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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2023 (13/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Jueves 13 de julio de 2023 El Peruano / especial por su valor histórico, artístico, cientí fi co o literario; documentos manuscritos, fonográ fi cos, cinematográ fi cos, videográ fi cos, digitales, planotecas, hemerotecas y otros que sirvan de fuente de información para la investigación en los aspectos cientí fi co, histórico, social, político, artístico, etnológico y económico, entre otros; Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, es competencia exclusiva del Ministerio de Cultura, respecto de otros niveles de gobierno, realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el literal a) del artículo 14 de la citada norma, concordante con el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, señala que corresponde al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Archivo General de la Nación constituye un organismo público adscrito al Ministerio de Cultura en virtud de lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria y el artículo 101 del ROF del Ministerio de Cultura; Que, por otro lado, de conformidad con lo establecido en el literal d) del artículo 2 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 120, Ley Orgánica del Archivo General de la Nación, aprobado por Decreto Supremo N° 013-90-JUS, son funciones del Archivo General de la Nación cali fi car, acopiar, conservar, organizar, describir y servir la documentación histórica con valor permanente y trascendente para la Nación y la documentación proveniente de la administración pública central, con sujeción a la legislación sobre la materia; Que, asimismo, el literal b) del artículo 25 de la norma citada señala que la Dirección de Archivo Histórico es el órgano de línea responsable de identi fi car, inscribir y registrar los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación en el ámbito de su competencia; Que, con el O fi cio N° 000408-2023-AGN/JEF la Jefatura del Archivo General de la Nación remite al despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la propuesta de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación de la “Serie Archivo de la sección Administración del fondo Cabildo de Lima, correspondientes al periodo de (1546–1823)”, documentos que se custodian en el Archivo General de la Nación; Que, la Dirección de Archivo Histórico a través del Memorando N° 000475-2023-AGN/DAH remite el Informe N° 000133-2023-AGN/DAH-ARDPDA del Área de Registro y Defensa del Patrimonio Documental Archivístico del Archivo General de la Nación con el cual se acompaña el Informe N° 000042-2023-AGN/DAH-ARDPDA-BRC que contiene el sustento técnico para la declaración como Patrimonio Cultural de la Nación de la “Serie Archivo de la sección Administración del fondo Cabildo de Lima, correspondientes al periodo de (1546–1823)”, los cuales presentan una serie de valores históricos, político-jurídico y económico-social relacionados a la identi fi cación de su autenticidad, antigüedad y contenido, representa la forma en que la institución del Cabildo de Lima, en el periodo de los siglos XVI al XIX, maneja un fondo de documentos al cual acude para resolver diversas solicitudes y cuestiones administrativas importantes para su funcionamiento, almacenando asimismo o fi cios y cartas de otras autoridades; Que, el valor histórico de estas escrituras permite dar a conocer diversos aspectos del periodo del Virreinato del Perú, mostrando como valor de fuente histórica la forma en que la institución edil limeña se preocupa por la seguridad en la nueva subdivisión de barrios y cuarteles, y en el abastecimiento de sus recursos y rentas; Que, el valor cientí fi co de estos expedientes, presentan un notable potencial como fuente primaria para la investigación histórica, en especial como complemento de las fuentes más conocidas sobre el Cabildo de Lima que se conservan en los libros de actas capitulares que se hallan en el Archivo Municipal;El valor político jurídico de estos documentos muestra la organización y funcionamiento de los cargos ediles, y también el desarrollo de diversas coyunturas y su impacto en el ordenamiento urbano y del Cabildo, como la visita de Jorge Escobedo y Alarcón y las constituciones de Cádiz de 1812; El valor económico-social en estos expedientes muestran a la sociedad limeña como una en la que diversos sectores sociales estrati fi cados buscan sus subsistencia e intereses, acudiendo al archivo municipal por testimonios de antiguas escrituras o expedientes para diversos fi nes, la nobleza buscando cimentar sus privilegios con sus ancestros y legitimidad, los gremios con sus ordenanzas, e inclusive los esclavos libertos con testimonios de su libertad; Que, en ese sentido, habiéndose pronunciado favorablemente los órganos técnicos competentes, resulta procedente la citada declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación; advirtiéndose que los informes técnicos citados precedentemente, constituyen partes integrantes de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Con los visados del Archivo General de la Nación y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 013-90-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 120, Ley Orgánica del Archivo General de la Nación; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura y el Decreto Supremo N° 005-2018-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación; SE RESUELVEArtículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación de la “Serie Archivo de la Sección Administración del Fondo Cabildo de Lima, correspondientes al periodo de (1546–1823)”, documentos que se custodian en el Archivo General de la Nación, conforme se aprecia en el anexo que es parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Noti fi car la presente resolución al Archivo General de la Nación, para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. HAYDEE VICTORIA ROSAS CHAVEZ Viceministra de Patrimonio Cultural eIndustrias Culturales 2194809-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00640-2023-DE Lima, 7 de julio del 2023VISTOS: El O fi cio Nº 3863/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú;