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44 NORMAS LEGALES Viernes 25 de agosto de 2023 El Peruano / Presupuesto Público a que se re fi ere el artículo 9º del Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77° y 78º de la Constitución Política del Perú; Que, en el marco de los alcances de la Décima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el año Fiscal 2023, que modi fi ca el artículo 1° de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, se han priorizado las inversiones señaladas en el anexo adjunto, que se encuentran a cargo del Gobierno Regional del Callao, cuyo costo de inversión se encuentra en el rango de cinco (5) a diez (10) millones de soles; para el despliegue de los servicios de control gubernamental en dichas inversiones, la Contraloría General de la República, ha determinado el costo del control concurrente considerando el 2% del saldo de la inversión por ejecutar con corte al 26 de enero de 2023; Que, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, que autoriza al Pliego 022 Ministerio Público, la creación de la unidad ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, cuya implementación y operación provienen del 1% de la ejecución de inversiones cuyos montos superen los cinco millones y sean menores o iguales a diez millones y para dar cumplimiento, el Gobierno Regional de Lima realizó modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias. La citada transferencia se aprueba mediante resolución del titular del pliego en caso de Gobiernos Regionales a través de resolución ejecutiva regional, que será publicada en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante O fi cio N° 1130-2023-ANC-MP-J, recibido el 05 de abril de 2023, el Jefe Nacional de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, solicita que se realicen las acciones administrativas para hacer efectivo, con carácter de MUY URGENTE, la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 022: Ministerio Público a cargo de la Unidad Ejecutora de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, hasta por el monto de S/ 1,882,217.00 (Un millón ochocientos ochenta y dos mil doscientos diecisiete con 00/100), en donde adjunta anexo conteniendo el detalle de las inversiones por ejecutar; Que, a través del Informe N° 458-2023-GRL/ GRPPAT/OPRE/JGRD, recibido el 19 de julio de 2023, el Especialista en Presupuesto II, recomienda Disponer, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la Subgerencia Regional de Administración en coordinación, realizar las acciones administrativas pertinentes, a través de sus Unidades Orgánicas competentes, para la realización de la transferencia fi nanciera al pliego 022 Ministerio Público de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control en cumplimiento de la Transferencia Financiera para que vuestras o fi cinas en el marco de sus competencias continue con el trámite de su aprobación, según lo dispuesto en la Ley N° 31358 y su modi fi catoria, Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente; Que, con Memorando N° 1636-2023-GRL/GRPPAT, recibido el 21 de julio de 2023, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remite el Informe N° 458-2023-GRL/GRPPAT/OPRE/JGRD, de fecha 18 de julio de 2023, de la O fi cina de Presupuesto, sobre la procedencia de la Transferencia Financiera a favor de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, hasta por el monto de S/ 723,641,00 (Setecientos veintitrés mil seiscientos cuarenta y uno con 00/100 soles), correspondiente a catorce (14) proyectos priorizados del Pliego 463 Gobierno Regional de Lima , a favor del Pliego 022: Ministerio Público a cargo de la Unidad Ejecutora de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público; Que, mediante Informe Legal N° 0757-2023-GRL- SGRAJ, recibido el 25 de julio de 2023, la Sub Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión legal declarando viable que la Gobernación Regional autorice la transferencia Financiera del Presupuesto Institucional del Pliego 463 Gobierno Regional de Lima, para el año fi scal 2023, hasta por el monto total de S/. 723,641.00 (Setecientos veintitrés mil seiscientos cuarenta y uno con 00/100 soles), por la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, correspondiente a catorce (14) proyectos priorizados del pliego 463 – Gobierno Regional de Lima, a favor del Pliego 022: Ministerio Público a cargo de la Unidad Ejecutora de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, por la amplitud de los argumentos desarrollados en el presente informe jurídico; Que, con Informe N° 275-2023-GRL/GGR, recibido el 27 de julio de 2023, la Gerencia General Regional informa a la Gobernación Regional que luego de la revisión de la documentación del expediente administrativo de la referencia y de acuerdo al informe del Especialista II de la o fi cina de Presupuesto y Economía y del informe de la Sub Gerencia Regional de Asesoría Jurídica que remite el Proyecto de Resolución Ejecutiva Regional, la encuentra conforme; por lo que, se deriva el presente expediente a la Gobernación Regional para su atención correspondiente. Que, a través de la Hoja de Envió S/N – Expediente N° 2701725, de fecha 27 de julio de 2023, la Gobernación Regional solicita a la Secretaría General continuar con el tramite correspondiente para la emisión del acto administrativo peticionado. Que, la Secretaria General Regional en atención a los Incisos 6.1.2, 6.2 y 6.3 de la Directiva N° 006-2021-GRL-GGR “Procedimiento para la formulación, trámite, aprobación y custodia de las Resoluciones Regionales, Resoluciones Sub Gerencial, Resolución Directoral Regional y Decreto Regional emitidas por el Gobierno Regional de Lima”, aprobada por Resolución Gerencial General Regional N° 050-2021-GRL/GGR., ha procedido a su numeración y tramitación; Con los vistos de la Gerencia General Regional, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Sub Gerencia Regional de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General Regional del Gobierno Regional de Lima; Estando a lo expuesto y de conformidad a la Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, y el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Lima, aprobado por el Consejo Regional, mediante la Ordenanza Regional N° 09 de fecha 21 de julio de 2022. SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia Financiera del Presupuesto Institucional del Pliego 463 Gobierno Regional de Lima, para el año fi scal 2023, hasta por el monto total de S/ 723,641,00 (Setecientos veintitrés mil seiscientos cuarenta y uno con 00/100 soles), por la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, correspondiente a catorce (14) proyectos priorizados del Pliego 463 - Gobierno Regional de Lima , a favor del Pliego 022: Ministerio Público a cargo de la Unidad Ejecutora de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, conforme al Anexo 01 adjunto. Artículo Segundo.- DISPONER a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, instruya a la (s) Unidad (es) Ejecutora (s) para que elabore (n) las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Tercero.- DISPONER a la Secretaria General Regional del Gobierno Regional de Lima, la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial el Peruano, en concordancia con lo establecido en el numeral 4 de Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2023. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.ROSA GLORIA VÁSQUEZ CUADRADO Gobernadora Regional de Lima