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3 NORMAS LEGALES Lunes 20 de febrero de 2023 El Peruano / De conformidad, con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 91-2021-SERVIR-PE que aprueba el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) del Programa Nacional Cuna Más y la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 386-2020-MIDIS/PNCM que aprueba el Manual de Per fi les de Puestos del Programa Nacional Cuna Más; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación temporal de la señora ROSSANA ELVIA CERRÓN MEZA, Jefa de la Unidad de Asesoría Jurídica, en el cargo de Ejecutiva de Administración de la Unidad de Administración del Programa Nacional Cuna Más, siendo su último día de funciones el 19 de febrero de 2023, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora MIURKA ALEJANDRA OSORIO ORELLANA, en el cargo de Ejecutiva de Administración de la Unidad de Administración del Programa Nacional Cuna Más a partir del 20 de febrero de 2023. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Programa Nacional Cuna Más (www.cunamas.gob.pe). Regístrese, notifíquese y publíquese.CARMEN LOURDES SEVILLA CARNERO Directora EjecutivaPrograma Nacional Cuna Más 2153094-1 ECONOMIA Y FINANZAS Designan Asesora de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 071-2023-EF/43 Lima, 17 de febrero del 2023 CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al puesto de Asesor (a) de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido puesto; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora Anggella Maria Bocanegra Calderón, en el puesto de Asesora de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2153093-1ENERGIA Y MINAS Establecen con carácter temporal la servidumbre de ocupación para desarrollar estudios de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica para la futura Central Eólica “Parque Eólico Pampas”, a favor de concesión de la que es titular la empresa Fenix Power Perú S.A., ubicada en el departamento de Ica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 049-2023-MINEM/DM Lima, 10 de febrero de 2023VISTOS: El Expediente Nº 11254722 sobre solicitud de establecimiento de servidumbre temporal de ocupación para desarrollar estudios de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica para la futura Central Eólica “Parque Eólico Pampas”, presentada por la empresa Fénix Power Perú S.A.; los Informes Nº 857-2022-MINEM/DGE-DCE, Nº 925-2022-MINEM/DGE-DCE de la Dirección General de Electricidad; el Informe Nº 0118-2023-MINEM/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 273-2022-MINEM/DM publicada en el diario o fi cial El Peruano con fecha 04 de agosto de 2022, se otorga a favor de la empresa Fenix Power Perú S.A. la concesión temporal para desarrollar los estudios de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica para la futura Central Eólica “Parque Eólico Pampas”, ubicada en el distrito de Santiago, provincia y departamento de Ica; Que, mediante documento con registro Nº 3370069 de fecha 03 de octubre de 2022, la empresa Fenix Power Perú S.A. solicita el establecimiento de servidumbre temporal de ocupación para desarrollar los estudios de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica para la futura Central Eólica “Parque Eólico Pampas”, por el plazo que dure la concesión temporal otorgada mediante la Resolución señalada en el considerando precedente, según las coordenadas UTM (WGS 84) que fi guran en el Expediente; Que, de conformidad con la documentación que obra en el Expediente, los terrenos destinados para la realización de los estudios de factibilidad para la futura Central Eólica “Parque Eólico Pampas” son de propiedad del Estado; Que, de acuerdo con el literal a) del artículo 109 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, los concesionarios están facultados a utilizar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones; por lo cual, en el presente caso no corresponde el pago de compensación por derecho de servidumbre; Que, la solicitud de establecimiento de servidumbre temporal de ocupación para desarrollar los estudios de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica para la futura Central Eólica “Parque Eólico Pampas”, presentada por la empresa Fenix Power Perú, se encuentra amparada por el articulo 110 y siguientes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, el artículo 218 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, dispone que “Cuando los concesionarios, haciendo uso del derecho que les con fi ere el Artículo 109 de la Ley, afecten propiedades del Estado