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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (02/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 180

TEXTO PAGINA: 170

170 NORMAS LEGALES Sábado 2 de diciembre de 2023 El Peruano / - Promover proyectos para la prestación e fi ciente del servicio de seguridad ciudadana de forma integral - Promover proyectos de infraestructura vial y ordenamiento urbano - Promover la gestión ambiental y prevención del cambio climático - Promover el desarrollo socioeconómico, cultural, turístico, de la actividad física y del deporte - Fortalecer las capacidades para el desarrollo local Artículo Tercero.- DELEGAR las competencias y funciones a la Mancomunidad Municipal Lima Centro, según su Plan Operativo Institucional 2023: - Gestionar y concertar con instituciones del sector público y privado la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo de los distritos conformantes de la Mancomunidad Municipal Lima Centro. - Ejecutar directamente o proveer la ejecución de las obras de infraestructura urbana que sean indispensables para el cumplimiento de los objetivos de la Mancomunidad Municipal Lima Centro. - Participar en el proceso del presupuesto participativo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Fondos de Gobierno Nacional, Financiamiento Privado y de Cooperación Internacional, respecto a los programas y proyectos que bene fi cien a la Mancomunidad Municipal Lima Centro. - Plani fi car, ejecutar y monitorear actividades de apoyo directo e indirecto a la seguridad ciudadana, infraestructura vial y ordenamiento urbano, gestión ambiental y cambio climático, desarrollo socioeconómico, cultural, turístico, de la actividad física y del deporte y otras áreas que determine el Consejo Directivo. Artículo Cuarto.- PRECISAR que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la remisión del presente dispositvo a la Gerencia General de la Mancomunidad Municipal Lima Centro, a efectos de continuar con el trámite de inscripción de la adhesión rati fi cada en el artículo primero. Artículo Sexto.- DISPONER la publicación del presente dispositivo en el diario o fi cial El Peruano y en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 2239371-1 MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC Establecen beneficios e incentivos tributarios por actualización predial ORDENANZA MUNICIPAL Nº 326-2023-MDP/C Pachacámac, 24 de noviembre de 2023 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PACHACÁMAC VISTO: el Informe Nº 126-2023-GAT/MDP emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, el informe Nº 401-2023-MDP-OGAJ emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y los memorandos Nº 1696 y 1698- 2023-GM/MDP cursados por la Gerencia Municipal, proponiendo incentivos tributarios por actualización predial, dentro de la jurisdicción del distrito de Pachacámac.CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del título preliminar de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y la economía local, la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, gozan de competencia para crear, modi fi car, suprimir o exonerar contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos dentro de los límites previstos por ley; Que, según el Artículo 40º de la citada norma, las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, mediante las cuales, se crean modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencia, derechos y contribuciones, al amparo del artículo 200 de la norma fundamental, que le concede rango de ley; Que, igualmente la norma IV del texto único ordenado del código tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, en concordancia con el Artículo 52 del mismo, dispone que los gobiernos locales mediante ordenanza puedan crear, modi fi car y suprimir contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de las mismas, dentro de su jurisdicción y los límites que señala la ley, en tanto, el artículo 41 prevé que excepcionalmente puedan condonar intereses moratorios y sanciones, respecto de los tributos que administren, inclusive el tributo mismo; Que, el artículo 60 del texto único ordenado de la ley de Tributación Municipal aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que las municipalidades, crean, modi fi can y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones, dentro de los límites que fi ja la ley, siendo la creación y modi fi cación de tasas y contribuciones se aprueban por ordenanza y para la supresión de tasas y contribuciones no tienen ninguna limitación legal; Que, con informe de vistos, la Gerencia de Administración Tributaria propone brindar bene fi cios tributarios y no tributarios para los contribuyentes del distrito de Pachacámac, para la regularización voluntaria en la presentación de sus declaraciones juradas de autoavalúo del impuesto predial para omisos y para quienes actualicen o hayan actualizado, recti fi que o hayan recti fi cado el aumento de valor del autoavalúo de su predio y/o el uso de los mismos, u otro dato que incida en la determinación del impuesto predial o arbitrios municipales, así como también aquellos contribuyentes que hayan sido fi scalizados o se encuentren en proceso de fi scalización tributaria; Estando a lo expuesto, en mérito a la opinión favorable emitida por la O fi cina General de Asesoría Jurídica a través del informe de vistos, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9 y el artículo 40 de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de Pachacámac, POR UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS E INCENTIVOS TRIBUTARIOS POR ACTUALIZACIÓN PREDIAL DE LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE PACHACÁMAC Artículo 1º.- Objetivo Establecer a favor de los contribuyentes de la Municipalidad Distrital de Pachacamac, incentivos para la regularización voluntaria mediante la presentación de las declaraciones juradas de autoavalúo del Impuesto Predial para omisos y para quienes actualicen o hayan actualizado o recti fi quen o hayan recti fi cado el aumento de valor de autoavalúo de su predio y/o el uso de los mismos, u otro dato que incida en la determinación del impuesto predial o arbitrios municipales, así como también a aquellos contribuyentes que hayan sido