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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2023 (13/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Jueves 13 de julio de 2023 El Peruano / Que, mediante O fi cio N° 433-2023-GRA/GR, el Gobierno Regional de Ayacucho solicita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Reclasi fi cación Temporal de la Ruta Nacional PE-32 A en el tramo: Condorcocha - Cangallo - Huancapi, a Ruta Departamental o Regional, toda vez que no se encuentran mejoradas en sus características físicas y operativas; además, señala que la jerarquización del tramo facilitará el transporte de personas, materias primas y transporte de carga generando ahorro de tiempo y costo a las principales unidades de producción, para ello señala que cuenta con los recursos presupuestales correspondientes para efectuar los proyectos viales, y el mantenimiento mientras dura la temporalidad; Que, con Memorándum N° 757-2023-MTC/20, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - Provias Nacional, considera procedente la propuesta de reclasi fi cación temporal solicitada por el Gobierno Regional de Ayacucho; Que, mediante Memorando N° 4203-2023-MTC/19, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, emite conformidad y remite el Memorando Nº 3844-2023-MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad de Predios, así como, el Informe N° 397-2023-MTC/19.03.CGPGJVyO de la Coordinación General de Proceso de Gestión de Jerarquización Vial y Otros, a través de los cuales se considera viable la solicitud formulada por el Gobierno Regional de Ayacucho sobre la reclasi fi cación temporal de la Ruta Nacional PE-32 A, tramo: Condorcocha - Cangallo - Huancapi como Ruta Departamental o Regional, asignándole el código temporal AY-122; Que, teniendo en cuenta lo solicitado por el Gobierno Regional de Ayacucho, y las opiniones de Provias Nacional y la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, resulta procedente aprobar la Reclasi fi cación Temporal de la Ruta Nacional PE-32 A de trayectoria: Emp. PE-30 A (Dv. Andamarca) - Andamarca - Querobamba - Huancapi - Cangallo - Emp. PE-3S (Abra Tocto), en el tramo: Emp. AY-103 (Condorcocha) – Cangallo – Emp. AY-108 (Huancapi), asignándole el código temporal N° AY-122, conforme al siguiente detalle: Ruta Nº AY-122 Trayectoria: Emp. AY-103 (Condorcocha) - Cangallo - Emp. AY-108 (Huancapi).De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Decreto Supremo N° 017-2007-MTC, que aprueba el Reglamento de Jerarquización Vial; el Decreto Supremo N° 012-2013-MTC, que aprueba la actualización del Clasi fi cador de Rutas del SINAC y las disposiciones sobre dicho Clasi fi cador; el Decreto Supremo N° 011-2016-MTC, que aprueba la actualización del Clasi fi cador de Rutas del SINAC; y, la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1.- Reclasi fi car de manera Temporal a Ruta Departamental un tramo de la Ruta Nacional PE-32 A en el Tramo: Emp. AY-103 (Condorcocha) - Cangallo - Emp. AY-108 (Huancapi), asignándole el código temporal N° AY-122 y su trayectoria quedará de fi nida del siguiente modo: Ruta Nº AY-122 Trayectoria: Emp. AY-103 (Condorcocha) - Cangallo - Emp. AY-108 (Huancapi) Artículo 2.- El Gobierno Regional de Ayacucho informa a la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sobre la culminación del proyecto vial correspondiente para dar por concluida la reclasi fi cación temporal señalada en el artículo precedente. Artículo 3.- Las autorizaciones de uso del derecho de vía del tramo vial comprendido en la presente Resolución Ministerial, solo pueden ser otorgadas por la autoridad titular de la vía, sobre la cual tienen competencia permanente y no por autoridades que solo cuentan con una facultad temporal y limitada. Regístrese, comuníquese y publíquese.PAOLA PIERINA LAZARTE CASTILLO Ministra de Transportes y Comunicaciones 2195462-1