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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (02/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 180

TEXTO PAGINA: 165

165 NORMAS LEGALES Sábado 2 de diciembre de 2023 El Peruano / Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los artículos 9 y 41 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal del distrito de Jesús María, con cargo a redacción y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Gerente Municipal, señor Harry Mac Bride Navea para que, en representación de la Municipalidad Distrital de Jesús María, participe en el XIV Congreso Iberoamericano de Municipalidades, a realizarse en la ciudad de Valdivia, Chile del 04 al 07 de diciembre de 2023. Artículo 2º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el señor Harry Mac Bride Navea, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 3º.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente acuerdo en el diario o fi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicación, la publicación del presente acuerdo en el portal institucional www.munijesusmaria.gob.pe. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.JESÚS ALBERTO GÁLVEZ OLIVARES Alcalde 2240888-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Ordenanza que aprueba prorrogar para el ejercicio 2024, la vigencia de la Ordenanza Nº 478-2022-MDL, que reguló el importe del derecho de emisión mecanizada del ejercicio 2023 ORDENANZA Nº 497-2023-MDL Lince, 27 de noviembre de 2023LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE; POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, y;VISTO: El Informe Técnico Nº 014-2023-MDL-GAT/ SRROC, de fecha 08 de noviembre de 2023, de la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente; el Informe Nº 0049-2023-MDL/GAT, de fecha 08 de noviembre de 2023, de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe Nº 00613-2023-MDL-OGAJ, de fecha 10 de noviembre de 2023, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 994-2023-MDL-GM, de fecha 10 de noviembre de 2023, de la Gerencia Municipal; el Dictamen N° 022-2023-MDL-CAF, de fecha 16 de noviembre de 2023, de la Comisión de Administración y Finanzas; el Dictamen N° 042-2023-MDL-CAL, de fecha 16 de noviembre de 2023, de la Comisión de Asesoría Legal, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico vigente, de conformidad con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, establece la potestad tributaria de los Gobiernos Locales para crear, modi fi car y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, establecen que los Gobiernos Locales mediante ordenanzas crean, modi fi can, suprimen o exoneran de los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley y se supedita, la puesta en vigencia de la norma a su rati fi cación por la Municipalidad provincial de su circunscripción; Que, el artículo 14° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo N°156-2004-EF, establece que la actualización de los valores de predios por las municipalidades, sustituye la obligación de presentar la declaración jurada anualmente, es más, en su cuarta disposición fi nal, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4 % de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 01 de enero de cada ejercicio; Que, mediante Ordenanza N° 2386-2021-MML, de fecha 19 de agosto de 2021, Ordenanza “QUE SUSTITUYE LA ORDENANZA N° 2085, QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE RATIFICACION DE ORDENANZAS TRIBUTARIAS EN EL AMBITO DE LA PROVINCIA DE LIMA”, la cual menciona en su Setima Disposición Final que “el Acuerdo de Concejo rati fi catorio tendrá una vigencia máxima de dos (2) ejercicios fi scales adicionales”; Que, mediante Ordenanza N° 478-2022-MDL, de fecha 25 de diciembre de 2022, Ordenanza que aprueba el costo por derecho de Emisión Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales en el Distrito de Lince para el ejercicio 2023; Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 443-2022, emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, se ratifi có la Ordenanza Nº 478-2022-MDL, que estableció el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2023, en el distrito de Lince; Que, mediante Informe Técnico Nº 014-2023-MDL- GAT-SGRROC, de fecha 08 de noviembre de 2023, la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente en mérito a las evaluaciones correspondientes realizadas, sugiere prorrogar para el ejercicio 2024, el monto de emisión establecido para el ejercicio 2023, considerando que la estructura de costos, respecto del monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y distribución a domicilio para el ejercicio 2024 es similar, a la establecida mediante Ordenanza Nº 478-2022-MDL, que aprueba el cobro de estos conceptos para el año 2023; Que, mediante Informe Nº 0049-2023-MDL/GAT, de fecha 08 de noviembre de 2023, la Gerencia de Administración Tributaria, remite la propuesta de prórroga de vigencia, para el ejercicio 2023, de la Ordenanza Nº 478-2022-MDL, publicada el 25 de diciembre de 2022 en el Diario O fi cial El Peruano, y solicita la opinión legal por parte de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, a efectos de ser puesto a consideración por parte del Concejo Municipal; Que, con Informe Nº 00613-2023-MDL-OGAJ, de fecha 10 de noviembre de 2023, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina por la procedencia de la aprobación por parte del Concejo Municipal del proyecto de Ordenanza que prorroga para el ejercicio 2024, la vigencia de la Ordenanza Nº 478-2022-MDL, “Ordenanza