Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (27/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Domingo 27 de agosto de 2023 El Peruano / ORGANISMOS AUTÓNOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Otorgan duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Petroquímica de la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 2216-2023-UNI Lima, 4 de agosto de 2023Visto: El expediente STUDNI Nº 83741-2023 presentado por el señor Carlo Raul Frias Rivera, donde solicitó la expedición de un duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Petroquímica. Considerando:El artículo 18° de la Constitución Política del Perú establece que «Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes». Conforme a lo establecido en el Artículo 8° de la Ley Universitaria N° 30220, el Estado reconoce la autonomía universitaria, que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la acotada Ley y demás normativa aplicable, autonomía que se mani fi esta en los regímenes: 8.1 Normativo, 8.2 de Gobierno, 8.3 Académico, 8.4 Administrativo y 8.5 Económico, concordante con el Artículo 18° de la norma estatutaria, establece que «el Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y de ejecución académica y administrativa de la Universidad». El señor Carlo Raul Frias Rivera, identi fi cado con D.N.I N° 43134294, egresado de esta casa de estudios, mediante el presente expediente, STUDNI N° 83741-2023, solicitó duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Petroquímica, por pérdida, adjuntando la documentación sustentadora respectiva según lo dispuesto, en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos Títulos Profesionales de la Universidad Nacional de Ingeniería, aprobado por Resolución Rectoral N° 0122 del 18 de enero de 2008, modi fi cado por Resolución Rectoral N° 1685 del 08 de noviembre del 2013. La Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe N° 156-2023- UNI/SG/UGyT del 07 de julio de 2023, precisó que el diploma del señor Carlo Raul Frias Rivera, se encuentra registrado de la siguiente manera: en el Libro de Bachilleres N° 13, página 186, con número de registro 36664-B. La Presidenta de la Comisión Académica del Consejo Universitario, mediante o fi cio N° 680-CA-VA-2023-UNI, del 20 de julio de 2023, informó que en Sesión Presencial N° 23-2023 realizada el 17 de julio de 2023, previa revisión y veri fi cación del Expediente acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación del duplicado del Diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con Mención en Ingeniería Petroquímica al señor Carlo Raul Frias Rivera. Estando al proveído N° 5114/ALCHN Rect. 23 del 14 de julio del 2023 del despacho del rectorado, a lo acordado por la Comisión Académica del Consejo Universitario en Sesión Presencial N° 23 del 17 de julio de 2023, a lo aprobado por el Consejo Universitario en la Sesión Ordinaria N° 11 del 02 de agosto de 2023 y de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 25° del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Anular el Diploma de Grado de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Petroquímica de don Carlo Raul Frias Rivera, registrado en el Libro de Bachilleres N° 13, página 186, con número de registro 36664-B, con fecha de otorgamiento el Grado de Bachiller de 2 de abril de 2014, por motivo de pérdida. Artículo 2°.- Otorgar el duplicado del Diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Petroquímica a favor de don Carlo Raul Frias Rivera, en mérito a los considerandos de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PABLO ALFONSO LÓPEZ CHAU NAVA Rector SONIA ANAPAN ULLOA Secretaria General 2205208-1 MINISTERIO PÚBLICO Autorizan Incorporación de Mayores Ingresos Públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 022: Ministerio Público del Año Fiscal 2023 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2105-2023-MP-FN Lima, 22 de agosto de 2023VISTOS:El o fi cio Nº 1127-2023-MP-FN-GG de la Gerencia General, el o fi cio Nº 0945-2023-MP-FN-OGASEJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el informe Nº 000122-2023-MP-FN-GG-OGPLAP de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto y el memorando Nº 000278-2023-MP-FN-GG-OGFIN de la O fi cina General de Finanzas, y; CONSIDERANDO:En el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2837-2022-MP-FN, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Gastos correspondiente al año fi scal 2023 del Pliego 022: Ministerio Público por toda fuente de fi nanciamiento. El numeral 50.1 del artículo 50 del Decreto Legislativo Nº 1440 del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que las incorporaciones de mayores ingresos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, se sujetan a límites máximos de incorporación determinados por el Ministerio de Economía y Finanzas, en consistencia con las reglas fi scales vigentes, conforme a lo establecido en el citado artículo, y son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provienen, entre otros, de las fuentes de fi nanciamiento distintas a las de recursos ordinarios y recursos por operaciones o fi ciales de crédito que se produzcan durante el año fi scal. De conformidad con el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 006-2023-EF, para efectos de la aplicación de los