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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2023 (16/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Domingo 16 de julio de 2023 El Peruano / VISTOS: El O fi cio Nº 3920/52 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 01641-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01071-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante Acuerdo Especí fi co, suscrito entre el Ministerio de Defensa de la República del Perú, representado por la Marina de Guerra del Perú y el Ministerio de Defensa del Reino de España (Armada Española), se acordó establecer las condiciones para cooperar en la formación de cadetes en enseñanza militar superior, para la incorporación como militar de carrera a la Escala de O fi ciales sin exigencia de titulación universitaria previa, de 5 años y obtención del Título de Grado de Ingeniería Mecánica, a llevarse a cabo en la Escuela Naval Militar (ENM), en la ciudad de Marín, provincia de Pontevedra, Reino de España; Que, con O fi cio Nº 1490/52, el Sub Secretario del Comandante General de la Marina de Guerra del Perú comunica al Agregado de Defensa a la Embajada de España en Lima que, luego de la evaluación efectuada por la Dirección de Educación de la Marina de Guerra, se ha designado a la Cadete de Primer Año Lucila Fátima MEDINA TORRES, para que participe en el curso de Formación de Cadetes, a realizarse en la Escuela Naval Militar, en la ciudad de Marín, provincia de Pontevedra, Reino de España; Que, por medio de la Carta s/n de fecha 17 de mayo de 2023, el Jefe de la Sección de Relaciones Exteriores del Estado Mayor de la Armada (EMA) del Reino de España confi rma, al Agregado Naval a la Embajada del Perú en España, que no existe inconveniente para la incorporación mencionada Cadete, con el fi n de dar comienzo a su ciclo de formación del 17 de agosto de 2023 al 16 de julio de 2028; Que, mediante Informe Legal Nº 054-2023/AS-DGE, la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, de la Cadete de Primer Año Lucila Fátima MEDINA TORRES, para que participe en el curso de Formación de Cadetes, a realizarse en la Escuela Naval Militar, en la ciudad de Marín, provincia de Pontevedra, Reino de España, del 17 de agosto de 2023 al 16 de julio de 2028; Que, con O fi cio Nº 792/52, la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra remite a la Comandancia General de la citada Institución Armada la documentación para la autorización del citado viaje al exterior; Que, la Exposición de Motivos, anexada al O fi cio Nº 792/52, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar misión de estudios de la citada Cadete, por cuanto, permitirá intercambiar conocimientos y experiencias sobre conceptos, métodos, técnicas, análisis de sistemas y destrezas de toma de decisiones desde el punto de vista logístico y de la administración de recursos; asimismo, la instrucción incluye el razonamiento económico, las dinámicas de grupo, la teoría administrativa, la formulación de estrategias y políticas, el análisis de programas, la implementación, ejecución y el control, permitiendo a la Marina de Guerra del Perú contar con O fi ciales egresados de academias navales de primer nivel internacional, fortaleciendo la imagen de la citada Institución Armada y asegurar el Modelo de Acreditación de Programas de Estudios de Educación Superior Universitaria; Que, la Hoja de Gastos Nº 085-2023, suscrita por la Ofi cina General de Administración y el Director General de Educación de dicha Institución Armada, señala que los gastos de pasajes aéreos y pasajes terrestres de ida, compensación extraordinaria mensual por servicios en el extranjero y gastos de traslado correspondiente a la ida, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad a lo establecido en los artículos 7 y 8 del Reglamento de Viajes al Extranjero del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 080-2023, el Jefe de la O fi cina de Planes, Programas y Presupuestos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se ejecutarán en la citada misión de estudios; Que, a través de las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000003, Nº 0000000004 y Nº 0000000325 emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior durante el Año Fiscal 2023; asimismo, teniendo en cuenta que la duración de la misión de estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, para completar el período de duración de la misión de estudios a partir del 1 de enero de 2024 al 16 de julio de 2028, los pagos se efectuarán con cargo al presupuesto del Sector Público del Año Fiscal respectivo; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de garantizar la participación oportuna del personal militar designado durante la totalidad de la actividad programada, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término de la misma, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al tesoro público; Que, con O fi cio Nº 3920/52, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, de la Cadete de Primer Año Lucila Fátima MEDINA TORRES, para que participe en el curso de Formación de Cadetes, a realizarse en la Escuela Naval Militar, en la ciudad de Marín, provincia de Pontevedra, Reino de España, del 17 de agosto de 2023 al 16 de julio de 2028; así como, autorizar su salida del país el 15 de agosto de 2023 y su retorno el 17 de julio de 2028; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2004-DE- SG, se aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, cuyo artículo 4 señala que el Personal Militar y Civil del Sector Defensa que viaja al exterior en las modalidades reguladas en el mismo, comprende los grupos de personal civil y personal militar, encontrándose en este último grupo a los cadetes, alumnos y personal de tropa; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, con O fi cio N° 01641-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 370-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del citado viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 01071-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar la misión de estudios de la Cadete de Primer Año Lucila Fátima MEDINA TORRES, para que participe en el curso de Formación de Cadetes, a realizarse en la Escuela Naval Militar, en la ciudad de Marín, provincia de Pontevedra, Reino de España, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio