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66 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de diciembre de 2023 El Peruano / E) 318-2023-GRL-GRDE-DREM 14-NOV-23 8.- A) EL CRISOL 6-2013 B) 650000313 C) COMPAÑIA MINERA AGREGADOS CALCAREOS S.A. D) 18 V1: N8823253.53 E303654.58 V2: N8819438.99 E304697.64 V3: N8819364.94 E304525.46 V4: N8819518.72 E304426.16 V5: N8820513.87 E303783.52 V6: N8823113.56 E303085.23 E) 323-2023-GRL-GRDE-DREM 14-NOV-23 9.- A) CANTA 2015 B) 650001115 C) COMPAÑIA MINERA AGREGADOS CALCAREOS S.A. D) 18 V1: N8734508.61 E326950.92 V2: N8733113.18 E326837.91 V3: N8733193.90 E325841.17 V4: N8734589.34 E325954.20 E) 321-2023-GRL-GRDE-DREM 14-NOV-23. RICARDO VIRHUEZ EVANGELISTA Director Regional de Energía y Minas 2236848-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban el Plan Específico ubicado en la Carretera Panamericana Sur, altura del Km. 30.5, del distrito de Lurín, como Zona de Reglamentación Especial-ZRE ORDENANZA N° 2581 EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria de la fecha; Que, en uso de las facultades previstas en los artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, a través del Dictamen N° 081-2023-MML-CMDUVN; el Concejo Metropolitano de Lima por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN ESPECÍFICO: “PREDIO UBICADO EN LA CARRETERA PANAMERICANA SUR ALTURA KM. 30.5”-DEL ATN IV DEL DISTRITO DE LURÍN Artículo Primero.- Aprobar el Plan Especí fi co ubicado en la Carretera Panamericana Sur, altura del Km. 30.5, del distrito de Lurín, como Zona de Reglamentación Especial-ZRE, conformada por el SECTOR A (cali fi cación normativa de intensidad media) y SECTOR B (cali fi cación normativa de intensidad baja), conforme al grá fi co del Anexo N° 1 que forma parte de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Aprobar las Especi fi caciones Normativas del Plan Especí fi co ubicado en la Carretera Panamericana Sur, altura km. 30.5, del distrito de Lurín, conforme al Anexo N° 2 que forma parte de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- Aprobar el Cuadro Resumen de Normas Urbanísticas del Plan Especí fi co ubicado en la Carretera Panamericana Sur, altura km. 30.5, del distrito de Lurín, conforme al Anexo N° 3, que forma parte de la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación incorporar en el Plano de Zoni fi cación del distrito de Lurín aprobado por Ordenanza N° 2389, la cali fi cación de ZRE y las cali fi caciones normativas del SECTOR A y SECTOR B. Artículo Quinto.- Encargar a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano, y a la O fi cina de Gobierno Digital, su publicación en el portal institucional: www.munlima.gob.pe. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Se dispone que, sobre el derecho de vía de la Panamericana Sur, aprobado por Ordenanza N° 341 y sus modi fi catorias, que se encuentra involucrado en el SECTOR A (cali fi cación normativa de intensidad media) del presente Plan Especí fi co, no es de aplicación los alcances técnicos normativos contenidos en los Anexos N° 1, 2 y 3 de la presente ordenanza. Segunda.- Se dispone que, sobre la zona arqueológica según Plano de Zoni fi cación de Lurín, aprobado por Ordenanza N° 2389, que se encuentra involucrada en el SECTOR B (cali fi cación normativa de intensidad baja), del presente Plan Especí fi co, no es de aplicación los alcances técnicos normativos contenidos en los Anexos N° 1, 2 y 3 de la presente ordenanza. Tercera.- Considerando la ubicación del Plan Especí fi co en ATN IV de Lurín, se dispone que, en las etapas de habilitación urbana y de proyecto, el propietario deberá cumplir con las exigencias legales establecidas en la Ley N° 27446 Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, su Reglamento y normas complementarias. Asimismo, se deben de incluir estudios complementarios como la Evaluación de Riesgos (EVAR) por sismo tsunami-génico, estudio de mecánica de suelos. Además, en la etapa de proyecto, deberá incluirse con un plan de contingencia ante sismos y tsunamis en donde se determinen rutas de evacuación y zonas seguras. Cuarta.- Se dispone que para la etapa de habilitación urbana, deberá de tener participación la Autoridad Nacional del Agua-ANA de acuerdo con sus competencias, a fi n de establecer si corresponde zonas intangibles en el ámbito del Plan Especí fi co; de ser así, en las zonas intangibles, no es de aplicación los alcances técnicos normativos contenidos en los Anexos N° 1, 2 y 3 de la presente ordenanza. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.Lima, 28 de noviembre de 2023RENZO ANDRÉS REGGIARDO BARRETO Teniente Alcalde 2241513-1 Aprueban el Planeamiento Integral con fines de anexión al área urbana y asignación de zonificación de terreno ubicado en el distrito de San Bartolo ORDENANZA N° 2582 EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria de la fecha; Que, en uso de las facultades previstas en los artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, a través del Dictamen N° 095-2023-MML-CMDUVN; el Concejo Metropolitano de Lima por mayoría