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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (23/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 172

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Sábado 23 de diciembre de 2023 El Peruano / e inclusivo que salvaguarde la integridad y salud de los postulantes y sus familias; Que, la propuesta cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR), de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA), de la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED) y de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicación (OTIC); Que, mediante el Informe N° 02117-2023-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, emitió opinión favorable; por cuanto, se encuentra alineada a los instrumentos de plani fi cación estratégica e institucional del sector Educación y desde el punto de vista presupuestal, su aprobación no irrogará gastos adicionales a los ya programados en el Pliego 010: Ministerio de Educación; Que, a través del Informe N° 01702-2023-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emitió opinión legal favorable respecto de la propuesta normativa, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación; Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 002-2023-MINEDU, se delega a la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2023, entre otras facultades y atribuciones, emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modi fi can o dejan sin efecto los documentos normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia, conforme con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2012-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU y, en virtud de las facultades delegadas mediante la Resolución Ministerial N° 002-2023-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las “Bases para el Proceso Único de Admisión 2024 a los Colegios de Alto Rendimiento”; las mismas que, como anexo, forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA Viceministra de Gestión Pedagógica 2247272-1 Modifican el documento normativo denominado “Disposiciones para el desarrollo de programas de formación profesional en Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica públicos, dirigidos a docentes bilingües contratados sin título en educación inicial intercultural bilingüe y en educación primaria intercultural bilingüe” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 170-2023-MINEDU Lima, 21 de diciembre de 2023VISTOS, el Expediente N° DIFOID2023-INT-0176783, el Informe N° 00736-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID de la Dirección de Formación Inicial Docente, dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, complementado mediante los Informes N° 00859-2023-MINEDU/VMGP- DIGEDD-DIFOID, N° 01048-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD- DIFOID, N° 01215-2023-MINEDU-VMGP-DIGEDD-DIFOID y N° 01286-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID, el Informe N° 01783-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 01607-2023-MINEDU-SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Viceministerial Nº 056-2022-MINEDU, se aprobó el Documento Normativo denominado “Disposiciones para el desarrollo de programas de formación profesional en Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica públicos, dirigidos a docentes bilingües contratados sin título en educación inicial intercultural bilingüe y en educación primaria intercultural bilingüe”; Que, mediante los O fi cios N° 01370-2023-MINEDU/ VMGP-DIGEDD y N° 02100-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 00736-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID, complementado a través de los Informes N° 00859-2023- MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID, N° 01048-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID, N° 01215-2023-MINEDU-VMGP-DIGEDD-DIFOID y N° 01286-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID, emitidos por la Dirección de Formación Inicial Docente, dependiente de dicha dirección general, sustentando la necesidad de modi fi car, incorporar y derogar disposiciones en el precitado documento normativo, a fi n de ampliar la oferta de programas de formación profesional en Institutos de Educación Superior Pedagógica (IESP) y Escuelas de Educación Superior Pedagógica (EESP) públicos, dirigidos a docentes bilingües que actualmente brindan el servicio educativo intercultural bilingüe en instituciones públicas de educación inicial o primaria sin contar con título pedagógico; Que, la propuesta cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED) y la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA); Que, mediante el Informe Nº 01783-2023-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto dependiente de la Secretaría de Plani fi cación estratégica, emite opinión favorable respecto a la aprobación de la referida propuesta normativa; Que, mediante el Informe Nº 01607-2023-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable a la propuesta normativa, sugiriendo proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación; De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2017-MINEDU; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el numeral 5.1; el literal d) del numeral 7.1.1; el literal c) del numeral 7.1.2; el literal a) y el ítem ii) del literal b) del numeral 7.4.1; el numeral 7.4.2; el numeral 7.4.3; los literales a), b), c) y d) del numeral 7.4.4; el literal b) del numeral 7.4.7; el numeral 7.6; el literal b) del numeral 7.8.1 y el numeral 10.3 del documento normativo denominado “Disposiciones para el desarrollo de programas de formación profesional en Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica públicos, dirigidos a docentes bilingües contratados