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75 NORMAS LEGALES Viernes 10 de febrero de 2023 El Peruano / Que, el artículo 4 del citado Decreto Legislativo establece que el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado es el conjunto de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos mediante los cuales el/la Procurador/a General del Estado, los/as procuradores/as públicos/as y demás funcionarios/as o servidores/as ejercen la defensa jurídica del Estado; Que, la Séptima Disposición Complementaria Final de la norma citada señala que la implementación de la Procuraduría General del Estado así como el proceso de transferencia de plazas, personal, recursos presupuestarios, bienes y acervo documentario de las procuradurías públicas a la Procuraduría General del Estado, se encuentra sujeto a su Plan de Implementación, aprobado por Resolución Ministerial del/a Ministro/a de Justicia y Derechos Humanos, con opinión previa del Ministerio de Economía y Finanzas en cuanto se re fi ere a los aspectos presupuestales del referido proceso de transferencia; Que, a través del Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo 1326, con la fi nalidad de optimizar el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado, garantizando el desarrollo efectivo de las actividades desplegadas por los operadores en bene fi cio de los intereses del Estado; y su Décima Tercera Disposición Complementaria Final re fi ere que el Plan de Implementación comprende la incorporación y transferencia de las procuradurías públicas de todos los niveles de gobierno a la Procuraduría General del Estado. Las procuradurías públicas especializadas, que forman parte de la estructura orgánica de la Procuraduría General del Estado, se encuentran en primer orden; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0287- 2022-JUS, se aprueba el Plan de Implementación de la Procuraduría General del Estado, con el objetivo de establecer el proceso de incorporación progresiva de las Procuradurías Públicas a la Procuraduría General del Estado, asegurando la adecuada transferencia de plazas, personal, recursos presupuestarios, bienes y acervo documentario, el mismo que es modi fi cado mediante Resolución Ministerial Nº 0439-2022-JUS, que dispone la ampliación del plazo para culminar la incorporación de la Procuraduría Pública Especializada en Materia Hacendaria, la Procuraduría Pública Especializada en Materia Constitucional y la Procuraduría Pública Especializada Supranacional hasta el 31 de diciembre de 2023, prevista en el numeral VI del Plan de Implementación de la Procuraduría General del Estado; Que, con documento de vistos, la Procuraduría General del Estado, informa que mediante la Décimo Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS, dispuso la creación de la Procuraduría Pública Especializada en Extinción de Dominio, adscrita al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y dispone que entran en función a partir de la designación del procurador/a público/a respectivo y son incorporadas y transferidas a la Procuraduría General del Estado conforme al plan de implementación que dicha entidad apruebe; Que, mediante Resolución Nº D000035-2023-JUS/ PGE-PG, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 8 de enero de 2023, se designa a la abogada Liliana Elizabeth Meza Quito como Procuradora Pública de la Procuraduría Pública Especializada en Proceso de Extinción de Dominio; Que, con el O fi cio Nº D000006-2023-JUS/PGE-SGCD, la Procuraduría General del Estado ha propuesto se incluya en el Plan de Implementación de la Procuraduría General del Estado, aprobado por Resolución Ministerial Nº 00287-2022-JUS y modi fi cado por la Resolución Ministerial Nº 00439-2022-JUS, la incorporación de la Procuraduría Pública Especializada en Extinción de Dominio, debido a que se procedió con la designación de la Procuradora Pública, como resultado del “Segundo proceso de selección para la designación de Procuradores/as Públicos/as y Procuradores/as Públicos/as Adjuntos/as”, pedido que ha sido validado por el Consejo Directivo del citado organismo público mediante Acta Nº 2-2023-PGE; Que, la O fi cina de Organización y Modernización de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización con el Informe Nº 007-2023-JUS/OGPM-OOM ha emitido opinión técnica favorable respecto a la propuesta de la Procuraduría General del Estado; Con el visado de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1326 que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado; en el Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1326; en la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y en el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Disponer la incorporación de la Procuraduría Pública Especializada en Extinción de Dominio durante el año 2023, en el numeral VI del Plan de Implementación de la Procuraduría General del Estado, aprobado por Resolución Ministerial Nº 00287-2022-JUS y modi fi cado por la Resolución Ministerial Nº 00439-2022- JUS. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), y en la sede digital de la Procuraduría General del Estado (www.gob.pe/procuraduria), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANDRÉS TELLO ALFARO Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2150328-1 SALUD Disponen la publicación del proyecto de Reglamento de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y del proyecto de su exposición de motivos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 135-2023/MINSA Lima, 8 de febrero del 2023Visto, el Expediente Nº DGAIN020220000120, que contiene el Informe Nº 320-2020-DIPOS-DGAIN/MINSA, el Informe Nº 189-2021-DIPOS-DGAIN/MINSA, el Informe Nº 056-2022-DIPOS-DGAIN/MINSA, el Memorando Nº 096-2022-DGAIN/MINSA, el Memorándum Nº D000391-2022-DGAIN-MINSA y el Memorándum Nº D000092-2023-DGAIN-MINSA de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional; así como, el Informe Nº D000117-2023-OGAJ-MINSA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, los numerales 1 y 8 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización