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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (17/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Viernes 17 de febrero de 2023 El Peruano / Que, en cada distrito, la fi esta es llevada a cabo bajo un sistema de cargos, comandado por dos cargos principales, encomendados a una pareja de adultos, varón y mujer, llamados mayordomos, y por una pareja de guiadores del cuerpo de baile, llamados cabecillas en el distrito de Tápuc, piano y cabecilla en el distrito de Vilcabamba, y cabezas o cabecillas, en los distritos de Chacayán y Goyllarisquizga; Que, la festividad precede en una semana al carnaval la fi esta de los Compadres, celebrándose los días miércoles, jueves y viernes, anteriores a la víspera del carnaval, fi nalizando el día sábado y en algunos casos con una despedida fi nal el domingo de la misma semana. El jueves es el día central de la fi esta en todos los distritos, la comitiva formada por mayordomos y conjuntos de baile, con su vestimenta completa, además de la banda de músicos, asisten a la Iglesia local a sacar las cruces y trasladarlas a sus capillas respectivas. La danza de los compadres se presenta en su completa expresión, primero como baile de parejas en cortejo y, posteriormente pasan a un contrapunteo en agilidad y elegancia, constituye una forma de exhibición de la habilidad de baile ante la pareja; Que, la expresión más importante y notoria de esta fi esta es la llamada danza de los compadres, interpretada por un número variable de parejas comprometidas para esta danza, compuesta por jóvenes solteros, siendo este un vehículo tradicional para la conformación de parejas que suelen terminar en uniones matrimoniales, tras cumplir con los acuerdos formales exigidos por las familias involucradas, razón por la que esta fi esta también sea denominada “ fi esta de solteros y solteras”. Los danzantes se disponen en hileras de mujeres y de varones, encabezados cada uno por el cargo respectivo, llámense cabecilla, piano o mayor mayoraza, identi fi cados por un bando bordado que indica su cargo. La vestimenta de los varones consiste en una camisa, un pantalón, sostenido por una faja, un pañuelo al cuello y sendos pañuelos en ambas manos, un sombrero de paño adornado con hilos de colores. En algunos distritos llevan un chaleco sin mangas sobre la camisa, y una chalina o bufanda. Las mujeres, también llamadas mayorazas, llevan una monilla o blusa blanca o de tonos claros, falda de color oscuro sobre una serie de fustanes de colores, una cata o manta bordada que cubre la espalda, y un sombrero igualmente de paño. Las jóvenes llevan una mantilla y cargan con un arco o maceta de fl ores, cuando van en romería a la cruz de sus respectivos barrios; Que, la fi esta en honor al Tayta Compadres es una de las muchas muestras del modo en que las festividades carnavalescas fueron adaptadas a las tradiciones locales andinas. El componente cristiano de la costumbre, dominada por la presencia de las cruces de capilla, que son arregladas y homenajeadas, el pasacalle entre estas y la iglesia del centro poblado, está marcado por algunas constantes de los rituales andinos, como la chakchapada y la mesa ritual que se hacen en homenaje a las cruces y, que se realizan también hacia los hircas o cerros patronos. Otro rasgo propiamente andino es la división dual y cuatripartita en la organización de la fi esta, heredera de la organización andina originaria que perduró tras el virreinato. Esta fi esta corresponde al ciclo festivo andino, con dos fechas que preceden al carnaval, en diversas regiones andinas, conocidas como Fiestas de Compadres y Fiesta de Comadres, y en otros casos como “carnaval chico”. En las fi estas de este período de mayor intensidad de lluvias y por tanto de celebración de la fertilidad y abundancia de la tierra, la fi esta en honor al Tayta Compadres ha sido tradicionalmente un vehículo para la formación de parejas, bajo el amparo de las cruces que representan a los barrios, y de los cerros en las que están emplazadas las capillas de aquellas cruces; Que, conjuntamente con las referencias citadas en los Informes N ° 000067-2023-DPI/MC y N° 000003-2023-DPI-PRM/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial se detallan las características, la importancia, el valor, el alcance y signi fi cado de la Festividad en honor al Tayta Compadres - Fiesta de solteros y solteras de los distritos de Tápuc, Chacayán, Goyllarisquizga y Vilcabamba de la provincia Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco; motivo por el cual dichos informes constituyen partes integrantes de la presente resolución, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 338-2015- MC, se aprobó la Directiva N° 003-2015-MC, “Directiva para la Declaratoria de las Manifestaciones de Patrimonio Cultural Inmaterial y de la Obra de Grandes Maestros, Sabios y Creadores como Patrimonio Cultural de la Nación y Declaratoria de Interés Cultural”, en la que se establecen los lineamientos y normas para la tramitación del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales declarar las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; así como su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”; Con las visaciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Pasco y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 005- 2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva N° 003-2015-MC, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- DECLARAR como Patrimonio Cultural de la Nación a la Festividad en honor al Tayta Compadres - Fiesta de solteros y solteras de los distritos de Tápuc, Chacayán, Goyllarisquizga y Vilcabamba de la provincia Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco, como expresión particular y original de esta microrregión de la quebrada del Chaupihuaranga, en la que se juntan motivos del culto religioso cristiano y andino, como vehículo para la reproducción y el fortalecimiento de los vínculos sociales sobre la organización dual de los barrios. Artículo 2.- ENCARGAR a la Dirección de Patrimonio Inmaterial, en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Cultura de Pasco y la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco años de un informe detallado sobre el estado de la expresión declarada, de modo que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia, y otros aspectos relevantes, a efectos de realizar el seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia, de ser el caso. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano así como su difusión en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) conjuntamente con los Informes N ° 000067-2023-DPI/MC y N° 000003-2023-DPI-PRM/MC. Artículo 4.- NOTIFICAR la presente resolución y los Informes N ° 000067-2023-DPI/MC y N° 000003-2023-DPI-PRM/MC a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Pasco y a la Municipalidad Distrital de Tápuc, para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JANIE MARILE GOMEZ GUERRERO Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 2151883-1