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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (24/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Jueves 24 de agosto de 2023 El Peruano / publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” y en otro de extensa circulación de cada ámbito territorial; Que, de acuerdo al Informe Nº 868-2023- MTC/17.03.01 elaborado por la Coordinación de Autorizaciones de CITV y Entidades Complementarias de la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, se advierte que la documentación presentada por La Empresa ha dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en el artículo 43 del Reglamento, por lo que procede emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley Nº 29237 - Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS y Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2022-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Renovar a la empresa CERTIFICADORA ANDINA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA – CERTIFICADORA ANDINA S.A.C., con RUC Nº 20548644187, la autorización para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular fi jo por el plazo de cinco (05) años, otorgada mediante Resolución Directoral Nº 2664-2018-MTC/15, de fecha 18 de junio de 2018, y publicada en el Diario O fi cial El Peruano, el 11 de julio de 2018, en el local ubicado en Av. Antonio Miroquesada Nº 567 – 573, distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao, para operar dos (02) líneas de inspección técnica vehicular: una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Combinada y una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Mixta, debiendo entenderse el inicio de vigencia de la renovación de la autorización a partir del 13 de julio de 2023. Artículo 2.- La empresa CERTIFICADORA ANDINA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA – CERTIFICADORA ANDINA S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación:Acto Fecha máxima de Presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza24 de enero de 2025 Segunda renovación o contratación de nueva póliza24 de enero de 2026 Tercera renovación o contratación de nueva póliza24 de enero de 2027 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza24 de enero de 2028 Quinta renovación o contratación de nueva póliza24 de enero de 2029 En caso que La Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c), artículo 45 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa CERTIFICADORA ANDINA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA – CERTIFICADORA ANDINA S.A.C., a través de Centro de Inspección Técnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Artículo 4.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 5.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Directoral en: Av. Jose Carlos Mariátegui Asoc. La Estrella Mz. 43 Lt. B2, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, domicilio señalado por el administrado en el presente procedimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director (e)Dirección de Circulación VialDirección General de Autorizaciones en Transportes 1 Numeral 4.1 del artículo 4 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que de fi ne a los Centros de Inspección Técnica Vehicular – CITV, como: “Persona jurídica habilitada por la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para realizar las Inspecciones Técnicas Vehiculares”. 2207101-1 USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. 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