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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (16/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de agosto de 2023 El Peruano / de la presente resolución, deberá presentar al Despacho de la Fiscalía de la Nación un informe detallado en el que se describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante la citada comisión materia de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, O fi cina General de Asesoría Jurídica, O fi cina General de Logística, O fi cina General de Finanzas, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, y al interesado, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2205624-1 Disponen la ampliación de competencias de la Fiscalía Superior Mixta de Sánchez Carrión del Distrito Fiscal de La Libertad para que conozca en segunda instancia casos de las sedes fiscales de Santiago de Chuco, Otuzco, Julcán, Pataz y Gran Chimú RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2021-2023-MP-FN Lima, 15 de agosto de 2023VISTOS: Los o fi cios Nºs. 001101-2022-MP-FN-PJFSLA LIBERTAD, 000794 y 002385-2023-MP-FN-PJFSLALIBERTAD, de fechas 30 de marzo de 2022, 28 de febrero y 23 de junio de 2023, respectivamente, suscritos por el presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad, informe Nº 000006-2023-MP-FN-STI-NCPP, de fecha 13 de enero de 2023, suscrito por el secretario técnico de la O fi cina Técnica de Implementación del Código Procesal Penal y el ofi cio Nº 000793-MP-FN-OCPF, de fecha 6 de junio de 2023, emitido por el gerente de la O fi cina de Control de la Productividad Fiscal; y, CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio Nº 001101-2022-MP-FN- PJFSLALIBERTAD, la entonces presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad, solicitó se adicione competencia territorial a la Fiscalía Superior Mixta de Sánchez Carrión, para las sedes de Santiago de Chuco, Otuzco, Julcán, Pataz, así como de Gran Chimú, esto es, toda la parte sierra de la jurisdicción del Distrito Fiscal de La Libertad, tanto en lo correspondiente a las audiencias de apelación, como en la atención de la carga laboral por quejas de derecho, consultas, exclusiones, contiendas de competencia y afi nes, lo cual permitirá el descongestionamiento de la carga de las Fiscalías Superiores Penales y una distribución más equitativa en segunda instancia. Asimismo, precisa que con la Resolución Administrativa Nº 000104-2022-CE-PJ, de fecha 24 de marzo de 2022, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se dispuso, entre otros, ampliar la competencia territorial y funcional de la Sala Mixta Descentralizada de la Provincia de Sánchez Carrión, para que tramite como Sala Penal de Apelaciones los nuevos procesos del Código Procesal Penal, con excepción de los procesos penales por Delitos de Corrupción de Funcionarios provenientes de las provincias de Sánchez Carrión, Pataz, Santiago de Chuco, Otuzco y Julcán. A través del informe Nº 000006-2023-MP-FN-STI- CPP, de fecha 13 de enero de 2023, la O fi cina Técnica de Implementación del Código Procesal Penal concuerda con la modi fi cación de competencia propuesta por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad con la fi nalidad que la Fiscalía Superior Mixta de Sánchez Carrión conozca en segunda instancia, quejas de derecho, consultas, exclusiones, audiencias de apelación y otros, provenientes de las Fiscalías Provinciales Mixtas Corporativas de Otuzco, Santiago de Chuco, Julcán, Pataz y Gran Chimú, en razón que la Fiscalía Superior Mixta viene asumiendo una carga procesal manejable en comparación con las Fiscalías Superiores Penales de La Libertad, de este modo se puede lograr atender la problemática de la elevada carga procesal que viene afrontando las fi scalías superiores penales. Del mismo modo, mediante los o fi cios Nºs. 000794 y 002385-2023-MP-FN-PJFSLALIBERTAD, el señor Luis Humberto Cortez Albán, actual presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad, consideró viable la ampliación de competencias de la Fiscalía Superior Mixta de Sánchez Carrión del Distrito Fiscal de La Libertad para que conozca en segunda instancia los casos de las sedes fi scales de Santiago de Chuco, Otuzco, Julcán, Pataz y Gran Chimú, la cual comprenda el conocimiento de audiencias, recursos de apelación, quejas de derecho, consultas, exclusiones, contiendas de competencia, elevación de actuados y todas aquellas materias que corresponda al conocimiento de una Fiscalía Superior. Estando a lo expuesto, con el objeto de brindar una adecuada atención a los casos provenientes de las Fiscalías Provinciales Mixtas de Otuzco, Santiago de Chuco, Julcán, Pataz y Gran Chimú de acuerdo a los fundamentos señalados, así como para equiparar la carga procesal, resulta necesario ampliar la competencia de la Fiscalía Superior Mixta de Sánchez Carrión del Distrito Fiscal de La Libertad, a partir de la vigencia de la presente resolución. Contando con el visto bueno del secretario técnico de la O fi cina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal y del presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad. De conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Disponer que, a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución, la Fiscalía Superior Mixta de Sánchez Carrión del Distrito Fiscal de La Libertad conozca, en adición a sus funciones la competencia por razón de grado y/o en segunda instancia, elevación de actuados, contiendas de competencia, consultas, exclusiones, audiencias y toda actuación como instancia superior le corresponda realizar o intervenir conforme se establece en el Código Procesal Penal, provenientes de las Fiscalías Provinciales Mixtas Corporativas de Otuzco, Santiago de Chuco, Julcán, Pataz y Gran Chimú. Artículo Segundo.- Disponer que, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad, conforme a lo establecido en el artículo 157, literales “c”, “j” y “o” del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con enfoque de gestión por resultados, aprobado mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1139-2020-MP-FN, de fecha 15 de octubre de 2020, cumpla con establecer las medidas pertinentes para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Presidencia de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Libertad, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad, Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, O fi cina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina de Racionalización y Estadística y Ofi cina de Control de la Productividad Fiscal, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2205500-1