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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2023 (22/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Sábado 22 de julio de 2023 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria 2023 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Disponer que la O fi cina de Comunicación supervise y evalúe el cumplimiento de lo establecido en el Plan de Estrategia Publicitaria 2023 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Artículo 3.- Disponer que la presente resolución ministerial y su anexo sean publicados en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano Regístrese, comuníquese y publíquese.NANCY TOLENTINO GAMARRA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2198545-1 Designan Directora I de la Subdirección de Desarrollo y Servicios en Discapacidad del CONADIS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° D000086-2023-CONADIS-PRE Lima, 21 de julio del 2023VISTOS: El Memorando N° D000217-2023-CONADIS-PRE, emitido por la Presidencia; el Proveído N° D001414-2023-CONADIS-GG, emitido por la Gerencia General; el Informe N° D000010-2023-CONADIS-URH-CBA y la Nota N° D000650-2023-CONADIS-URH, ambos emitidos por la Unidad de Recursos Humanos; el Memorando N° D000576-2023-CONADIS-OAD, emitido por la O fi cina de Administración; y, el Informe N° D000337-2023-CONADIS-OAJ, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad, la cual surte efecto a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que, respecto a la contratación de personal directivo, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, determina que el personal establecido en los numerales 1, 2, e inciso a) del numeral 3 del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público (Funcionario Público, Empleado de Con fi anza y Directivo Superior), contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 del referido decreto legislativo; siendo que este personal solamente puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad; Que, el numeral 14.3 del artículo 14 del Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, aprobado con Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, ha previsto respecto a los directivos públicos de nivel nacional de órganos de línea y de administración interna de organismos reguladores, organismos constitucionalmente autónomos, organismos técnicos especializados, organismos públicos ejecutores, poder judicial, el cumplimiento de requisitos mínimos relacionados a formación académica, experiencia general y especi fi ca; Que, asimismo, el numeral 28.3 del artículo 28 del Reglamento de la Ley N° 31419, aprobado con Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, establece que, respecto a la verifi cación de impedimentos para el acceso a la función pública, el informe que emita la O fi cina de Recursos Humanos, o la que haga sus veces, debe contener la verifi cación de que la persona propuesta no cuente con impedimentos para el acceso a la función pública. Para tal efecto se revisa obligatoriamente la información proporcionada por la Plataforma de Debida Diligencia del Sector Público, el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles, el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles y el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. De encontrarse inscrito en este último deberá cancelar el registro o autorizar el descuento por planilla o por otro medio de pago, previo a la expedición de la resolución de designación correspondiente, de acuerdo a la Ley Nº 28970, Ley que crea el registro de Deudores Alimentarios Morosos. Adicionalmente, debe considerarse los registros disponibles vinculados a cargos y funciones especí fi cas creadas con normas con rango de ley, según se detalla en el Compendio Normativo sobre Impedimentos para el Acceso a la Función Pública, Anexo Nº 01 al citado Reglamento. Asimismo, la O fi cina de Recursos Humanos, o la que haga sus veces, requiere a las personas propuestas la suscripción de la Declaración Jurada, Anexo N° 02, de no tener impedimentos para ser designado; Que, mediante Resolución Ministerial N° 310-2022- MIMP, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional, del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), en concordancia con la nueva estructura orgánica prevista en el acotado ROF del CONADIS. Asimismo, el citado CAP ha sido actualizada mediante la Resolución N° D000007-2023-CONADIS-URH de la Unidad de Recursos Humanos, en el número correlativo 0152, establece que el cargo de Director/a I de la Subdirección de Desarrollo y Servicios en Discapacidad se encuentra clasi fi cado como Directivo Superior de Libre Designación y Remoción – DSLDR; Que, el cargo de Director/a I de la Subdirección de Desarrollo y Servicios en Discapacidad se encuentra vacante, por lo que, la Presidencia propone a la profesional para ocupar el citado cargo de con fi anza; Que, a través de Informe N° D000010-2023- CONADIS-URH-CBA, la especialista jurídico de la Unidad de Recursos Humanos sostiene que la señora Gayda Astrid López Huaita de Neyra cumpliría con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley N° 31419, no encontrándose impedida o inhabilitada para el ejercicio de la función pública, adjuntando el Anexo de evaluación de cumplimiento de requisitos para el cargo de Director/a I de la Subdirección de Desarrollo y Servicios en Discapacidad; documento que hace suyo la Unidad de Recursos Humanos a través de la Nota N° D000650-2023-CONADIS-URH; por tanto, resulta viable su designación en el citado cargo de con fi anza; Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Unidad de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014- MIMP; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), aprobado por la Resolución de Presidencia N° D000052-2022-CONADIS-PRE; y, la Resolución Suprema N° 005-2023-MIMP; SE RESUELVE:Artículo 1.- DESIGNAR, a la señora Gayda Astrid López Huaita de Neyra, en el cargo de con fi anza de Directora I de la Subdirección de Desarrollo y Servicios en