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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (13/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de diciembre de 2023 El Peruano / del hueso de fémur de la alpaca o llama, que sirve para estrujar los hilos de la trama y ordenarlos, para que el tejido se vuelva sólido y compacto) y la k’ashkina (vara con terminación en punta aplanada, elaborada con el hueso de fémur de llama o de alpaca, que sirve para escoger los hilos que darán forma a las fi guras); Que, en lo que respecta a los distintos artículos textiles que se confeccionan, se tiene la lliclla o manta andina que usan las mujeres, tejida con fi bra de alpaca o de oveja en telar de pampa awayo, en la que se representan fi guras de la fauna, la fl ora y la cosmovisión andina. Esta manta, de forma cuadrada, está formada por dos secciones cosidas con tanta precisión, que parece una sola pieza. El tamaño de la lliclla varía entre regiones e, igualmente, su confección depende de la función y usos que se le da, como son cargar a los bebés, los productos de la chacra, entre otros; Que, otro artículo que se teje es la ch’uspa, bolso pequeño de uso ritual, en el que tradicionalmente se suelen guardar hojas de coca. En las ceremonias, la ch’uspa es usada por marido y mujer, mientras que las autoridades también utilizan estos bolsos confeccionados en color rojo. Vale resaltar que la ch’uspa de la Comunidad Campesina de Oruro, a diferencia de la ch’uspa de estilo cusqueño, es más pequeña y tiene detalles más vistosos, con diversas ornamentaciones que dan colorido y vistosidad; Que, también se teje con fi bra de ovino el chumpi o faja, que hace las veces de una correa al sostener los pantalones y polleras, así como ayuda a ajustar los trajes. El chumpi de mejor calidad es el que se teje con fi bra de alpaca. En esta prenda prevalece en mayor proporción el rojo, azul, amarillo, verde y otras tonalidades complementarias. Igualmente, presenta iconografía que representa a la fauna, la fl ora y distintos símbolos. El chumpi suele heredarse de generación en generación, por lo que se pueden encontrar piezas muy antiguas; Que, otra prenda tejida es el chullo, gorro andino que presenta diversidad de colores e iconografía. No obstante, en la Comunidad Campesina de Oruro se usan los chullos de color blanco para distinguir a las autoridades, como el teniente gobernador, el alcalde del centro poblado, entre otros. También, se tiene la inkuña, pieza tejida de forma rectangular o cuadrada de uso ceremonial, hecha con fi bra de color natural o con teñido monocromático, que puede o no presentar diseños en sus extremos. Al respecto, sobre la inkuña se colocan hojas de coca y otros elementos relacionados con ofrendas rituales, aunque también se utiliza para guardar objetos como hilos, agujas, entre otros. Cabe resaltar que otro artículo que tejen en la comunidad es la frazada, confeccionada con fi bra de ovino en su mayoría, pues los hilos poseen mayor densidad y grosor. Las frazadas presentan diversidad de iconografía; Que, sobre las fi guras que componen la iconografía textil, se encuentran las asociadas al quehacer agrícola y la naturaleza, como plantas, chacras, animales, estrellas, e, incluso, las fechas de cosecha, el estado de la siembra y un calendario. Igualmente, los textiles presentan animales propios del entorno andino (llamas, patos, caballos, pumas, el ave lequechu, mariposas, entre otros), aunque también se observan otras especies como el pavo real, el elefante y simios. Incluso, se representan animales mitológicos como el dragón, lo que responde a la in fl uencia de la televisión y medios digitales; Que, luego de todo lo expuesto, se evidencia la importancia de la labor textil artesanal en la Comunidad Campesina de Oruro, tarea eminentemente femenina y que constituye una herencia ancestral, producto de la crianza de alpacas, llamas y ovinos, a los que se esquila para obtener su fi bra para los tejidos. A su vez, las prendas son confeccionadas con instrumentos de uso tradicional, con procedimientos y técnicas antiguas de teñido y de tejido que se transmiten de generación en generación a nivel intrafamiliar, lo que ha permitido la salvaguardia de esos conocimientos. La producción textil artesanal sirve para el uso doméstico, ceremonial y ritual en la comunidad, pero también es una fuente de ingresos a través de su venta, al igual que la comercialización de la fi bra de ovino y camélidos que se extrae y procesa;Que, en sus tejidos, las mujeres plasman su entorno, cotidianeidad e imaginario, siendo el textil un vehículo que contiene la cosmovisión de esta zona del país y que demuestra la relación de las personas con su territorio. Igualmente, los textiles se incluyen en prácticas ceremoniales y rituales, permitiendo expresar y a fi rmar la identidad cultural de la población; Que, conjuntamente con las referencias citadas en el Informe N° 000041-2023-DPI-CAG/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, se detallan las características, la importancia, el valor, alcance y signi fi cado de los Conocimientos, usos y técnicas tradicionales de tejido de la Comunidad Campesina de Oruro del distrito Crucero, provincia de Carabaya, departamento de Puno; motivo por el cual dicho informe constituye parte integrante de la presente resolución conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Que, mediante Resolución Ministerial N° 338- 2015-MC, se aprueba la Directiva N° 003-2015-MC, Declaratoria de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial y de la obra de grandes maestros, sabios y creadores como Patrimonio Cultural de la Nación y declaratoria de interés cultural, en la que se establecen los lineamientos y normas para la tramitación del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales declarar dichas manifestaciones; así como su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”; Con los vistos de la Dirección General de Patrimonio Cultural y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva N° 003-2015-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los Conocimientos, usos y técnicas tradicionales de tejido de la Comunidad Campesina de Oruro del distrito Crucero, provincia de Carabaya, departamento de Puno por su original valor estético, utilitario y ceremonial; y por ser fuente de la identidad cultural de sus habitantes. Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Inmaterial, en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Cultura de Puno y la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco años de un informe detallado sobre el estado de la expresión declarada, de modo que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia, y otros aspectos relevantes, a efectos de realizar el seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia, de ser el caso. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) con el Informe N° 000041-2023-DPI-CAG/MC. Artículo 4.- Noti fi car la presente resolución y el Informe 000041-2023-DPI-CAG/MC a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Puno y a la Comunidad Campesina de Oruro para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.HAYDEE VICTORIA ROSAS CHAVEZ Viceministra de Patrimonio Culturale Industrias Culturales 2243657-1