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25 NORMAS LEGALES Sábado 23 de diciembre de 2023 El Peruano / señala que el IMARPE es un Organismo Público Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, que tiene personería jurídica de Derecho Público Interno; asimismo, constituye pliego presupuestal y sus funciones se orientan a la generación de conocimiento cientí fi co que le permiten al Estado Peruano contar con una asesoría cientí fi ca veraz y oportuna para el aprovechamiento sostenible de los recursos vivos del mar y las aguas continentales; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 031- 2020-PRODUCE se aprueba la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”, la cual regula el procedimiento a seguir en el Ministerio de la Producción, para la autorización de viajes al exterior del territorio nacional de los funcionarios y servidores de los órganos, unidades orgánicas, programas, y de los organismos adscritos, en comisión de servicios, por capacitación o representación del Sector Producción; Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta de interés institucional autorizar el viaje en comisión de servicios de once (11) servidores del IMARPE para que participen en la Trigésima Expedición Cientí fi ca del Perú a la Antártida 2023-2024 (ANTAR XXX); además, la referida autorización de viaje al exterior cumple con las disposiciones establecidas en la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM; Que, los gastos por concepto de pasajes y viáticos que se deriven del embarque del 29 al 31 de diciembre de 2023 y desembarque del 1 al 3 de febrero de 2024, al BAP Carrasco del Puerto de Punta de Arenas, República de Chile serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del IMARPE; Que, los gastos por concepto de alojamiento y alimentación durante la ANTAR XXX a bordo del BAP Carrasco y Base Machu Picchu serán asumidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores y por el Ministerio de Defensa en el marco de las expediciones cientí fi cas del Perú a la Antártida (ANTAR); Con las visaciones del Instituto del Mar del Perú- IMARPE, del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modi fi catorias; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su modi fi catoria; y la Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE, que aprueba la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE- DM denominada “Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de los señores PATRICIA MERCEDES AYON DEJO, ROBERTO CARLOS QUESQUEN LIZA, BETSY DEL CARMEN BUITRON DIAZ, JAVIER ANTONIO SANCHEZ ESPINOZA, WILSON JOAQUIN CARHUAPOMA BERNABE, CARLOS ALEXANDER VALDEZ MEGO, GERMAN PABLO CHACON NIETO, RUSLAN ALFREDO PASTOR CUBA, AMERICO ALEXANDER SANCHEZ FERNANDEZ BACA, ROBERTO ALFONSO URIBE ALZAMORA, y OSCAR EDUARDO ESPINOZA SOLANO, servidores del IMARPE, del 29 de diciembre de 2023 al 3 de febrero de 2024, para que participen en la Trigésima Expedición Cientí fi ca del Perú a la Antártida 2023-2024 (ANTAR XXX), para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje que se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial que se deriven del embarque del 29 al 31 de diciembre de 2023 y desembarque del 1 al 3 de febrero de 2024 al BAP Carrasco del Puerto de Punta de Arenas, República de Chile son cubiertos con cargo a los fondos del Presupuesto Institucional 2023 del Pliego 240: Instituto del Mar del Perú, de acuerdo al siguiente detalle: N° Nombres y ApellidosPasajes aéreos (Incluido TUUA) US$Viáticos por 6 días (US$ 370,00 por día) US$ 1 PATRICIA MERCEDES AYON DEJO 1,997.00 2,220.00 2 ROBERTO CARLOS QUESQUEN LIZA 1,997.00 2,220.00 3 BETSY DEL CARMEN BUITRON DIAZ 1,997.00 2,220.00 4 JAVIER ANTONIO SANCHEZ ESPINOZA 1,997.00 2,220.00 5WILSON JOAQUIN CARHUAPOMA BERNABE1,997.00 2,220.00 6 CARLOS ALEXANDER VALDEZ MEGO 1,997.00 2,220.00 7 GERMAN PABLO CHACON NIETO 1,997.00 2,220.00 8 RUSLAN ALFREDO PASTOR CUBA 1,997.00 2,220.00 9AMERICO ALEXANDER SANCHEZ FERNANDEZ BACA1,997.00 2,220.00 10 ROBERTO ALFONSO URIBE ALZAMORA 1,997.00 2,220.00 11 OSCAR EDUARDO ESPINOZA SOLANO 1,997.00 2,220.00 Artículo 3.- Los gastos por alojamiento y alimentación durante la ANTAR XXX a bordo del BAP Carrasco y Base Machu Picchu serán asumidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores y por el Ministerio de Defensa en el marco de las expediciones cientí fi cas del Perú a la Antártida (ANTAR). Artículo 4.- Dentro de los 15 días calendario siguientes de efectuado el viaje, los servidores autorizados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben presentar un informe detallado de las acciones realizadas conforme a la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARIA CHOQUEHUANCA DE VILLANUEVA Ministra de la Producción 2247062-1 Modifican la R.M. N° 000042-2023- PRODUCE, que establece límites de captura para los recursos Jurel y Caballa para el período 2023 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00435-2023-PRODUCE Lima, 22 de diciembre de 2023VISTOS: Los O fi cios N° 0806-2023-IMARPE/PCD, N° 0851-2023-IMARPE/PCD, N° 1087-2023-IMARPE/PCD y N° 1516-2023-IMARPE/PCD del Instituto del Mar del Perú - IMARPE; el Informe N° 00000614-2023-PRODUCE/DGPARPA de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura con el que hace suyo el Informe N° 00000474-2023-PRODUCE/DPO de su Dirección de Políticas y Ordenamiento; y el Informe N° 00001583-2023-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y,