiste a las reuniones en caso de ausencia del titular. 2.3 Los/Las integrantes del Grupo de Trabajo ejercen sus funciones ad honórem. Artículo 3.- Acreditación de representantes Los/Las representantes titulares y alternos/as del Grupo de Trabajo son acreditados/as mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica, dentro del plazo de dos (02) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Instalación El Grupo de Trabajo se instala previa convocatoria de la Secretaría Técnica, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de publicada la presente Resolución Ministerial. Artículo 5.- Funciones Son funciones del Grupo de Trabajo: a) Elaborar y aprobar el cronograma de trabajo. b) Elaborar el plan de actividades para el cumplimiento de su objeto. c) Formular y proponer recomendaciones para fortalecer las intervenciones que contribuirán al abordaje multisectorial para la reducción de la anemia materno infantil. d) Otras que se considere necesarias para el cumplimiento de su objeto. Artículo 6.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo recae en la Unidad Funcional de Alimentación y Nutrición Saludable de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, la cual brinda apoyo técnico y administrativo necesario para el funcionamiento del Grupo de Trabajo y el cumplimiento de sus funciones. Artículo 7.- Vigencia e informe fi nal El Grupo de Trabajo tiene una vigencia de tres (3) meses contados a partir del día hábil siguiente de su instalación, plazo que podrá ser ampliado considerando el avance de las actividades y requerimientos para el cumplimiento de su objeto. El Grupo de Trabajo presenta al/a la titular del Ministerio de Salud el informe fi nal con las acciones desarrolladas en el marco del cumplimiento de su objeto y funciones. Artículo 8.- Colaboración y asesoramiento El Grupo de Trabajo puede solicitar la participación de representantes de otras instituciones públicas o privadas, así como de profesionales especializados, entre ellos el Colegio Médico del Perú, Colegio de Nutricionistas del Perú, Colegio de Obstetras del Perú, Colegio de Biólogos del Perú, Sociedad Peruana de Pediatría, Sociedad Peruana de Obstetricia y Ginecología, Sociedad Peruana de Enfermería en Salud Pública y Comunitaria, entre otros, para que colaboren con el cumplimiento de su objeto y funciones. Artículo 9.- Financiamiento La instalación y el desarrollo de las actividades del Grupo de Trabajo son fi nanciados con cargo al presupuesto institucional de las entidades que lo integran, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 10.- Publicación Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2204809-1 Designan Director General de la Dirección General de Personal de la Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 770-2023/MINSA Lima, 12 de agosto del 2023CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Directoral Nº 215-2023-OGGRH/MINSA, de fecha 9 de marzo de 2023, se aprobó la actualización de los cargos comprendidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, aprobado con Resolución Secretarial Nº 063-2022/MINSA, en el cual el cargo de Director/a General (CAP – P Nº 2084) de la Dirección General de Personal de la Salud del Ministerio de Salud, se encuentra clasi fi cado como cargo de con fi anza; Que, se ha visto por conveniente designar al señor MARCO ANTONIO QUISPE GRÁNDEZ, en el cargo señalado en el considerando precedente; Con el visado de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General y del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor MARCO ANTONIO QUISPE GRÁNDEZ, en el cargo de Director General (CAP – P Nº 2084), Nivel F-5, de la Dirección General de Personal de la Salud del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2204810-1