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129 NORMAS LEGALES Jueves 1 de junio de 2023 El Peruano / Artículo Segundo.- ESTABLECER el uso del Padrón Nominal Distrital, como herramienta para la recolección de datos debiendo ser actualizada en forma permanente, el cual permitirá identi fi car a los niñas y niños menores de seis (06) años de edad del distrito de Puente Piedra. Artículo Tercero.- CONFORMAR un Equipo Técnico encargado de ejecutar e implementar las estrategias de Desarrollo Infantil Temprano, en el distrito de Puente Piedra; la cual, estará conformada por las siguientes unidades orgánicas: - Gerencia de Salud Coordinador. - Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones Miembro. - Ofi cina General de Administración y Finanzas Miembro. - Ofi cina General de Comunicaciones Miembro. - Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Social Miembro. - Subgerencia de Programas Sociales Miembro.- Subgerencia de Juventud y Deporte Miembro.- Subgerencia de Educación y Cultura Miembro. Artículo Cuarto.- FACULTAR al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias necesarias para lograr la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Salud, la implementación de las acciones necesarias para la correcta aplicación y cumplimiento de la presente Ordenanza, así como su articulación con las distintas Unidades Orgánicas de la Municipalidad y las diferentes entidades públicas de los sectores competentes. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la O fi cina General de Asesoría Jurídica, la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano; y a la O fi cina General de Administración y Finanzas, su publicación en el portal web institucional de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RENNAN SAMUEL ESPINOZA ROSALES Alcalde 2183034-1 Ordenanza que establece beneficios por el pago de tributos municipales y multas administrativas en el distrito de Puente Piedra ORDENANZA N° 432-MDPP Puente Piedra, 31 de mayo de 2023EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA. VISTO: En Sesión Extraordinaria de la fecha, se ha emitido la siguiente Ordenanza: CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, ya que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la actual gestión municipal considera necesario continuar impulsando acciones conducentes al recupero de tributos municipales, principalmente en el logro de mayores índices de recaudación y la reducción de los índices de morosidad, además en el cumplimiento de las metas trazadas por la institución edil y la Meta 2 del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF); por lo que teniendo en cuenta que la recaudación municipal se ha mantenido durante el presente ejercicio 2023, así como existe una proyección de ingresos ascendente aproximadamente en S/. 7’748,533.73 (Siete Millones Setecientos Cuarenta y Ocho Mil Quinientos Treinta y Tres con 73/100 soles), resulta pertinente la expedición de una nueva normativa local denominado “ Ordenanza que establece bene fi cios por el pago de tributos municipales y multas administrativas en el distrito de Puente Piedra”, cuyo propósito además es promover la regularización de las obligaciones sin afectar la economía familiar de nuestros vecinos contribuyentes, para lo cual se cuenta con opinión favorable de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades contenidas en los artículos 9 y 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con el voto en UNANIMIDAD del Pleno del Concejo Municipal, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta se aprobó lo siguiente; ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS POR EL PAGO DE TRIBUTOS MUNICIPALES Y MULTAS ADMINISTRATIVAS EN EL DISTRITO DE PUENTE PIEDRA Artículo Primero.- APROBAR los bene fi cios por el pago de tributos municipales y multas administrativas en el distrito de Puente Piedra, que como Anexo I forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, prorrogue la vigencia de los bene fi cios y/o dicte las disposiciones modi fi catorias, complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y demás Subgerencias dependientes el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina General de Asesoría Jurídica su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, y a la O fi cina General de Administración y Finanzas la publicación del integro de la Ordenanza (Anexo I) en el Portal Web Institucional de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra Regístrese, comuníquese y cúmplase.RENNÁN SAMUEL ESPINOZA ROSALES Alcalde 2183040-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Ordenanza que crea el Programa “Pintando Surco Contigo” ORDENANZA Nº 678-MSS Santiago de Surco, 25 de mayo de 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO:El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; y VISTO:El Dictamen Conjunto Nº 001-2023-CDU-CGM- CAJ-MSS de las Comisiones de Desarrollo Urbano, Gestión Municipal y Asuntos Jurídicos, el Memorándum N° 835-2023-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el