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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (24/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Jueves 24 de agosto de 2023 El Peruano / ejecutoras a elaborar las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de agosto del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2208418-2 Autorizan viaje de equipo multidisciplinario de PROINVERSIÓN a Panamá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 294-2023-EF/10 Lima, 23 de agosto del 2023 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 20 de julio de 2023, el señor Raúl Ferro en representación de Latin American Ports Forum, cursa una invitación a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, para participar en el evento “8th Latin American Ports Forum”, que se llevará a cabo en la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 6 al 7 de setiembre de 2023; Que, el “8th Latin American Ports Forum” es una conferencia anual regional sobre el sector portuario que se realiza desde el año 2016, siendo un espacio de investigación, discusión y análisis sobre las tendencias que marcan el desarrollo del sector portuario y logístico en América Latina y el Caribe; estableciendo un punto de encuentro entre autoridades portuarias de América Latina, empresas navieras, desarrolladores de proyectos de infraestructura, empresas constructoras, operadores de terminales, inversionistas y funcionarios gubernamentales, y donde PROINVERSIÓN participará en el panel sobre Proyectos de Ampliación de Puertos y Terminales, a fi n de exponer los proyectos portuarios que forman parte de la cartera de proyectos de la institución, y de esta manera atraer la atención de los asistentes en los proyectos Nuevo Puerto San Juan de Marcona y Terminal Portuario Internacional de Chimbote, siendo por tanto el evento antes mencionado, una plataforma importante para la promoción de los referidos proyectos; Que, el “8th Latin American Ports Forum” tiene como objetivos especí fi cos, entre otros, i) Brindar información acerca de las oportunidades de inversión en infraestructura en el Perú a través del desarrollo y fi nanciamiento de proyectos de Asociaciones Público Privadas (APP); y las políticas que se han venido implementando para promover y facilitar la inversión en infraestructura fomentando la participación del sector privado; ii) Difundir la imagen del país como destino atractivo para la inversión en el sector portuario; iii) Posicionar la participación de PROINVERSIÓN y el equipo técnico en el citado foro; e, iv) Informar acerca del marco bajo el cual se desarrollan proyecto APP y Proyectos en Activos (PA) en el Perú, en el sector portuario. Que, en tal sentido, se estima conveniente la asistencia de un equipo multidisciplinario en el citado evento, conformado por los señores Ernesto Guevara Kjuiro, Director de Proyecto (e), Juan Carlos de la Torre Del Carpio, Especialista Financiero de la Dirección Especial de Proyectos, y Alfredo Prado García, Periodista Económico de la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional, de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, lo que permitirá su participación en el panel sobre Proyectos de Ampliación de Puertos y Terminales, en donde se podrá exponer los proyectos portuarios que son parte del portafolio de proyectos APP y PA; Que, en consecuencia, y siendo de interés institucional y nacional, resulta necesario autorizar los viajes solicitados, cuyos gastos son cubiertos con cargo al presupuesto de PROINVERSIÓN; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar los viajes, en comisión de servicios, de los señores Ernesto Guevara Kjuiro, Director de Proyecto (e), Juan Carlos de la Torre Del Carpio, Especialista Financiero de la Dirección Especial de Proyectos y Alfredo Prado García, Periodista Económico de la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional, de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, a la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 5 al 8 de setiembre de 2023, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectuarán con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, de acuerdo con el siguiente detalle: Señor Ernesto Guevara Kjuiro Pasajes : US$ 600.00 Viáticos (2+1) : US$ 945.00 Señor Juan Carlos de la Torre Del Carpio Pasajes : US$ 600.00Viáticos (2+1) : US$ 945.00 Señor Alfredo Prado García Pasajes : US$ 600.00Viáticos (2+1) : US$ 945.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuados los viajes, los citados comisionados deben presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los comisionados cuyos viajes se autorizan. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2208224-1