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65 NORMAS LEGALES Viernes 10 de febrero de 2023 El Peruano / a favor de la referida institución de compensación y liquidación en virtud de lo dispuesto en el Artículo 224 de la presente ley. (Texto según la Décima Disposición Transitoria del Decreto Legislativo N° 861). Decimoprimera.- Hasta que se alcance el porcentaje de participación máximo señalado en el inciso c) de la Disposición Transitoria anterior, las instituciones de compensación y liquidación a que se re fi ere dicha disposición deberán incorporar en su directorio a un (1) miembro de cada una de las entidades gremiales representativas de: a) Sociedades agentes; b) Bancos y fi nancieras; c) Compañías de seguros; y,d) Administradoras privadas de fondos de pensiones. (Texto según la Decimoprimera Disposición Transitoria del Decreto Legislativo N° 861). 2150625-1 Resolución Ministerial que modifica los Índices de Distribución del Canon Pesquero provenientes del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2021, por la creación de nuevo distrito RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 057-2023-EF/50 Lima, 9 de febrero del 2023CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 296-2022- EF/50 se aprueban y publican los Índices de Distribución del Canon Pesquero provenientes del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2021, a ser aplicados a los gobiernos regionales y los gobiernos locales bene fi ciados, conforme al Anexo de la referida Resolución Ministerial; Que, de conformidad con el artículo 2 de la Ley N° 31644 se crea el distrito de Alto Trujillo, con su capital el núcleo urbano de Alto Trujillo, en la provincia de Trujillo, del departamento de La Libertad; Que, mediante el artículo 1 de la Ley N° 27555, Ley que autoriza la reasignación y aplicación de recursos en los nuevos distritos creados, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a reasignar, entre otros, los recursos del Fondo de Compensación Municipal - FONCOMUN y otros que les correspondan, a los nuevos distritos creados o por crearse a nivel nacional, estableciendo que dicha reasignación implica la modi fi cación de los índices de distribución y transferencia de los montos que correspondan a cada circunscripción resultante; Que, los artículos 6 y 9 del Reglamento de la Ley N° 27555 que autoriza la reasignación y aplicación de recursos en los nuevos distritos creados o por crearse, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2002-EF, establecen que el recálculo de los índices de distribución para la nueva asignación se efectuará respecto de todas las jurisdicciones afectadas por la creación del nuevo distrito y que la suma de los índices de las nuevas demarcaciones debe coincidir con la suma de los índices antes de la creación del nuevo distrito; asimismo, el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y otras entidades que correspondan proporcionarán al Ministerio de Economía y Finanzas la información o fi cial necesaria, a fi n de elaborar los índices de distribución; Que, el artículo 10 del citado Reglamento dispone que los índices de distribución recalculados para los nuevos distritos y para los distritos de origen serán aprobados mediante Resolución Ministerial expedida por el Ministerio de Economía y Finanzas; Que, asimismo, el numeral 52.1 del artículo 52 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que los índices de distribución del canon pesquero son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Resolución Ministerial, sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Presupuesto Público, considerando los criterios establecidos en el marco legal correspondiente; Que, en base a la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), mediante el O fi cio N° 000016-2023-INEI/JEF, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas ha realizado los cálculos correspondientes para la modi fi cación de los Índices de Distribución del Canon Pesquero provenientes del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2021, aprobados mediante Resolución Ministerial N° 296-2022-EF/50, por la creación del nuevo distrito de Alto Trujillo de la provincia de Trujillo, del departamento de La Libertad; Que, en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario modi fi car los Índices de Distribución del Canon Pesquero provenientes del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2021, incorporando en dicha distribución al distrito de Alto Trujillo, en la provincia de Trujillo, del departamento de La Libertad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27555, Ley que autoriza la reasignación y aplicación de recursos en los nuevos distritos creados o por crearse, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2002-EF; la Ley N° 31644, Ley de creación del distrito de Alto Trujillo en la provincia de Trujillo del departamento de La Libertad; y, en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto Modi fi car los Índices de Distribución del Canon Pesquero provenientes del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2021, aprobados mediante Resolución Ministerial N° 296-2022-EF/50, a fi n de incorporar en la distribución al distrito de Alto Trujillo, de la provincia de Trujillo, del departamento de La Libertad, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicación La presente Resolución Ministerial y su Anexo se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2150555-1 Designan Directora de la Dirección de Calidad del Gasto Público de la Dirección General de Presupuesto Público RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 059-2023-EF/43 Lima, 9 de febrero del 2023CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al puesto de Director(a) de la Dirección de Calidad del Gasto Público de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido puesto; y,