Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2023 (21/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Viernes 21 de julio de 2023 El Peruano / respectivamente, que “ La presente Directiva Administrativa se aplica para el procedimiento de trámite y reconocimiento del reembolso de la PES y los procedimientos complementarios comprendidos en la presente Directiva Administrativa, a partir de su vigencia” y que “ Los expedientes de la PES cuyo trámite aún no haya fi nalizado a la fecha de entrada en vigencia de la presente Directiva Administrativa, continuarán tramitándose de acuerdo a las disposiciones de la normatividad vigente al momento de su tramitación y hasta su reembolso ”; Que, el artículo 10 del Decreto Supremo N° 001-2009- JUS, que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, dispone que sin perjuicio de lo establecido en el artículo 4 del referido Reglamento, se deben publicar obligatoriamente, otras disposiciones legales, tales como resoluciones administrativas o similares de interés general y de observancia obligatoria, entre otros aspectos, cuando: “1. su contenido proporcione información relevante y sea de interés para los usuarios de los servicios que presta la Administración Pública”; Que, mediante el Memorando N° 000903-2023-SIS/ OGTI, la O fi cina General de Tecnología de la Información - OGTI hace suyo el Informe N° 000088-2023-SIS/OGTI-US, en el cual señala que han realizado las validaciones y el cruce regular de los Formatos Únicos de Atención - FUA de prestaciones económicas de sepelio con el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC, y la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, generando y poniendo a disposición de la Gerencia de Negocios y Financiamiento – GNF, los reportes de cierre de producción correspondientes a los periodos calendario de los meses de abril y mayo 2023; Que, a través del Memorando N° 001655-2023- SIS/OGPPDO, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional - OGPPDO aprueba y adjunta la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000001172, cuyo monto asciende a S/ 14,391,318.99 (Catorce millones trescientos noventa y un mil trescientos dieciocho y 99/100 Soles) en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, en mérito al Memorando N° 001931-2023-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento – GNF; Que, a través del Memorando N° 001947-2023-SIS/ GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento – GNF hace suyo el Informe N° 000016-2023-SIS/GNF-PHL por medio del cual, entre otros aspectos, concluye que “El número de FUA programadas para pago por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios (RO) son de 14,628 (Catorce mil seiscientos veintiocho) por el importe de S/ 14,391,318.99 (Catorce millones trescientos noventa y un mil trescientos dieciocho con 99/100 soles)” , recomendando aprobar la programación de las prestaciones económicas de sepelio correspondiente a los periodos calendarios de los meses abril y mayo 2023, conforme al archivo digital adjunto remitido por la GNF; Que, mediante Resolución Suprema N° 015-2023- SA de fecha 8 de julio de 2023, se encarga las funciones de Jefe del Seguro Integral de Salud del 9 al 22 de julio de 2023, al señor Wilder Vidauro Carpio Montenegro, en adición a sus funciones de Gerente de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones; Que, mediante Informe Legal N° 000442-2023-SIS/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, sobre la base de las opiniones técnicas de la OGTI, OGPPDO y GNF, considera que resulta viable que el Jefe (e) del SIS al amparo de las disposiciones contenidas en la Directiva Administrativa N° 002-2019-SIS/GNF-V.02 “Directiva Administrativa que regula el procedimiento de trámite y reconocimiento del reembolso de las Prestaciones Económicas de Sepelio para los Asegurados del Seguro Integral de Salud”, aprobada por Resolución Jefatural N° 119-2019/SIS, emita la resolución jefatural que apruebe la programación de pagos de prestaciones económicas de sepelio a favor de los a fi liados que se detallan en el archivo digital adjunto al Informe N° 000016-2023-SIS/GNF-PHL; Con el visto del Director General (e) de la O fi cina General de Tecnología de la Información, del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2023; en el Decreto de Urgencia N° 046-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias y urgentes en materia económica y fi nanciera para fortalecer el aseguramiento universal en salud en el marco de la emergencia nacional por la COVID-19, modi fi cado por el Decreto de Urgencia N° 078-2021; en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; en la Directiva Administrativa N° 001-2016-SIS/GNF-V.01, aprobada por Resolución Jefatural N° 090-2016/SIS; y, en la Directiva Administrativa N° 002-2019-SIS/GNF-V.02, aprobada por Resolución Jefatural N° 119-2019/SIS. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la programación de pagos de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional por la suma de S/ 14,391,318.99 (Catorce millones trescientos noventa y un mil trescientos dieciocho y 99/100 Soles) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente a las solicitudes de prestaciones económicas de sepelio de los meses de abril y mayo 2023, según el detalle que obra en archivo digital adjunto al Informe N° 000016-2023-SIS/GNF-PHL. Artículo 2.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento adoptar las acciones que correspondan para hacer efectivo el cumplimiento de la presente resolución. Artículo 3.- Encargar a la Secretaría General del Seguro Integral de Salud remitir la presente resolución a la Ofi cina General de Administración de Recursos, a fi n de realizar las acciones necesarias para el cumplimiento de la programación de pagos de prestaciones económicas de sepelio señalada en el artículo 1. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.WILDER VIDAURO CARPIO MONTENEGRO Jefe (e) del Seguro Integral de Salud 2198174-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Declaran infundado Recurso de Apelación interpuesto por TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. c ontra la Resolución N° 138-2023-GG/ OSIPTEL RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 00201-2023-CD/OSIPTEL Lima, 17 de julio de 2023 EXPEDIENTE 00098-2022-GG-DFI/PAS MATERIA Recurso de Apelación interpuesto por la empresa TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. contra la Resolución N° 138-2023-GG/OSIPTEL ADMINISTRADO TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A.