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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2023 (13/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Jueves 13 de julio de 2023 El Peruano / del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; Que, de conformidad con lo señalado en el artículo 8° del Decreto Ley N° 11323, de fecha 31 de marzo de 1950, se adoptara la siguiente denominación de la Bandera Nacional para izar, de forma rectangular, con los colores nacionales, sin escudo de armas, de uso obligatorio en los edi fi cios, casas, fabricas, campamentos, barcos, etc., de propiedad particular, en los días de fi estas patrias o cuando se ordene por Ley o Decreto especial; Que, el segundo párrafo del artículo 39 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la presente ley mediante decretos de alcaldía; Que, el artículo 42 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, de acuerdo a los numerales 16 y 20 del artículo 82 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades, en materia de educación y cultura, tienen como competencias y funciones especí fi cas compartidas con el gobierno nacional y el regional, el impulsar una cultura cívica de respeto a los bienes comunales, de mantenimiento y limpieza y de conservación y mejora del ornato local, así como, promover la consolidación de una cultura de ciudadanía democrática y fortalecer la identidad cultural de la población (…); Que, el próximo 28 de julio se celebra el 202° Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú, por lo que es necesario resaltar los hechos históricos trascendentes con el propósito de fortalecer y rea fi rmar nuestra conciencia cívica, fomentando la realización de actividades simbólicas tradicionales como el embanderamiento general de las viviendas, instituciones públicas y privadas y locales comerciales del distrito de La Molina; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6 del artículo 20 y el artículo 42 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el Embanderamiento General de las viviendas, instituciones públicas y privadas y locales comerciales del distrito de La Molina, durante el mes de julio, con motivo de la Celebración del 202° Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- RECORDAR a los titulares de las viviendas particulares e instituciones no estatales, que de conformidad con lo señalado en el artículo 8° del Decreto Ley N° 11323, de fecha 31 de marzo de 1950, es obligatorio el uso de la Bandera Nacional para izar, de forma rectangular, con los colores nacionales, sin escudo de armas; Artículo Tercero.- EXHORTAR a los vecinos del distrito a fi n que efectúen la limpieza y pintado de las fachadas de los predios, para su mejor presentación y ornato general de la ciudad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, a la Secretaría General su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ESTEBAN UCEDA GUERRA GARCÍA Alcalde 2195367-1MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES FE DE ERRATAS ORDENANZA N° 610/MM Mediante O fi cio Nº 493-2023-SG/MM, la Municipalidad de Mira fl ores solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 610/MM, publicada en la edición del día 11 de julio de 2023. DICE:Artículo Primero.- PRECISAR que todo proyecto y/o anteproyecto de habilitación urbana en el distrito de Mira fl ores, deberá respetar los parámetros urbanísticos y edi fi catorios establecidos en la Ordenanza N° 920, Ordenanza que aprueba el Reajuste Integral de la Zoni fi cación de los Usos del Suelo del distrito de Mira fl ores conformante del Área de Tratamiento Normativo III, emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Ordenanza N° 342-MM, Ordenanza que aprueba los parámetros urbanísticos y edi fi catorios y las condiciones generales de edi fi cación en el distrito de Mira fl ores y modi fi catorias, emitida por esta entidad en estricto cumplimiento de la delegación dispuesta por el artículo 7º y Disposiciones Transitorias de la mencionada ordenanza metropolitana, salvo en el caso de las áreas localizadas para Zonas Especiales de Interés Social – ZEIS que tienen un tratamiento especial. DEBE DECIR:Artículo Primero.- PRECISAR que todo proyecto y/o anteproyecto de habilitación urbana y de edi fi cación en el distrito de Mira fl ores, deberá respetar los parámetros urbanísticos y edi fi catorios establecidos en la Ordenanza N° 920, Ordenanza que aprueba el Reajuste Integral de la Zoni fi cación de los Usos del Suelo del distrito de Mira fl ores conformante del Área de Tratamiento Normativo III, emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Ordenanza N° 342-MM, Ordenanza que aprueba los parámetros urbanísticos y edi fi catorios y las condiciones generales de edi fi cación en el distrito de Mira fl ores y modi fi catorias, emitida por esta entidad en estricto cumplimiento de la delegación dispuesta por el artículo 7º y Disposiciones Transitorias de la mencionada ordenanza metropolitana, salvo en el caso de las áreas localizadas para Zonas Especiales de Interés Social – ZEIS que tienen un tratamiento especial. 2195425-1 MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA Ordenanza que regula la evaluación para la visación de planos y memoria descriptiva de trazado y lotización a fin de viabilizar el acceso a servicios básicos en el distrito de Pucusana ORDENANZA MUNICIPAL N° 331-2023/MDP Pucusana, 27 de abril de 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUCUSANAPOR CUANTO:El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de fecha 27 de abril de 2023 y; VISTO: el Informe Nº 016-2023-GDU/MDP de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Memorándum N° 169-2023-GM/MDP de la Gerencia Municipal, el Informe