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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (13/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de diciembre de 2023 El Peruano / Modifican la Resolución Ministerial N° 290- 2023-PCM, que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Presidencia del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 297-2023-PCM Lima, 12 de diciembre de 2023VISTOS: el Informe Nº D000829-2023-PCM-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO:Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 290- 2023-PCM se aprueba el nuevo Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Presidencia del Consejo de Ministros, el cual contiene los cargos de fi nidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM; Que, en dicho contexto, a través del Informe Nº D000829-2023-PCM-OGRH, la O fi cina General de Recursos Humanos señala que se ha identi fi cado la modi fi cación de la denominación del cargo del personal designado en distintas unidades de organización de la Presidencia del Consejo de Ministros, como es el caso del Asesor II del Despacho, Asesor II de la Secretaría General, Asesor II del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial, Director de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, Director de la O fi cina General de Administración, Director de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, Director de la O fi cina General de Tecnologías de la Información, Jefe de la Ofi cina de Cumplimiento de Gobierno y Secretaria IV del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, al tratarse únicamente de la variación en las denominaciones de los citados cargos, y a fi n de coadyuvar con el funcionamiento y operatividad de las unidades de organización, la O fi cina General de Recursos Humanos propone la modi fi cación de la Resolución Ministerial Nº 290-2023-PCM, que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Presidencia del Consejo de Ministros, con el objeto de establecer la adecuación de los referidos cargos a las nuevas denominaciones contempladas en el citado documento de gestión; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 290-2023-PCM, que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Presidencia del Consejo de Ministros, bajo los siguientes términos: “Articulo 3.- Toda referencia en documentos normativos y actos resolutivos a los cargos de las unidades de organización, cuyas denominaciones han sido modi fi cadas por el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se entiende realizada a las nuevas denominaciones aprobadas por el citado CAP Provisional”. Artículo 2.- Incorporar el artículo 4 de la Resolución Ministerial Nº 290-2023-PCM, que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Presidencia del Consejo de Ministros, bajo los siguientes términos: “Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), así como en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), así como en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese y comuníquese y publíquese.LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros 2243813-1 Designan Responsable de la Administración de Usuarios para acceder al Sistema Único de Trámites (SUT) de la entidad RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 012-2023-ANIN-JEFATURA Lima, 12 de diciembre de 2023CONSIDERANDO; Que, de acuerdo al artículo 3 de la Ley N° 31841, que crea la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN), se establece que la ANIN es un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, para la formulación, ejecución y mantenimiento de los proyectos o programas de inversión a su cargo; asimismo, cuenta con autonomía funcional, administrativa, técnica y económica y se constituye como un pliego presupuestal; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1203 se crea el Sistema Único de Trámites – SUT como herramienta informática para la elaboración, simpli fi cación y estandarización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), así como el repositorio o fi cial de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad de las entidades de la administración pública; Que, de acuerdo al artículo 2 del citado Decreto Legislativo, se establece que el SUT es administrado por la Presidencia del Consejo de Ministros a través de la Secretaria de Gestión Pública, como ente rector del Sistema de Modernización de la Gestión Pública; Que, según el artículo 9 de la citada norma, el registro y actualización de la información en el SUT es de obligatorio cumplimiento para cada una de las entidades de la administración pública, siendo responsabilidad de los titulares de las entidades de la administración pública designar al personal responsable de registrar la información en el SUT; Que, mediante Decreto Supremo N° 031-2018-PCM, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1203, que crea el SUT y establece las disposiciones para el desarrollo, registro, integración y optimización del proceso de elaboración, aprobación y publicación de los TUPA a través del SUT; Que, el numeral 8.1 del artículo 8 del citado Reglamento dispone que las entidades de la administración pública, mediante resolución de Secretaría General, Gerencia General o quien haga sus veces, designan al Responsable de la Administración de Usuarios para acceder al SUT; Que, conforme al numeral 8.3 del artículo 8 del referido Reglamento, el Responsable de la Administración de usuarios administra las cuentas de usuarios de acuerdo a los per fi les o roles asignados para el ingreso