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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2023 (13/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 59

59 NORMAS LEGALES Jueves 13 de julio de 2023 El Peruano / l. Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS – Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 3º.- ALCANCE Lo establecido en la presente ordenanza, es de aplicación para todas las posesiones informales asentadas dentro de la jurisdicción distrital de Pucusana, solo en caso de ser requerido, para viabilizar las solicitudes de acceso a servicios básicos ante las respectivas entidades prestadoras de Servicios. Artículo 4º.- AUTORIDAD COMPETENTEa) El órgano de proceder el reconocimiento de la Organización Vecinal, conforme a sus funciones y atribuciones establecidas en el Reglamento de Organización y funciones de esta Municipalidad, es la Gerencia de Desarrollo Humano y Social. b) El órgano que evaluará las solicitudes que le sean remitidas por la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro para que emitan pronunciamiento sobre los riesgos existentes de conformidad con las normas que regulan el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y otras anexas, conforme a sus competencias, es la Sub Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres. c) El órgano competente para evaluar y emitir la Visación de planos y memoria descriptiva que dispone la presente Ordenanza, es la Gerencia de Desarrollo Urbano, a través de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro. Artículo 5º.- PARA LA PRESENTE ORDENANZA SE APLICARÁN LAS SIGUIENTES DEFINICIONES: 1. Posesionario.- Es la persona natural, que ocupa un predio o lote de terreno de forma pública y pací fi ca, siendo que tal predio o lote no cuenta con los servicios básicos de luz, agua y desagüe. 2. Posesiones informales.- Denominado a los asentamientos humanos, pueblos jóvenes, barrios marginales, barriadas, programas de vivienda municipales, centros poblados, cooperativas de viviendas y toda otra forma de posesión, ocupación o titularidad informal de predios con fi nes urbanos, cualquiera sea su denominación. 3. Municipalidad.- La Municipalidad Distrital de Pucusana. 4. Plano de Ubicación.- Plano a escala adecuada, según formato de Resolución Ministerial Nº 305-2017-vivienda, para una correcta percepción del predio. 5. Plano de Perimétrico georreferenciado.- Plano a escala adecuada, donde se consigne el perímetro, colindantes del terreno, ángulos internos, curvas de nivel, coordenadas UTM (En el sistema PSAD 56 y WGS 84), dos puntos BM´s y norte magnético. 6. Plano de Trazado y lotización.- Plano a escala adecuada, donde se consigne componentes viales, porcentaje de pendiente de vía vehicular y vía peatonal, cuadro de áreas de aportes, cuadro de áreas de Manzanas y Lotes, accesibilidad vehicular, afectación vial, secciones viales donde podrán tener una tolerancia máxima permitida para las secciones entre lo gra fi cado y lo físicamente existente de +/- 10%. 7. Memoria Descriptiva.- Memoria donde se consigne los datos relevantes del trámite administrativo sobre: los fi nes para el cual se solicita el trámite administrativo: Visación de Planos de trazado y lotización a fi n de viabilizar el acceso a servicios básicos, además de datos generales del inmueble y de la organización vecinal, antecedentes de la posesión, cuadro técnico los dos sistemas de coordenadas geográ fi cas UTM WGS - 84 y PSAD 56, secciones viales propuestos, cuadro de áreas de aportes, cuadro de áreas de Manzanas, entre otros datos necesarios. 8. Visación de Planos.- Visación de Planos Especial, de planos referenciales de Vías y Trazado exclusiva para Servicios Básicos, no se valida Linderos, Medidas Perimétricas, lotización ni habilitación urbana. Otorgada por la Municipalidad Distrital de Pucusana, conforme a lo establecido en la presente Ordenanza.9. Organización Vecinal.- Es el órgano que asume la representación de un número indeterminado de posesionarios a efectos de tramitar los Planos de Ubicación y Lotización para trámite de Constancia de Posesión. La Organización deberá contar con el reconocimiento de la Gerencia de Desarrollo Humano y Social de la Municipalidad Distrital de Pucusana. 10. Servicios Básicos.- Aquellos servicios como el agua potable, alcantarillado o desagüe y la energía eléctrica que deben gozar las familias para poder vivir con un estándar de calidad de vida en sus hogares. 11. Entidades prestadoras de servicios.- Son entidades públicas, privadas y mixtas, que brindan los servicios de agua potable, alcantarillado sanitario, energía eléctrica, dentro de la jurisdicción del distrito. Artículo 6º.- REQUISITOS PARA SOLICITAR LA VISACIÓN DE PLANOS Y MEMORIA DESCRIPTIVA PARA VIABILIZAR EL ACCESO A SERVICIOS BÁSICOS: a) Solicitud dirigida al alcalde con atención a la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, indicando el nombre de la organización vecinal, nombre del representante, dirección legal, número de DNI y correo electrónico. b) Copia de la resolución de reconocimiento por la Municipalidad Distrital de Pucusana, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano y Social (vigente), en caso la Organización vecinal cuenta con persona Jurídica copia de la vigencia poder (no menor a 30 días) del representante legal. c) Declaración Jurada simple de inexistencia de proceso judicial o extrajudicial relacionado con el Lote de terreno para el cual se solicita la Visación de Planos para viabilizar el acceso a servicios básicos. d) Declaración Jurada de no estar en con fl icto de límites con organizaciones vecinales colindantes, además, que los Lotes propuestos en el Plano de Lotización ostenten una posesión continua y pací fi ca. e) Declaración Jurada, donde el presidente de la Organización vecinal, declare la veracidad de la información proporcionada de conformidad a las acciones que puedan derivarse de la administración prevista en el art. 34° “Fiscalización Posterior” del TUO de la ley 27444, así como la responsabilidad administrativa, civil y penal, además del compromiso de realizar las aperturas de vías correspondientes a los planos visados. f) Declaración jurada donde el presidente de la Organización vecinal declare que el área donde se encuentra asentado la organización no se encuentra superpuesta con propiedad privada. g) Copia del Padrón de residentes y/o posesionarios de los moradores de la organización vecinal que se bene fi ciaran con los Servicios básicos, en el cual se describa Nombres y Apellido, número de DNI, lote y manzana (No menor al 80% de los moradores). h) Plano de Ubicación y localización según formato a Resolución Ministerial Nº 305-2017-vivienda, fi rmado por el un Arquitecto o Ing. Civil colegiado e habilitado y la fi rma y sello del representante de la organización vecinal (formato A3). i) Plano Perimétrico Georreferenciado a escala adecuada, que permita la lectura del plano, indicando cuadro de datos técnicos con coordenadas UTM (En el sistema PSAD 56 y WGS 84), donde se indiquen dos puntos BM´s, ángulos internos, curvas de nivel, norte magnético, perímetro y colindantes del terreno, fi rmado por el un Arquitecto o Ing. Civil colegiado e habilitado y la fi rma y sello del representante de la organización vecinal. j) Plano de Trazado y Lotización a escala adecuada, que permita la lectura del plano, considerando las condiciones de urbanismo conforme establece el Reglamento Nacional de Edi fi caciones como los componentes viales, porcentaje de pendiente de vía vehicular y vía peatonal, cuadro de áreas de aportes, cuadro de áreas de Manzanas y Lotes, accesibilidad vehicular, afectación vial, secciones viales donde podrán tener una tolerancia máxima permitida para las secciones entre lo gra fi cado y lo físicamente existente de +/- 10%, fi rmado por el un Arquitecto o Ing. Civil colegiado e habilitado y la fi rma y sello del representante de la organización vecinal.