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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (17/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Viernes 17 de febrero de 2023 El Peruano / Supremo N° 065-2011-PCM; la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales; el Manual de Operaciones del PRONIED aprobado por Resolución Ministerial N° 034-2016-MINEDU modi fi cado por Resolución Ministerial N° 341-2017-MINEDU, el Reglamento Interno de los(as) Servidores(as) Civiles del PRONIED aprobado por Resolución Directoral Ejecutiva N° 000273-2022-MINEDU-VMGI-PRONIED-DE y la Directiva “Elaboración, aprobación y tramitación de actos resolutivos y documentos normativos del Ministerio de Educación” aprobada con Resolución de Secretaría General N° 101-2022-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Joseph Edgard Silva Plasencia en el puesto de Director de Sistema Administrativo II de la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración del Programa Nacional de Infraestructura Educativa. Artículo 2.- Designar a la señora Elizabeth Leónidas Salvador Rosales en el puesto de Directora de Sistema Administrativo II de la Unidad de Recursos Humanos de la Ofi cina General de Administración del Programa Nacional de Infraestructura Educativa. Artículo 3.- Encargar a la Unidad de Recursos Humanos realizar las acciones de personal correspondientes. Artículo 4.- Encargar a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución en el portal institucional del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED (www.pronied.gob.pe) y disponer su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.TIBERIO CAYO ROBLES YANOC Director Ejecutivo 2152516-2 ENERGIA Y MINAS Encargan a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - Proinversión los procesos de promoción de la inversión privada de diversos Proyectos Vinculantes del Plan de Transmisión 2023-2032 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 055-2023-MINEM/DM Lima, 16 de febrero de 2023VISTOS: El Informe Nº 027-2023-MINEM/DGE de la Dirección General de Electricidad (en adelante, DGE); el Memorando Nº 00094-2023/MINEM-VME del Viceministerio de Electricidad; el Informe Nº 0167-2023-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica (en adelante, OGAJ); y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y el artículo 2 de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo E fi ciente de la Generación Eléctrica (en adelante, Ley Nº 28832), el Servicio Público de Electricidad es de utilidad pública, por lo que es de interés público y responsabilidad del Estado asegurar el abastecimiento oportuno y e fi ciente del suministro eléctrico para el Servicio Público de Electricidad; Que, el numeral 21.2 del artículo 21 de la Ley Nº 28832, establece que el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM) aprueba el Plan de Transmisión, con la opinión previa del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería; asimismo, establece que el Plan de Transmisión tiene carácter vinculante para las decisiones de inversión que se adopten durante su vigencia; Que, el numeral 22.1 del artículo 22 de la Ley Nº 28832, establece que el Sistema Garantizado de Transmisión está conformado por las instalaciones del Plan de Transmisión cuya concesión y construcción sean resultado de un proceso de licitación pública; Que, el literal b) del numeral 22.2 del artículo 22 de la referida Ley establece que “(…) El Ministerio podrá conducir directamente o encargar a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (Proinversión) los procesos de licitación necesarios para implementar el Plan de Transmisión. Si son encargados, estos procesos de licitación se realizarán al amparo de las normas y procedimientos con que cuenta Proinversión para estos efectos (…)”; Que, por su parte, el numeral 8.5 del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1362 prevé la posibilidad de que la entidad pública titular del proyecto, pueda encargar a Proinversión los procesos de promoción de la inversión privada de los proyectos que tiene asignados, con la fi nalidad que asuma el rol de Organismo Promotor de la Inversión Privada - OPIP, acorde a lo establecido en el numeral 15.1 del artículo 15 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362, aprobado por el Decreto Supremo Nº 240-2018-EF; Que, en cumplimiento de las normas aplicables para la elaboración y aprobación del Plan de Transmisión, el MINEM mediante Resolución Ministerial Nº 459-2022-MINEM/DM publicada el 31 de diciembre de 2022, aprobó el Plan de Transmisión 2023-2032, vigente a partir del 01 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024, el cual incluye veinte (20) Proyectos Vinculantes; Que, los componentes 1.2 y 1.3 del Proyecto Vinculante Nº 1, y los Proyectos Vinculantes Nº 9 y Nº 15 son cali fi cados como Refuerzos, en virtud de la Resolución Ministerial Nº 459-2022-MINEM/DM, justi fi cado por lo establecido en el numeral 26 del artículo 1 de la Ley Nº 28832 y el artículo 5 del Reglamento de Transmisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-EM y modi fi catorias; proyectos que se encuentran actualmente inmersos en el procedimiento especí fi co regulado en el artículo 7 del Reglamento de Transmisión; Que, considerando la necesidad de contar con los proyectos del Plan de Transmisión 2023-2032, dentro de los plazos estimados en la Resolución Ministerial Nº 459-2022-MINEM/DM, y considerando la especialización de Proinversión en la conducción de los procesos de promoción de inversión privada de proyectos de transmisión eléctrica; mediante los Informe de Vistos, la DGE y la OGAJ recomiendan encargar a Proinversión la conducción de los procesos de promoción de la inversión privada del componente 1.1 del Proyecto Vinculante Nº1 y los Proyectos Vinculantes Nº 2, Nº 3, Nº 4, Nº 5, Nº 6, Nº 7, Nº 8, Nº 10, Nº 11, Nº 12, Nº 13, Nº 14, Nº 16, Nº 17, Nº 18, Nº 19 y Nº 20 incluidos en el Plan de Transmisión 2023-2032, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 459-2022-MINEM/DM; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo E fi ciente de la Generación Eléctrica; el Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos; el Decreto Supremo Nº 240-2018-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362; y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Encargar a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - Proinversión los procesos de promoción de la inversión privada de los siguientes Proyectos Vinculantes del Plan de Transmisión 2023-2032, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 459-2022-MINEM/DM: