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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (27/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Domingo 27 de agosto de 2023 El Peruano / Que, la Empresa para la Seguridad y Soluciones Urbanas- ESU, adscrita al distrito de Ciencia Tecnología e Innovación de la ciudad de Medellín efectúa una invitación para que el señor alcalde participe de una visita para conocer experiencias relacionadas a temas de seguridad ciudadana y soluciones de ciudad, a desarrollarse en la citada ciudad de Colombia, del 27 al 29 de agosto del presente año; Que, mediante Informe N° 273-2023-SGDICNI- GP/MDSJL, la Subgerencia de Desarrollo Institucional y Cooperación Nacional e Internacional señala que, efectuada las coordinaciones con el despacho de Alcaldía, proponen al señor regidor David Dávalos Amao, presidente de la Comisión de Medio Ambiente del Concejo Municipal, para que lo represente en la visita a la ciudad de Medellín, Colombia; Que, con Informe N° 274-2023-SGDICNI-GP/MDSJL, la Subgerencia de Desarrollo Institucional y Cooperación Nacional Internacional señala que la invitación antes mencionada comprende el traslado aéreo a Medellín, Colombia, ida y vuelta, así como el alojamiento y la alimentación, según la agenda programada; Que, mediante Proveído N° 3129-2023-MDSJL-GM, la Gerencia Municipal indica continuar con el trámite pertinente para la participación del citado regidor; Que, en la fecha se pone a consideración del Concejo Municipal de San Juan de Lurigancho la autorización de viaje al exterior del señor regidor David Dávalos Amao, presidente de la Comisión de Medio Ambiente del Concejo Municipal; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9 y 41 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACUERDA Artículo 1.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país, del señor David Dávalos Amao, regidor de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho y Presidente de la Comisión de Medio Ambiente, a la ciudad de Medellín, Colombia, del 27 al 29 de agosto de 2023, para su participación en la visita para conocer e intercambiar experiencias relacionadas a temas de seguridad ciudadana y soluciones de ciudad, en representación de la Entidad, por los motivos expuestos en los considerando precedentes. Artículo 2.- APROBAR la licencia del señor regidor David Dávalos Amao, por el periodo comprendido del 27 al 29 de agosto de 2023. Artículo 3.- FIJAR el plazo de quince (15) días para la entrega del Informe por escrito y documentado del viaje en referencia. Artículo 4.- PRECISAR que la autorización aprobada en el artículo 1 no irrogará gastos a la Entidad, los mismos que serán asumidos por el organizador de la invitación. Artículo 5.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial “El Peruano” y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información en coordinación con la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional su publicación en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JESÚS MALDONADO AMAO Alcalde 2209218-1 Aprueban licencia solicitada por Alcalde del distrito y encargan su despacho a Primer Regidor ACUERDO DE CONCEJO N° 051-2023-MDSJL San Juan de Lurigancho, 24 de agosto de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; la Carta N° 006-2023-A/MDSJL, de fecha 23 de agosto de 2023, presentada por el señor Jesús Maldonado Amao, Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo concordante con lo dispuesto por el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que prescribe que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, mediante Carta N° 006-2023-A/MDSJL presentada por el Titular de la Entidad, mediante la cual solicita al Concejo Municipal se le conceda licencia sin goce de haber del 29 de agosto al 03 de setiembre de 2023, para ausentarse del país por motivos estrictamente personales; Que, el artículo 41 de la Ley N° 27972, señala que: “Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (…)”; Que, el numeral 27 del artículo 9 de la Ley Nº 27972 establece que corresponde al Concejo Municipal, aprobar las licencias solicitadas por el alcalde o los regidores, no pudiendo concederse licencias simultáneamente a un número mayor del 40% (cuarenta por ciento) de los regidores. Que, el primer párrafo del artículo 24 de la Ley Nº 27972 establece que en caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral”, motivo por el cual resulta pertinente encargar el cargo de alcalde al señor regidor Juan José Prado Tapia; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 49 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime del Concejo Municipal y, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo 1.- APROBAR la licencia sin goce de haber solicitada por el señor Alcalde Jesus Maldonado Amao, por los días 29 de agosto al 03 de setiembre de 2023 para ausentarse del país por motivos estrictamente personales, en mérito a lo expuesto en los considerandos precedentes. Artículo 2.- ENCARGAR el Despacho de Alcaldía al Primer Regidor, señor Juan José Prado Tapia, por el tiempo que dure la ausencia física del señor Jesus Maldonado Amao, Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho. Artículo 3.- ENCARGAR a Secretaría General el cumplimiento del presente acuerdo y su publicación en el diario o fi cial El Peruano y a la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional en coordinación con la Subgerencia de Tecnologías de la Información, su publicación en el portal institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JESUS MALDONADO AMAO Alcalde 2209021-1