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48 NORMAS LEGALES Sábado 25 de febrero de 2023 El Peruano / correspondiente Periodo de Aplicación, ello según la metodología descrita en el Anexo N° 01 de la Norma de Condiciones Tarifarias. Al respecto, mediante la Carta N° 2023-103705, recibida el 10 de febrero de 2022 según expediente N° 202300033661, Cálidda remitió a Osinergmin, su propuesta de los valores del PMG y CMT correspondientes al periodo de marzo 2023 a mayo 2023; Que, de acuerdo con los literales i) y k) del artículo 12 de la Norma de Condiciones Tarifarias, con base en los costos a ser reconocidos por el suministro de gas natural (CRG) y por el transporte de gas natural (CRT), los cuales son determinados con la Demanda Anual Proyectada aprobada, Osinergmin determina y aprueba el PMG y/o CMT para el Periodo de Aplicación de cada Concesión, con la información de los costos e fi cientes a ser reconocidos en el Periodo de Evaluación; Que, considerando que mediante Resolución N° 206- 2022-OS/CD se aprobó el PMG y el CMT para el periodo de diciembre 2022 a febrero 2023 de la Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao, en esta oportunidad corresponde determinar el PMG y el CMT para el Periodo de Aplicación comprendido de marzo 2023 a mayo 2023; Que, se ha emitido el Informe Técnico N° 114-2023- GRT y el Informe Legal N° 115-2023-GRT, los cuales complementan la motivación de la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General del Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2008-EM; así como sus normas modi fi catorias, complementarias y conexas; y en la Norma “Condiciones Generales del Servicio de Distribución de Gas Natural y de la Aplicación de las Tarifas al Usuario Final”, aprobada por Resolución N° 054-2016-OS/CD, así como sus modi fi catorias, y; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 06-2023. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Precio Medio del Gas (PMG) y el Costo Medio de Transporte (CMT) para el periodo de marzo 2023 a mayo 2023 de la Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao, conforme al siguiente detalle: Cuadro N° 1 PMG (USD/m3) Generador Eléctrico1Residencial con DescuentoOtros2 0,07041164 0,04589187 0,12961018 Notas: 1 Corresponde a los Generadores Eléctricos cuyo suministro de gas es proveído por el Concesionario. 2 Incluye las Categorías A1, A2, B, C, D, E, GNV e IP de la Concesión de Lima y Callao. Cuadro N° 2 CMT (USD/m3) Transporte FISE 0,05487309 0,00214198 Artículo 2.- Disponer que el Precio Medio del Gas (PMG) y el Costo Medio de Transporte (CMT) para el periodo marzo 2023 - mayo 2023, detallados en el artículo precedente, sean aplicados por la empresa concesionaria de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao, a partir del 1 de marzo de 2023 hasta el 31 de mayo de 2023.Artículo 3.- Incorporar el Informe Técnico N° 114- 2023-GRT y el Informe Legal N° 115-2023-GRT, como parte integrante de la presente resolución. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, y consignarla, junto con el Informe Técnico N° 114-2023-GRT y el Informe Legal N° 115-2023-GRT en el portal institucional de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/ResolucionesGRT-2023.aspx OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ Presidente del Consejo Directivo 2154944-1 Aprueban el Precio Medio del Gas y el Costo Medio de Transporte para el Periodo de Aplicación de marzo 2023 a mayo 2023 de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 030-2023-OS/CD Lima, 24 de febrero de 2023 VISTOS: Los Informes N° 116-2023-GRT y N° 117-2023- GRT, elaborados por la División de Gas Natural y la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 046-2008- EM, se otorga la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica, y se aprueba el Contrato de Concesión, siendo el actual operador la empresa Contugas S.A.C. (en adelante “Contugas”); Que, mediante Decreto Supremo N° 040-2008-EM, se aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos (en adelante “Reglamento de Distribución”), en cuyo artículo 106 se señala que son cargos de facturación el Costo del Gas Natural y el Costo Medio de Transporte; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2021- EM, se modi fi có el artículo 107 del Reglamento de Distribución, estableciéndose que los consumidores regulados e independientes que contraten servicios de transporte y/o suministro de gas natural al Concesionario pagan el costo del transporte y/o el costo del suministro de gas natural con criterios de e fi ciencia; así como que los volúmenes de suministro y la capacidad de transporte contratados por el Concesionario son e fi cientes siempre que garanticen la seguridad y disponibilidad de atención hasta la Demanda Anual Proyectada de los consumidores, cuyo suministro de gas natural y servicio de transporte sea proveído directamente por el Concesionario; Que, con Resolución N° 054-2016-OS/CD y modi fi catorias, se aprobó la Norma “Condiciones Generales del Servicio de Distribución de Gas Natural y de la Aplicación de las Tarifas al Usuario Final” (en adelante “Norma de Condiciones Tarifarias”), la cual contiene las condiciones generales de aplicación para las tarifas del servicio de gas natural al consumidor fi nal, en el marco de las disposiciones del Reglamento de Distribución; Que, con Resolución N° 047-2022-OS/CD se fi jaron las Tarifas de Distribución de gas natural por red de ductos de la Concesión de Ica para el periodo 2022-2026, aprobándose entre otros conceptos señalados en el Reglamento de Distribución, la Demanda Anual