Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (17/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 74

74 NORMAS LEGALES Jueves 17 de agosto de 2023 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al Sr. BENEDICTO BAUTISTA CHILINGANO - Subgerente de la Unidad de Gestión Documentaria y Archivo de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, como RESPONSABLE DE ENTREGAR LA INFORMACIÓN DE ACCESO PÚBLICO solicitada al Corporativo Edil, al amparo de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y modi fi catorias. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de Gestión Documentaria y Archivo, apoyar al funcionario designado en el Artículo Primero de la presente Resolución. Artículo Tercero.- DISPONER que todas las Unidades de Organización de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador proporcionen la información solicitada por el funcionario designado en la presente Resolución, al amparo de lo establecido en la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, dentro del plazo requerido y, considerando las excepciones de Ley. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaría General la publicación de la presente Resolución en Diario Ofi cial el Peruano y la Unidad de Desarrollo Tecnológico, su publicación en el Portal Institucional de esta Corporación Edil (www.munives.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 2205403-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA Ordenanza Municipal que aprueba la “Ruta Turística del Distrito de Asia” ORDENANZA MUNICIPAL N° 010-2023/MDA Asia, 13 de julio del 2023EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE ASIAVISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13 de Julio del 2023, el Informe Técnico N° 002-2023-JCOM/SGT/ MDA, de fecha 21 de Junio del 2023, emitido por la Sub Gerencia de Turismo, el Informe N° 099-2023-SEAZ-GDEL/MDA, de fecha 22 de Junio del 2023, emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico Local, el Informe N° 342-2023-GM/MDA, de fecha 27 de Junio del 2023, emitido por la Gerencia Municipal, la Opinión Legal N° 059-2023-GAJ/MDA, de fecha 06 de Julio del 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Distrital de Asia, relacionados con el PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA “RUTA TURISTICA DEL DISTRITO DE ASIA” I CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680, dispone que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual resulta plenamente concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, la misma que agrega que la autonomía que reconoce la Constitución Política del Perú otorga a las Municipalidades la facultad de ejercer actos de gobiernos, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico”;Que, la Gestión Municipal, implica el desarrollo de un conjunto de actividades, estrategias y técnicas idóneas que permitan desarrollarse internamente y proyectarse a la comunidad la imagen de un gobierno serio, responsable, moderno, e fi caz y e fi ciente a tono con las expectativas de la población, es así que los instrumentos de gestión, viene ser aquellos documentos en los que se plasman todas las actividades de fortalecimiento y desarrollo institucional, transparencia en la gestión, desarrollo económico local, servicios municipales, democratización de la gestión, desarrollo humano y promoción social entre otros, dentro de dichos instrumentos de gestión se encuentra el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos, en la cual se fi jan los procedimientos, requisitos, costo y Dependencia de la Entidad Edil encargada de tramitar y responder las solicitudes de los administrados. Que, la misma Ley acotada en su Artículo 40º relacionadas a las Ordenanzas, señala: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa”. Que, el Artículo 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala la competencias y funciones especí fi cas generales, son materias de competencia municipal: “las municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones especí fi cas señaladas en el Capítulo II del presente Título, con carácter exclusivo o compartido, en las materias siguientes: 1.9 Patrimonio histórico, cultural y paisajístico, 2.3.Educación, cultura, deporte y recreación y 4.5. Fomento del turismo local sostenible”. Que, el Artículo 82º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que las municipalidades, en materia de educación, cultura, deportes y recreación, tienen como competencias y funciones especí fi cas compartidas con el gobierno nacional y el regional las siguientes atribuciones: “12. Promover la protección y difusión del patrimonio cultural de la nación, dentro de su jurisdicción, y la defensa y conservación de los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos, colaborando con los organismos regionales y nacionales competentes para su identi fi cación, registro, control, conservación y restauración, 15. Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fi n, en cooperación con las entidades competentes, 19. Promover actividades culturales diversas y 20. Promover la consolidación de una cultura de ciudadanía democrática y fortalecer la identidad cultural de la población”. Que, mediante el Artículo 1° de la Ley N° 29408- Ley General de Turismo, se declara de interés nacional el turismo y su tratamiento como política prioritaria de estado para el desarrollo del país. Que, la presente ordenanza tiene como objetivo dar a conocer y poner en valor la Ruta Turística, donde los turistas nacional y extranjeros que visitan el distrito de Asia, podrán encontrar Turismo de Sol y Playa, Turismo Religioso, Turismo Cultural y Arqueológico, Turismo de Aventura y Deporte (cuatrimoto, surf) Turismo Gastronómico, Ecoturismo, Cicloturismo, turismo de Compras, Etc. Que, es necesario indicar que la Ruta Turística del distrito de Asia, consta de 16 atractivos turísticos: 1. Plaza mayor del distrito de Asia. 2. Museo Municipal Huaca Malena.3. Planta de Oxigeno Medicinal de la Municipalidad distrital de Asia. 4. Coliseo de Gallos Municipal.5. Réplica del Santo Sepulcro de Jesús en los Heraldos del Evangelio. 6. Árbol “El Pino de Asia”.7. Cervecería Artesanal “Malena”.8. Parque de Rosario.9. Mirador de Pasamayito y Capilla de Asia.10. Playa Pasamayito.