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49 NORMAS LEGALES Sábado 25 de febrero de 2023 El Peruano / Proyectada aplicable a la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica para el señalado periodo; Que, en conformidad con el literal j) del artículo 12 de la Norma de Condiciones Tarifarias, el Concesionario propone a Osinergmin el PMG y el CMT para el correspondiente Periodo de Aplicación; ello según la metodología descrita en el Anexo N° 01 de la Norma de Condiciones Tarifarias. Al respecto, mediante la Carta N° GTR-0011-2023, recibida el 6 de febrero de 2023 según Registro GRT N° 001516-2023, Contugas remitió a Osinergmin, su propuesta de los valores del PMG y CMT correspondientes al periodo de marzo 2023 a mayo 2023; Que, de acuerdo con los literales i) y k) del artículo 12 de la Norma de Condiciones Tarifarias, con base en los costos a ser reconocidos por el suministro de gas natural (CRG) y por el transporte de gas natural (CRT), los cuales son determinados con la Demanda Anual Proyectada aprobada, Osinergmin determina y aprueba el PMG y/o CMT para el Periodo de Aplicación de cada Concesión, con la información de los costos e fi cientes a ser reconocidos en el Periodo de Evaluación; Que, considerando que mediante Resolución N° 207-2022-OS/CD se aprobó el PMG y el CMT para el periodo de diciembre 2022 a febrero 2023 de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica, en esta oportunidad corresponde determinar el PMG y el CMT para el Periodo de Aplicación comprendido de marzo 2023 a mayo 2023; Que, se ha emitido el Informe Técnico N° 116-2023- GRT y el Informe Legal N° 117-2023-GRT, los cuales complementan la motivación de la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General del Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2008-EM; así como sus normas modi fi catorias, complementarias y conexas; y en la Norma “Condiciones Generales del Servicio de Distribución de Gas Natural y de la Aplicación de las Tarifas al Usuario Final”, aprobada por Resolución N° 054-2016-OS/CD, así como sus modi fi catorias, y; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 06-2023. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Precio Medio del Gas (PMG) y el Costo Medio de Transporte (CMT) para el periodo de marzo 2023 a mayo 2023 de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica, conforme al siguiente detalle: Cuadro N° 1 PMG (USD/M3) Consumidores Residenciales y Eléctricos MenoresConsumidores IndependientesConsumidores Eléctricos y Otros Consumidores 0,05465276 0,12296805 0,06831961 Cuadro N° 2 CMT (USD/M3) Transporte FISE 0,04929684 0,00184043 Artículo 2.- Disponer que el Precio Medio del Gas (PMG) y el Costo Medio de Transporte (CMT) para el periodo de marzo 2023 a mayo 2023 detallados en el artículo precedente, sean aplicados por la empresa concesionaria del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica, a partir del 1 de marzo de 2023 hasta el 31 de mayo de 2023. Artículo 3.- Incorporar el Informe Técnico N° 116- 2023-GRT y el Informe Legal N° 117-2023-GRT, como parte integrante de la presente resolución. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, y consignarla, junto con el Informe Técnico N° 116-2023-GRT y el Informe Legal N° 117-2023-GRT en el portal institucional de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/ResolucionesGRT-2023.aspx OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ Presidente del Consejo Directivo 2154949-1 Aprueban el Plan Anual 2023 para la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 031-2023-OS/CD Lima, 24 de febrero de 2023 VISTOS: Los Informes N° 112-2023-GRT y N° 113-2023- GRT, elaborados por la División de Gas Natural y la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin. CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de octubre de 2008, se publicó la Resolución Suprema N° 046-2008-EM mediante la cual se otorgó la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica, y se aprobó su respectivo Contrato de Concesión. Dicho sistema es operado actualmente por la empresa Contugas S.A.C. (en adelante “Contugas”); Que, mediante Decreto Supremo N° 040-2008-EM se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos (en adelante “Reglamento de Distribución”), en cuyo artículo 63c se señala que los Planes Anuales a través de los cuales se ejecuta y actualiza el Plan Quinquenal de Inversiones (en adelante “PQI”) correspondiente a una concesión, son de ejecución obligatoria y deben ser aprobados por Osinergmin. Para dicho fi n, el Concesionario debe remitir su propuesta de plan anual con el sustento correspondiente, dentro de la primera quincena de diciembre del año previo a su ejecución; Que, de acuerdo con el literal d) del artículo 63c, los Planes Anuales deben detallar y/o actualizar la programación de la ejecución de las obras aprobadas en el PQI mediante adelantos o postergaciones dentro del periodo regulatorio. Para ello, el Concesionario debe remitir al Ministerio de Energía y Minas, con copia a Osinergmin, su propuesta de Plan Anual con el sustento correspondiente, dentro de la primera quincena de diciembre del año previo a su ejecución; Que, en cuanto a la aprobación de los Planes Anuales, en el literal d) del artículo 63c se señala que Osinergmin cuenta con un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles contados desde la presentación de la propuesta del Concesionario para su evaluación y aprobación respectiva. La aprobación se efectúa considerando años calendarios, detallando las zonas y el cronograma donde se ejecutarán las obras en periodos trimestrales, debiendo indicar, además, los proyectos no aprobados en caso correspondan;