Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (16/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 56

56 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de agosto de 2023 El Peruano / el literal h) del artículo 9 del Texto Integrado del ROF de la Sunarp, en Sesión N° 455 de fecha 10 de agosto de 2023, el Consejo Directivo de la Sunarp acordó aprobar la apertura y funcionamiento de la O fi cina Desconcentrada del Registro de Predios de la O fi cina Registral de Juliaca correspondiente a la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna; De conformidad con lo dispuesto en el literal x) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp aprobado con Resolución N° 035-2022-SUNARP/SN; contando con el visado de la Gerencia General, Dirección Técnica Registral, Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, Ofi cina de Administración, O fi cina de Tecnologías de la Información y la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de apertura y funcionamiento de O fi cina Desconcentrada Autorizar la apertura y funcionamiento de la O fi cina Desconcentrada del Registro de Predios de la O fi cina Registral de Juliaca bajo la jurisdicción de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna, en virtud a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Disposición La Jefatura de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna, debe realizar las acciones que correspondan en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3.- Responsabilidad La Jefatura de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna, debe informar a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos la implementación de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 4.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (www.gob.pe/sunarp), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese en la sede digital de la Sunarp ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO Superintendente Nacional 2205232-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA 2022 de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios UNIVERSIDAD NACIONAL AMAZÓNICA DE MADRE DE DIOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 281-2023-UNAMAD-R Puerto Maldonado, 4 de agosto de 2023VISTO:El Expediente Nº 4124, de fecha 04 de agosto de 2023, que contiene el O fi cio Nº 1480-2023-UNAMAD/R- DIGA, de fecha 04 de agosto de 2023; y,CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27297, de fecha 05 de Julio del año 2000, se crea la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, en adelante la UNAMAD; autorizándose su funcionamiento de fi nitivo, mediante Resolución Nº 626-2009-CONAFU, de fecha 27 de noviembre del año 2009. Asimismo, la UNAMAD, obtiene su Licenciamiento Institucional, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 132-2019-SUNEDU/CD, de fecha 10 de octubre de 2019, por un período de seis (06) años, computados a partir de la noti fi cación de la citada resolución, es decir desde el 14 de octubre del 2019; Que, mediante Resolución de Comité Electoral Universitario Nº 012-2021-UNAMAD-CEU, de fecha 15 de noviembre de 2021, se acredita al Dr. Hernando Hugo Dueñas Linares, como Rector de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, a partir del 01 de diciembre de 2021 hasta el 30 de noviembre del año 2026; Que, en el artículo 7º del Estatuto de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, señala: La UNAMAD se rige por el principio de autonomía universitaria que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú, la Ley Universitaria, el presente Estatuto y sus reglamentos correspondientes. Esta autonomía se mani fi esta en los siguientes regímenes: a) Normativo, b) De gobierno, c) Académico, d) Administrativo, e) Económico”; Que, el numeral 40.1 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que los procedimientos administrativos y requisitos deben establecerse en una disposición sustantiva aprobada mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, por Resolución del Titular de los organismos constitucionalmente autónomos; asimismo, el numeral 40.2 del acotado artículo, señala que las entidades realizan el Análisis de Calidad Regulatoria de los procedimientos administrativos a su cargo o sus propuestas, teniendo en cuenta el alcance establecido en la normativa vigente sobre la materia; Que, el artículo 43 del referido Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 dispone que todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según el caso, de su respectivo Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), el cual comprende, entre otros, todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados, así como la relación de los servicios prestados en exclusividad; Que, de acuerdo con el numeral 44.1 del artículo 44 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) debe ser aprobado mediante Decreto Supremo del sector correspondiente; Que, mediante Resolución Rectoral Nº 149-2023-UNAMAD-R, de fecha 03 de mayo de 2023, se resuelve APROBAR, el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA 2022, de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios; Que, conforme al marco normativo citado, la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, con el Informe Nº 225-2023-UNAMAD-R/OPP-UME y el Ofi cio Nº 440-2023-UNAMAD/R-OAJ, de la Unidad de Modernización dependiente de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina de Asesoría Jurídica, respectivamente, sustentan y otorgan conformidad a la propuesta de modi fi cación del TUPA de la UNAMAD; en la que se elimina requisitos al procedimiento de Tramite del Título Profesional por Tesis y Trabajo de Su fi ciencia Profesional; Que, con O fi cio Nº 1480-2023UNAMAD/R-DIGA, de fecha 04 de agosto de 2023, la Directora General de Administración, solicita al Rector, se apruebe mediante acto resolutivo el TUPA (modi fi cado) 2022 de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios-UNAMAD; Que, por su parte, en el numeral 44.7 del artículo 44 del mismo Texto Único Ordenado, se dispone que en los casos en que por Ley, Decreto Legislativo y demás normas